domingo, 29 de mayo de 2016

Resumen de Noticias Judiciales del 21/5 al 27/5

* Casación Federal confirmó la anulación del sobreseimiento del presidente de Yacimiento 
 
Carbonífero Río Turbio SA y funcionarios de la Secretaría de Minería de la Nación
La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, presidida por la jueza Ana María Figueroa e integrada por los jueces Mariano H. Borinsky y Gustavo M. Hornos, declaró inadmisibles los recursos extraordinarios interpuestos contra la anulación de los sobreseimientos de Sergio Taselli –presidente de YCRT- y Alfredo Magariños por haber utilizado en forma irregular el régimen de promoción de la actividad minera –en el marco de la concesión de Yacimiento Carbonífero Río Turbio-, circunstancia que les habría permitido ingresar al país mercadería exenta de derechos y gravámenes. * Casación Federal confirmó condena contra la tesorera de una universidad por defraudación La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Ana María Figueroa (presidenta), Mariano Hernán Borinsky y Gustavo M. Hornos, confirmó una condena a tres años de prisión en suspenso, dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia, en orden al delito de defraudación en perjuicio de la administración pública cometido de manera continuada. Así lo resolvió el tribunal en un caso de defraudación en perjuicio de la administración de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco (UNPSJB) por parte de la tesorera de dicha institución educativa.
 
* El juez Casanello rechazó un planteo de recusación de uno de los hijos de Lázaro Báez
 
Se trata de una presentación realizada por Leandro Báez. El magistrado elevó el incidente a la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal
 
* Tragedia de Once: el tribunal oral elevó la causa a la Cámara Federal de Casación
 
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 -integrado por los jueces Jorge Alberto Tassara, Jorge Luciano Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu- informó que elevó este jueves la causa por la tragedia de Once a la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, luego de que resolviera conceder los recursos de casación presentados por todas las defensas, por el Ministerio Público Fiscal y las querellas unificadas números 1 y 3. Se trata de los recursos presentados contra la sentencia del tribunal oral, cuya parte resolutiva se conociera el 29 de diciembre pasado, que condenara entre otros a Claudio Cirigliano (a 9 años de prisión), a Juan Pablo Schiavi (8 años de prisión) y Ricardo Jaime (pena única de 6 años de prisión)
 
* Time Warp: el juez Casanello procesó con prisión preventiva a Víctor Stinfale, Adrián Conci y otros tres imputados
 
El juez Sebastián Casanello, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 7, procesó con prisión preventiva a Víctor Stinfale, Adrián Conci, Maximiliano Avila, Carlos Garat y Carlos Penise como coautores del delito de comercio de estupefacientes, agravado, y por abandono de persona seguido de lesiones y muerte en relación a los sucesos ocurridos en el evento Time Warp de Costa Salguero el pasado 15 y 16 de abril. El procesamiento alcanzó a Martín Gontad, en calidad de partícipe necesario. También dispuso embargos solidarios por $ 50.000.000 sobre esas personas y sobre las empresas Dell Producciones S.A. Energy Group S.R.L., Multiticket S.A. y Prestaciones Niamey S.A. .y medidas tendientes a determinar sus patrimonios y así poder hacer efectivo el decomiso de bienes y el congelamiento de sus cuentas bancarias.
 
* Condenaron a Enrique Mathov, Rubén Santos y otros siete acusados en el juicio oral por los hechos del 20 de diciembre de 2001
 
El Tribunal Oral Federal N° 6 de la Capital fijó 4 años y 9 meses de prisión para el ex secretario de Seguridad y 4 años para el ex jefe de la Policía Federal. Impuso penas de hasta 6 años para los otros condenados. CIJ TV transmitió en vivo
 
* Resolución de la Corte ante presentación de los diputados Elisa Carrió y Fernando Sánchez
 
