domingo, 21 de marzo de 2021

UN PASO JUDICIAL MÁS HACIA LA PARIDAD DE GÉNERO EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES: LA JUSTICIA DE DOLORES OTORGÓ MEDIDA CAUTELAR A FAVOR

Nota escrita por: Dra. Ana Laura Méndez Pinela y Dra. Eliana Barbosa 

La Comisión de Género y Diversidad de nuestra Asociación Civil Nace Un Derecho, a través del patrocinio de la Dra. Ana Laura Méndez Pinela, ha logrado el otorgamiento de una medida cautelar a los efectos de suspender la inminente asunción y juramento del concejal Miguel Ángel Miranda en reemplazo de la fallecida concejala María Laura Vigliecca, para así no incumplir, al menos preventivamente con una manda primordial para los tiempos que corren, como lo es la paridad de género.

Esta medida otorgada el pasado 15 de marzo por el  Juez en lo Contencioso Administrativo, Dr. Antonio Marcelino Escobar del Departamento Judicial de Dolores, reza textualmente en su resolución:

 “[…] Más bien el peligro en la demora, aparece aquí con el contorno especial no tanto como riesgo de frustración de los efectos de una sentencia futura sino más bien como el perjuicio que genera el mantener durante el proceso la situación fáctica con la que se llega al mismo e incluso se vislumbra con ese plus al que se aludía al inicio ante los perjuicios irreversibles que ocasionaría el desenvolvimiento del Sr. Miranda como Concejal, dando cuenta, entonces, de que el perjuicio que se genera otorgando la tutela pretendida, aun cuando al dictarse la sentencia definitiva no se le dé la razón a la demandante, es menor que el caso inverso, esto es, que no se otorgue dicha tutela y, al tomarse la decisión de fondo, se considere que la actora tenía razón (SCBA I-72669, "Picorelli", res. 24-IX-2014; similarmente, B.65.168, "Burgués", res. 30-IV-2003; asimismo, vid. Vallefín, C.A.; Protección Cautelar Frente al Estado, Abeledo Perrot, 2009, pp. 40 y ss.)”.-

Estos hechos han convergido del reclamo que oportunamente hemos presentado el 08 de noviembre de 2020, donde a prima facie dimos curso a la acción judicial propugnada por la concejala Violeta Saquilán del partido de Pinamar, quien originalmente debía suplantar la banca que dejara la primera concejala fallecida María Laura Vigliecca conforme la Ley 27.412 de Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política.

Que si bien la medida no resuelve el fondo de la pretensión, la suspensión de la asunción del concejal en detrimento del ordenamiento que erige el Código Electoral Nacional, es un peldaño más a la hora de efectivizar la concreción de los derechos adquiridos por las mujeres y disidencias.

Es por ello que solicitamos  que la demanda interpuesta contra el Concejo Deliberante de Pinamar se resuelva con perspectiva de género, abogando de esta manera a contribuir en la lucha para la configuración de una democracia paritaria.

Basta de mecanismos de discriminación que no hacen más que obstaculizar el ascenso de las mujeres a los escalafones políticos de mayor jerarquía.

¡Será Justicia, y será feminista!

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jueves, 18 de marzo de 2021

CLASES PRESENCIALES ¿OBLIGATORIAS?: PRESENTAMOS UN NUEVO AMPARO Y AHORA LA JUSTICIA DEBE DECIDIR


El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, mediante la resolución conjunta 1/2021 de los Ministerios de Educación y de Salud, habilitó de manera compulsiva y obligatoria las clases presenciales para todos los niveles, tal como ha sucedido también en otros distritos del país.

En dicha normativa, se plantea un esquema de personas eximidas de la presencialidad, quedando con la obligación de asistir a todas aquellas que no cumplan con criterios preestablecidos ligados a cuestiones etarias o de salud preexistentes.

Un grupo de padres y madres movilizados por esta supina intranquilidad, entendiendo que la obligación en un marco excepcional y de mucha incertidumbre, se transforma en un angustiante e ineludible daño.

Desde nuestro análisis legal, la "obligatoriedad", como ya hemos anticipado en notas anteriores, se erige como un acto inconstitucional de cara a la población. No por que la presencialidad sea "absolutamente perjudicial" de forma genérica, sino por la indignidad que supone en muchas personas, tener que elegir entre dos derechos fundamentales, tales como educarse o acceder a la salud, generándose así, una impropia situación de indignidad.

Sumado a esto, algunos funcionarios de la cartera educativa, avalados al menos tácitamente por su máxima autoridad, la Lic. Soledad Acuña, han hostigado, cuando no amenazado, con el conteo de faltas, quita de vacantes y/o de beneficios sociales entre otras sanciones administrativas para quienes no se sometan a la mentada presencialidad.

Es por ello que nos hemos presentado nuevamente en la justicia del fuero contencioso administrativo de la Ciudad, con una acción de amparo colectivo, y al día de hoy nos encontramos aguardando la resolución de una medida cautelar que dentro de la misma presentamos, la cual pide lisa y llanamente que continúe el esquema previsto pero sin la obligatoriedad ordenada, tal como se viene dando en muchísimos otros países del mundo.

