domingo, 9 de octubre de 2016

Que no te la cuenten por televisión: migrar es un Derecho Humano

Nos encontramos en yuxtaposición a la idea de crear “cárceles para migrantes” o cualquier construcción edilicia ánaloga que se erija como obice del ejercicio de Derechos tutelados por incontables instrumentos legales.
 
Esto no importa necesariamente ni en absoluto“el libertinaje”, “la falta de control”, “el excesivo garantismo”, “la puerta giratoria fronteriza”, ni mucho menos. Y ante diferentes situaciones, diferentes deben ser las respuestas, al menos aquellas que se jacten de ser sometidas a un comprometido analisís racional y legal.
 
Las cosas claras, concretas y como son. El derecho a migrar es una cosa, el delincuente sea de la nacionalidad que sea es otra. El calefón y las Cataratas del Iguazú, lo mismo.
Como anticipabamos, el derecho a migrar se encuentra tutelado en muchos instrumentos nacionales e internacionales tales como la Ley 25871 en su art 4:
“El derecho a la migración es esencial e inalienable de la persona y la República Argentina lo garantiza sobre la base de los principios de igualdad y universalidad”.
O más aún en el art 13. incisos 1 y 2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos receptada por el art 75 inc. 22 de nuestra Constitución Nacional:
"Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado".
"Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país".
Estos son algunos grandes ejemplos de este DERECHO HUMANO, por lo tanto, si sos migrante tenes que saber como regularizar tu situación y obtener la Radicación en Argentina en 4 ó 5 simples y sencillos pasos:

1er paso:

Tramitar un Certificado de antecedentes penales argentino.
El mismo se gestiona frente a la Dirección nacional de Reincidencia. Es con turno previo y se reserva en: www.dnrec.jus.gov.ar
Web del Registro Nacional de Reincidencia

2do paso:

Tramitar un certificado de antecedentes penales del país de origen. El mismo es otorgado por los consulados de los respectivos países. Aquí algunos ejemplos:
Bolivia: Bartolomé Mitre 2815 - Tel. 5263-3790 - Horario de atención: de 9 a 13hs http://www.consuladoboliviano.com.ar/...
Brasil: Carlos Pellegrini 1363 - Tel. 4515-6500 - Horario de atención: de 9 a 13hs http://www.conbrasil.org.ar/CONSBRA...
Chile: Av. Pres. Roque Sáenz Peña 547 2do piso - Tel. 4331-6233 - Horario de atención: de 9 a 13hs
Paraguay: Parana 906 - Tel. 4815-8656 - Horario de atención: de 8 a 17hs
Uruguay: Paraguay 1571 - Tel. 011 6009-4080 - Horario de atención: 8.30 a 14.30hs

3er paso:

Tramitar un certificado de domicilio. En CABA se gestiona en la comisaria con jurisdicción del mismo. En provincia en las sedes o delegaciones de la municipalidad correspondiente.
Acá te dejamos un buscador de comisarias para la Ciudad: http://www.buenosaires.gob.ar/justi...

4to paso:

Solicitar un turno en el sitio web de Migraciones: http://www.migraciones.gov.ar/acces...
Seleccionar en la pantalla la opción de un “Turno de Tramite de Residencia/DNI y Certificaciones”
Luego, seleccionar el tramite que se busca y completar los datos respectivos

 

5to paso (optativo):

Para los migrantes que no puedan afrontar el pago de la Tasa Migratoria ($1200 para los residentes Mercosur y $2000 para los extra-Mercosur) existen eximiciones de pago (mal) llamadas “Cartas de Pobreza”.
Las mismas se pueden tramitar en:
 
Centros Nacionales de Acceso a la Justicia: http://www.jus.gob.ar/accesoalajust... Centros de Gestión y Participación: http://www.buenosaires.gob.ar/trami...
 
Aclaraciones Válidas:
 
Tener la Radicación tanto “temporaria” como “permanente” regulariza tu situación en el país, y esto te habilita en consecuencia por ejemplo a poder registrarte en un empleo formal.
 
El ejercicio del Derecho a estudiar o a la salud NUNCA puede ser obstaculizado ante la falta de regularización. Resaltamos con énfasis el “NUNCA”, no obstante la (y valga la redundancia) regularización resulta tan imprescindible como inexorable.
Estar radicado no signifca estar “Nacionalizado”.
 
¿Que significa estar Nacionalizado?
 
Para la legislación argentina, solo se puede tener una nacionalidad, esto quiere decir que mientras estés “radicado”, vas a seguir conservando tu nacionalidad de origen pero con la ciudadanía argentina, y se te otorgará un número de documento que suele comenzar con “noventa y pico” de millones y una leyenda en rojo que reza: “extranjero”.
 
Estar “Naturalizado”, significa (siempre para nuestra legislación y dependiendo el caso puede que si como que no para la de tu país de origen) que dejás de tener la de nación y pasas a ser “Argentino”; en consecuencia se te otorgará un nuevo DNI como tal.
Para nacionalizarse se debe cumplir con el siguiente trámite administrativo judicial el cuál no requiere patrocinio legal obligatorio (aunque de todas formas sí lo recomendamos). http://www.pjn.gov.ar/02_Central/Vi...
 
En los términos prácticos, la diferencia central entre “Radicado” y “Naturalizado” se vislumbra con claridad en el ejercicio los “Derechos Políticos”, esto significa que en el caso de autoridades nacionales el segundo podrá participar como elector de los comicios a diferencia del primero que no podrá.
 
No obstante en el ambito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como en otros distritos existen padrones de extranjeros, en los cuáles se pueden inscribir los extranjeros mediante un acto voluntario para participar también como electores de las elecciónes de las autoridades locales (Legisladores y Gobernadores).
 
Si aún después de haber leído todo esto te quedan dudas, consultanos a nosotros o a cualquier otro abogado de a pie y del pueblo.

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