El máximo tribunal de la Nación estableció: “Disponer, con el alcance establecido en el considerando 3° de la presente, la entrega a la Dra. Elisa Carrio y el Lic. Fernando Sanchez de las declaraciones juradas patrimoniales integrales que fueron presentadas por los Señores Ministros del Tribunal con arreglo al artículo 12 del "Reglamento de presentación consulta de las declaraciones juradas patrimoniales integrales de los magistrados funcionarios de la Corle Suprema de Justicia de la Nación" al artículo 4° de la ley 26.857. 2. Recordar que los solicitantes quedan sujetos las obligaciones sanciones previstas en las leyes 25.188 25.236 (conf. artículo de la ley 26.857 artículos 14 y 15 de Reglamento aprobado por acordada 9/2014). 3. Poner en conocimiento de todos los magistrados federales el contenido de la presentación fin de que tomen intervención, manifiesten su opinión y, eventualmente, su conformidad para la entrega remisi6n de sus respectivas declaraciones juradas patrimoniales integrales los aquí requirentes.”

viernes, 27 de mayo de 2016

Reunión de Comerciantes contra el Tarifazo

Este sábado, tercera reunión abierta con pequeños comerciantes de la Ciudad que no puedan seguir adelante con el brutal tarifazo en los servicios públicos esenciales. 
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jueves, 26 de mayo de 2016

Que no se corte: Nace un Derecho se presentó frente a la Justicia Federal por los tarifazos en la luz.

Y el dia llegó. Después de estudiar leyes, decretos, resoluciones, de publicar en redes sociales y en los medios de comunicación nuestros argumentos, de reunirnos una y otra vez con decenas de comerciantes de Buenos Aires pusimos “primera” como debe ser: nos apersonamos ante la Justicia Federal y peticionamos frente a las autoridades.
En el día de hoy nos jugamos nuestros títulos, nuestras matrículas, nuestra reputación y presentamos los dos primeros amparos frente a la Justicia Federal contra el tarifazo a los pequeños comerciantes de la Ciudad de Buenos Aires.
Sí. Como viene sucediendo a lo ancho y a lo largo del pais.
Por que nosotros no discutimos (y lo ratificamos una vez mas), “cuestiones politicas no justiciables”. No interferimos estrictamente sobre las buenas o malas “decisiones de gobierno”. 

Tratamos de ser objetivos, de poner sobre relieve una reglamentación que a nuestro entender, a tenor de la realidad y comparándola con análogas situaciones en otras ciudades es simplemente “INCONSTITUCIONAL”.

A ver... seamos claros, la irrazonabilidad de la medida salta a la vista. ¿Qué es sino la razonabilidad?
Nosotros como gran parte de la doctrina jurídica, afirmamos que es la estable relación entre los principios y los fines, en este caso de una diretriz gubernamental. 

Sí como se desprende la normativa analizada, el fin es “obtener mejor calidad y ahorro de energía”, en consonancia con una ley nacional como lo es la 24065, utilizando un medio irrazonable (para el caso un cuadro tarifario exorbitante), que expulsa del sistema a miles de comerciantes, entonces claramente salta a la vista que estamos frente a una norma inconstitucional que choca contra la prerrogativa de la primera ley en su art. 14 que protege el derecho a “trabajar y ejercer todo industria licita”.
Se rompe claramente la prelación jerárquica normativa. En otras palabras, y ante la desolada vista de principios generales del Derecho, una norma inferior prevalece sobre una superior.



¿A quiénes le van a ir a cobrar cuando todos los negocios cierren?. ¿Adonde va a ir a parar uno de los principales motores de nuestro pais como son los pequeños y medianos comerciantes si esta medida efectivamente se cristaliza?. ¿En que lugar colocamos a toda la gente que se queda sin trabajo si todas estas persianas bajan intempestivamente por una norma que no los contempla?.



En esta situación nos encontramos, raramente tal vez, (o no), discutiendo en sede judicial.
Que se sumen todos. De Verdad. Por que al final de cuentas estamos convencidos de que en
definitiva le estamos haciendo un favor a nuestro presidente, para que al fín y al cabo tome debida cuenta de que el Ministro de Energía, el Sr. Aranguren, cerró los números sin contemplar de que mucha gente se está quedando afuera de todo y cayendo del sistema. No obstante esto, claramente no nos olvidamos de las Universidades Publicas, los centros culturales, los clubes de barrio, teatros independientes y demases que con inobjetable preocupación observan su continuidad en el tiempo.
Hoy nos hicimos presentes, como habiamos dicho, como habiamos prometido, como tiene que ser, por que somos jóvenes abogados, hijos de la Universidad Pública, aquella que se sostiene con el aporte del pueblo.