Sin ir mas lejos, la próxima reunión de autoridades estatales del Mercosur a 30 años de su creación se acaba de suspender; Brasil es el país con más contagios diarios a nivel mundial, mientras tanto Uruguay y Paraguay han desistido de la obligatoriedad en las clases presenciales, demostrando la absoluta
viabilidad regional de los argumentos jurídicos que hemos vertido en la justicia de Argentina.

No obstante, en nuestro país, lejos de cerrar las fronteras como piden los expertos, seguimos abonando a esta absurda obligatoriedad que cercena y menoscaba derechos, ya que impide elegir a las familias como hacer afrenta a este (esperemos último) tramo de la pandemia mundial sin precedentes conocidos y con notorios deficitis en la implementación de políticas educativas.

El pedido concreto, insistimos, de ninguna manera atenta contra la presencialidad, ni con aquellas personas que, con buena fé, la suscriben y quieren utilizarla.  

Sin perjuicio de aquello, la inexistencia de soluciones claras y respuestas concretas por parte del Poder Ejecutivo local, quien debe rápidamente prever dos situaciones que al día de hoy se imprimen como lesivas:

A) Elegir inexorablemente entre la educación o la salud.

B) No garantizar la educación virtual o a distancia

El caso se encuentra al día de la fecha a cargo del Dr. Guillermo Martín Scheibler, titular del juzgado CAYT N° 13 y en las próximas horas podría haber novedades.

martes, 9 de marzo de 2021

UN PRIMER GRAN PASO: Un registro público de inacción judicial en denuncias de violencia de género.

 

  Por: Dra. Adriana García 


Es un gran paso el anuncio de la creación del Registro de Inacción Judicial en denuncias de violencia de género, votado por unanimidad en plenario extraordinario del Consejo de la Magistratura, pero lo tomamos como un puntapié inicial de una serie de acciones que deben llevarse a cabo a fin de transformar la herramienta social que significa el acceso a la justicia para quienes la necesitan. 

 

Sabemos que el Poder Judicial de nuestro país, es patriarcal, machista y revictimizante en relación a las victimas de violencia de género, pero la justicia está compuesta por personas en su rol de jueces, juezas, fiscales y fiscalas, que les toca operar sobre la situación de la víctima y quienes tienen en sus manos su vida.

¿Qué sucede que aún hoy estas personas no se hacen eco de las nuevas demandas sociales, de las reivindicaciones y la protección que las mujeres reclaman?. Sin lugar a dudas un fuerte reclamo social los y las debería  interpelar cada vez que se produce una nueva muerte, pero sin embargo las estadísticas no dicen los mismo, muy por el contrario se suman fallos e inacciones que ponen en peligro la vida de las, les mujeres y en muchos casos acabando con sus vidas.

¿Qué sucede con quienes cumplen con el rol de operadores y operadoras judiciales que han cajoneado una denuncia de violencia de género, o no han proveído de custodia a la víctima o de un botón antipánico, luego de producido el femicidio, no son penalizados, cuestionados o removidos? Ni siquiera se observa que por vergüenza renuncien.

¿Está naturalizado acaso que puedan ser negligentes en su trabajo, o lo que es peor aún, sean funcionales o cómplices del victimario?

 ¿Está naturalizado acaso que no rindan cuentas de las muertes que provoca su inacción?

Es cierto que no es el Poder Judicial, el único poder del Estado en el que sus instituciones adolecen de perspectiva de género, pero quienes ejercemos la tarea abogar y que creemos en la igualdad, en la equidad y en la perspectiva de género, somos quienes demandamos que este Poder del Estado, comience a acompañar, a alojar, y proteger la vida de las, les mujeres.

Creemos que no solo debe crearse este Registro, sino que además debe efectuarse una amplia auditoría en todos y cada uno de los órganos jurisdiccionales de todo el país, donde se encuentre radicada una denuncia por violencia de género, y se determine el estado procesal de la misma, y qué recaudos se han tomado hasta el momento, cómo se ha protegido a la víctima, etc. Y si como luctuoso resultado de quien hubiere incurrido en inacción, se hubiere provocado una muerte, iniciar inmediatamente el proceso de remoción del o la responsable.

Que se necesitan más recursos para abordar esta problemática, estamos de acuerdo; que se necesitan más equipos interdisciplinarios especializados, estamos de acuerdo; que se requiere paridad de género en el Poder Judicial, estamos de acuerdo; que se necesita la capacitación en perspectiva de género de los operadores judiciales, estamos de acuerdo; que se necesitan más refugios a dónde los jueces puedan derivar a las personas que sufren situaciones de violencia por razones de género, estamos de acuerdo; pero esto no los excusa de su inacción y de su obrar negligente.

No estamos dispuestos y dispuestas a tolerarlo más. Es necesario que nos involucremos y lo denunciemos, que seamos la voz de las que ya no están...la inacción en los casos de violencia de género, es una forma más de ejercicio de la violencia...


 

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