sábado, 18 de abril de 2020

Trámites en escribanías de urgencia permitidos durante la cuarentena

Por Hernán Mirasole
De acuerdo a la decisión administrativa 467/2020 emitida por la Jefatura de Gabinete, se encuentran permitidos el accionar de escribanos y escribanas en el marco del ejercicio de su profesión, regulada esta en principio por la ley 12990 a nivel nacional y la 404 a nivel local, solo para trámites urgentes.

En este sentido, certificaciones de firmas, poderes y actas entre otros pueden ser realizadas, a distancia, con el objeto de facilitar la realidad de muchas personas evitando la circulación y preservando el aislamiento preventivo obligatorio.

Esto desde luego incluye todo servicio notarial que eventualmente sea requerido para titulares de beneficios de la ANSES, a los efectos de percibir los mismos.

Desde Nace un Derecho, habilitamos un canal de asesoramiento virtual notarial para poder resolver dudas e inquietudes que eventualmente puedan ir surgiendo sobre este tema.

Como siempre, y hasta tanto dure la cuarentena, la premisa sigue siendo #QuedateEnCasa





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