Hoy, ¡SÍ, HOY!, sin especulaciones ni letra chica elegimos no mirar para otro lado mientras a nuestro alrededor todo el ambito social se derrumba.
Tiene que ser justicia.

lunes, 23 de mayo de 2016

Resumen semanal de noticias judiciales de Nace un Derecho

RESUMEN DE NOTICIAS JUDICIALES  16/5  al 20/5  

  • La Cámara Federal de Casación confirmó el procesamiento de Alejandro Vanoli por abuso de autoridad contra Grupo Clarín 
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, con los votos de los jueces Juan Carlos Gemignani (presidente), Gustavo M. Hornos y Mariano Hernán Borinsky, resolvió este jueves no hacer lugar a las quejas presentadas por las defensas de Alejandro Vanoli, Hernán Pablo Fardi y Héctor Osvaldo Helman, avalando de ese modo la decisión de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal que había confirmado el procesamiento de los nombrados por el delito de abuso de autoridad y embargo sobre sus bienes. 
Asimismo, declaró inadmisible un recurso de casación contra los procesamientos dictados por la Cámara mencionada respecto de los gerentes de la Comisión Nacional de Valores Rodolfo Iribarren, Matías C. A. González y Mabel S. D’Orazio Cebey. 

  • La Corte limita intereses que los bancos cobran a usuarios de tarjetas de crédito 
La Asociación de Protección del Consumidor –Proconsumer- demandó al Banco Itaú Buen Ayre S.A. a fin de que dejara de aplicar a sus clientes de tarjetas de crédito intereses que superaran el tope establecido en la ley que regula esos instrumentos financieros. Requirió, además del reintegro de las sumas percibidas en virtud de la inobservancia de dicho límite, los intereses sobre el capital a restituir. 
La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la sentencia que ordenó la devolución de los importes reclamados, a los cuales se dispuso adicionar intereses que respeten el principio de reciprocidad de trato (art. 26 de la Ley de Defensa del Consumidor). Es decir, que a los montos a devolver, se aplicarán los mismos intereses que el banco percibe de sus clientes cuando éstos incurren en mora, de modo de reparar íntegramente a los usuarios y restablecer la equidad entre las partes.
  • El juez Bonadio procesó a Cristina Kirchner en la causa por el dólar futuro 
El juez Claudio Bonadio, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 11, dictó este viernes el procesamiento de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner por el delito de administración infiel en perjuicio de la administración pública, en el marco de la causa por el dólar futuro. 
También procesó al exministro Axel Kiciloff, al ex titular del BCRA Alejandro Vanoli y a otros 12 imputados. Ordenó trabar un embargo sobre sus bienes por 15 millones de pesos cada uno. 
Según la resolución, con relación a la intervención de Cristina Fernández de Kirchner y Axel Kicilloff, “es impensable que una operación financiera de esta magnitud, en la cual en menos de 45 días hábiles se abrieron posiciones del B.C.R.A. de U$s 5.000 millones a U$S 17.000 millones (de dólares), que tendría claros efectos económicos y políticos en un futuro inmediato, sea desarrollada sin la aprobación expresa del más alto nivel de decisión económico y político del Poder Ejecutivo Nacional”. 

