Está Asociación Civil, patrocina a la Sra. Hebe de Bonafini en carácter de Presidenta de la Asociación Madres de Plaza de Mayo, presentando un amparo que tiene por objeto real, frenar y remover las modificaciones realizadas por el Gobierno de la Ciudad en la emblemática Plaza de Mayo, plaza que abraza la historia del pueblo argentino, sus luchas y resistencias ante los embates que hemos recibido los ciudadanos en los años más duros y nefastos que ha vivido nuestro pueblo. La Dictadura militar, plaza que ha sido de resistencia histórica y de lucha para el pueblo argentino.
En ese sentido y por ser la Plaza patrimonio cultural de la Ciudad de Buenos Aires, ante cualquier modificación que cualquier gobierno quisiera realizar debe ante todo cumplir con los procedimientos administrativos.
El proyecto de intervención de Plaza de Mayo fue presentado por la Dirección General de Espacios Verdes de Monumentos en 2016, así lo indicaron desde la Comisión Nacional de Monumentos. Fué esta misma Comisión quien oportunamente alertaron sobre la posible intervención de la Plaza. Comisión que luego asintió la modificación.
La Plaza de Mayo fué declarada "Lugar Histórico Nacional" en 1942. Está claro que;"la historia debe estar presente más allá del tiempo de cualquier generación".
imágen [madres en la plaza sin rejas]
imágen [madres en la plaza sin rejas]
[intervención de rejas y baldosas 2018]
Cabe recordar que en 2006, ya se había realizado el intento de promover una intervención en la plaza, pero en aquella oportunidad no próspero.
Por lo que entendemos que tanto "La Comisión" como el Gobierno de la Ciudad deberían dar un informe público de lo que se va a hacer, y para el caso de "La Comisión", porque aprobó tal modificación.
En tal sentido desde esta Asociación Civil, llevamos adelante el amparo que solicita:
"Se de lugar a la Medida Cautelar para que se suspendan, hasta tanto no se resuelva la acción de amparo, cumpliéndose todos los actos administrativos y se realice el estudio de impacto ambiental obligatorio, todos los actos que eventualmente se hayan dictado al efecto de autorizar, aprobar y/o ejecutar la obra de marras; y además de la suspensión, se remuevan todas aquellas obras y/o trabajos y/o servicios que tuvieran principio de ejecución con el objeto aquí cuestionado."
"Oportunamente se dicte sentencia condenándose al Gobierno de la Ciudad a cesar de inmediato en las vías de hecho en que ha incurrido el Gobierno de la Ciudad al proceder al enrejado de la Plaza de Mayo; se declare de nulidad absoluta de todos los actos administrativos y/o de la administración autoricen, aprueben y/o ejecuten la obra marras; se dejen sin efecto y se retiren todas las obras y/o trabajos, y/o servicios que tuvieren principio de ejecución que tuvieren principio de ejecución y/o se hayan ejecutado retrotrayéndose a su estado original."
ver amparo adjunto👇
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