Declararon la inconstitucionalidad de las comisiones médicas de la nueva Ley de Riesgos del Trabajo
La Sala VII de la Cámara Nacional del Trabajo, con voto de los
jueces Ferreiros y Rodríguez Brunengo, revocó una decisión de primera
instancia y declaró la inconstitucionalidad del artículo 1° de la ley
27.348 en cuanto establece, con carácter obligatorio y excluyente, a los
trabajadores que sufran un accidente de trabajo iniciar un
procedimiento administrativo ante las Comisiones Médicas
Jurisdiccionales, antes de promover una demanda ante el Poder Judicial.
Los magistrados señalaron que el mecanismo lesiona el acceso irrestricto
a la justicia, la tutela judicial efectiva y el debido proceso legal.
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