  • Narcotráfico: el juez Lijo dispuso la entrega de tres domicilios para fines sociales en el interior de la villa 31 
El juez Ariel Lijo, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 4, ordenó este martes la entrega de tres domicilios ubicados en el interior de la villa 31 a las autoridades de la Dirección de Acceso a la Justicia y su programa ATAJO de la Procuración General de la Nación, para la creación de una “Biblioteca popular de Derecho”, y a las autoridades de la Subsecretaría de Integración Social y Urbana del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la construcción de un Centro de Desarrollo Empresarial y Laboral y un Centro Educativo para Adultos. 
En la resolución, el magistrado explicó que se verificó que aquellos sitios eran utilizados exclusivamente para llevar a cabo el tráfico de estupefacientes, por cuanto se constató que en los mismos se comercializaban, almacenaban, fraccionaban y distribuían las sustancias secuestradas, así como también servían para el resguardo de armas de fuego. Además, advirtió la existencia de fundados riesgos de que los domicilios sean reutilizados para aquellos fines ilícitos, ya sea por otras bandas o por integrantes de la misma organización criminal investigada que están siendo buscados. 
Tanto el juez como el fiscal hicieron especial hincapié en la necesidad de dar respuesta a los problemas que se suscitan en esta clase de investigaciones -en las que se observa que el tráfico de estupefacientes afecta a uno de los sectores más vulnerables de nuestra sociedad-, mediante la entrega de los inmuebles a los mencionados organismos, los cuales en definitiva atienden a la prevención de adicciones y a la inclusión social de las personas.

  • El juez Lijo citó a indagatoria a Amado Boudou en una causa por falsificación de documentos 
El juez Ariel Lijo, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 4, citó a indagatoria al exvicepresidente Amado Boudou para el 24 de mayo próximo, a las 11, en una causa por falsificación de documentos. 
En la causa se investiga al ex vicepresidente de la Nación por haber hecho insertar en su DNI un domicilio falso en el inmueble ubicado en Zado 3231, Ciudad de Buenos Aires, respecto del que nunca fue propietario ni residente, y, a partir de ello, haber registrado a su nombre tres vehículos. 
Esto provocó que, en cada caso, se expidiera el correspondiente título y cédula de identificación, en los cuales, los distintos funcionarios actuantes habrían consignado una declaración falsa en torno al hecho que los documentos debían probar: el domicilio del titular registral.
  • El juez Casanello amplió el procesamiento de Ricardo Jaime por enriquecimiento ilícito 
El juez Sebastián Casanello, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 7, dictó la ampliación del procesamiento con prisión preventiva de Ricardo Jaime y el procesamiento Julieta Jaime, hija del ex secretario de Transporte, por el delito de enriquecimiento ilícto. 
También ordenó la prisión preventiva del ex secretario de Transporte. Además, el magistrado dispuso el procesamiento de Julieta Jaime, hija del exfuncionario. 



Ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán, continuó este jueves el juicio oral por la causa “Operativo Independencia”, en donde se investigan crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura. 
El tribunal está integrado por los jueces Gabriel Eduardo Casas, Carlos Enrique Ignacio Jiménez Montilla y Juan Carlos Reynaga -Hugo Norberto Cataldi actúa en calidad de juez sustituto-. 
Está previsto que el debate se reanude el jueves próximo, a las 9.
 

  • Casación Federal habilitó a la AFIP para ser querellante en causa por trata de personas con fines de explotación laboral 
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Juan Carlos Gemignani (presidente), Gustavo M. Hornos y Mariano Hernán Borinsky, declaró inadmisible el recurso extraordinario presentado por la defensa de seis imputados contra la decisión que había hecho lugar al recurso de la querella (AFIP), en tanto la Cámara Federal de Misiones había confirmado el rechazo de la solicitud del organismo recaudador para ser tenido como parte querellante. 
Se trata del caso seguido contra seis imputados integrantes de una sociedad anónima en donde se investiga la posible infracción a la ley 26.364. Los hechos se circunscriben a la situación irregular de trabajo no registrado y a las condiciones infrahumanas que estarían padeciendo 90 trabajadores en un predio ubicado sobre la Ruta Provincial Nº 105, en la provincia de Misiones. 

miércoles, 18 de mayo de 2016

Se agranda el combo: vuelve la flexibilización laboral

Pequeños Salarios” o el padrinazgo estatal a la precarización laboral 
 
Suele definirse a la precarización laboral como “inseguridad, incertidumbre y la falta de garantía de condiciones socioeconómicas mínimas y suficientes para una supervivencia digna que afecta a los trabajadores y repercute en su entorno familiar y social”. Todos estos ingredientes se incluyen en el “combo” que ha sido el debut del Cambiemos en cuanto a política de empleo, mediante el convenio firmado con la multinacional McDonald’s. 
 
El tristemente célebre convenio, que no nos olvidemos, sale a la luz en el marco de una creciente desocupación, aumento desmesurado del costo de vida y duras resistencias del macrismo al proyecto de ley anti-despidos, posee características legales interesantes a repasar: -Se orienta a jóvenes de entre 18 y 23 años. -Salario de $4.500 -Carga horaria de 30 horas semanales. Si hacemos rápidamente la cuenta, advertimos que el salario estipulado de $4500 se encuentra lejos del salario mínimo actual de $6060 pesos, no obstante la disminución de la carga horaria semanal, consideramos que simplemente tomando la inflación del mes pasado (7%), añadiéndose la suba del costo de transporte público (necesaria para cualquier joven que desee llegar al trabajo), el aumento de la canasta básica, la energía y vivienda, tornan imposible alcanzar no sólo la subsistencia, sino el sueño de la movilidad ascendente manifestada cínicamente por el Ministro Triaca: “Queremos reconstruir la cultura del trabajo y la movilidad social ascendente, que es un valor que tenemos que rescatar para los argentinos”.
 
Sabemos, de nuestro paso por la facultad, que la ley de hierro del salario expresada por Smith, Ricardo y el propio Marx prescribe que el salario debe ser suficiente como mínimo, para cubrir el costo de la reproducción de la clase obrera como tal, lo cual es decir, debe garantizarse al menos, que el trabajador pueda subsistir y reproducirse. Nada de esto ocurre, ya que en el marco que se lanza este primer programa de empleo joven, ni el empresariado ni el Estado pueden garantizar siquiera que el trabajador pueda pagar el boleto del colectivo y mucho menos, comer. 
 
Ahora bien, nos preguntamos como abogados laboralistas ¿dónde queda la meta de lograr “empleos de calidad, en miras a alcanzar la pobreza cero” y “la movilidad social ascendente”? En derecho del trabajo, así como en el derecho constitucional y social rige el principio de progresividad. Esto no es otra cosa que vedarle al Estado retroceder en las conquistas sociales que se han acumulado durante estas últimas décadas en la clase trabajadora. El gobierno actual pretende ir mucho más allá, en el marco del Consejo del Salario Mínimo Vital y Móvil que se reunirá este jueves, pretenden imponer una agenda flexibilizadora, en palabras de Triaca se discutirá “"la productividad en el empleo y la sustentabilidad de los servicios sociales” agregando “si hay más productividad, habrá más salario”, lo cual no es otra cosa que poner el foco en maximizar la ganancia empresarial exprimiendo aún más a los agraciados que aún conservan su trabajo. Pero no es sólo eso, se discutirá la sustentabilidad o no de los servicios sociales. Hace una década que el salario no se supedita a las ganancias empresariales, todo estudiante de derecho conoce el principio de “ajenidad al riesgo empresario” que claramente asegura el salario del trabajador independientemente de los resultados económicos que logre la empresa, que son propios del riesgo empresario en el sistema capitalista. Pero esto siquiera es capitalismo, ya que en el capitalismo el empresario invierte, asume riesgos y soporta las pérdidas. Este ABC del paradigma liberal, es sorpresivamente abandonado por esta nueva versión de neoliberalismo versión macrista, dónde el Estado financiara $1000 de los $4.500 que conforman el mísero salario del convenio firmado. Suele afirmarse en derecho laboral y en sociología del trabajo que el desempleo es un gran disciplinador social
 
Puede entonces ensayarse una hipótesis perversa, esto es, que la inacción del gobierno actual frente al flagelo creciente del desempleo sea un presupuesto necesario para lograr que las negociaciones paritarias coloquen a los salarios, por debajo del costo real de vida. Porque cuando un trabajador es despedido, toda la clase trabajadora se debilita. Quien sufre el despido es expulsado a los confines de la sociedad y precisa de la asistencia social para subsistir (sí, la misma sobre la que se discutirá sobre su sustentabilidad) pero quién conserva el trabajo experimenta un nuevo temor que lo lleva a aceptar cualquier tipo de avasallamiento en sus derechos y condiciones laborales, en términos de derecho colectivo del trabajo, toda la clase trabajadora pasa de discutir mejoras, a una postura defensiva: tratar de conservar lo poco que queda. Y el paradigma del empleo futuro que plantea el nuevo gobierno queda al descubierto: trabajo rotativo de 30 horas semanales con un salario de $4.500.

domingo, 15 de mayo de 2016

Peligro en la Patria Grande: No al golpe en Brasil

Desde NACE UN DERECHO, como grupo de juristas “NO NEO-CLASICOS” y que entendemos al Derecho como principal instrumento de recomposición del equlibro social y que, para que ello así sea, necesariamente deben respetarse las instituciones democráticas y sus autoridades electas; independientemente de la carga ideológica u otra circunstancia que nos aleje de ellas, reiteramos, deben ser respetadas para entender y accionar el derecho como instrumento social de equilibrio.
Es por ello que en este marco repudiamos enérgica y públicamente los sucesos recientemente acaecidos en la República Federativa de Brasil, que mediante un sofisticado golpe parlamentario de Estado, se ha destituido a la presidente Dilma Russeff de la jefatura de Estado e instraurado un gobierno provisional ilegítimo.
Desconocemos por no ceñirse a derecho a las actuales autoridades política y provisoriamente constituidas y además repudiamos el apoyo de nuestro pais al mentado golpe perpetrado desde las más oscuras sombras.
Solicitamos abiertamente, se retire la representación diplomática hasta tanto la Sra Presidente Dilma Russeff sea restituida en el cargo que la población brasileña le confirió.
Solo así será justo.

jueves, 12 de mayo de 2016

Sin Universidad Pública no hay salida

¡Que dia hoy eh!. ¡UF!.
Nosotros como jóvenes abogados, la mayoría hijos de la Universidad Pública, aquella que sostiene el pueblo con su esfuerzo tributario de todos los dias, nos hacemos presentes y no miramos para el costado.
Por que para ser “abogados de a pie”, la Facultad de Derecho tiene que “estar de pie”, y debe ser la genesis de muchos colegas que el dia de mañana salgan a abogar por los derechos de todos.
Sin chamuyos, sin ropajes extraños, sin vender humo, desmitificando ese “uh, ojo que es abogado”, saliendo a la cancha con lo mejor que tenemos: ser una nueva generación con vocación de salir a patear escritorios y tribunales para pedir en nombre de otro.
Sin embargo, hoy lamentablemente, vemos con preocupacion que este DERECHO A ESTUDIAR, se encuentra en franco peligro de extinción.
Y la verdad es una sola: la educación pública, gratuita y de calidad no puede ni debe estar en discusión. Nunca.
Es por ello que todo intento de desfinanciamiento debe ser un agravío directo al conjunto de la sociedad que quiere progresar y ser mejor el dia de mañana.
Desde “Nace un Derecho”, nos hacemos eco por el reclamo de una Universidad inclusiva y fondeada, nos solidarizamos con la comunidad educativa en su conjunto, participamos activamente y exigimos a viva voz: “EDUCACIÓN DE CALIDAD PARA LA INCLUSIÓN SOCIAL”, pues sino, no hay salida viable.

Reunión contra el tarifazo. Sumate.

Segunda reunión de los comerciantes contra el tarifazo.
Este Sábado 14 de mayo a las 15hs en el Bar "Hasta Trilce" en Maza 177.
Vienen todos. Convocá.


miércoles, 11 de mayo de 2016

10 cosas que tenés que saber si te despiden o están por hacerlo

Les compartimos este articulo escrito por el Dr. Mariano Recalde, colega especialista en Derecho laboral.
 
En un contexto como este (y en cualquiera) tenés que estar al tanto de tus derechos como trabajador y de las obligaciones que tiene tu empleador.
 
Estos son diez consejos que te pueden servir si te despidieron del trabajo o si te parece que es algo que puede estar por pasar. 
 
1. Comunicación del despido: La rescisión unilateral del contrato de trabajo por parte del empleador, tanto en el empleo público como en el privado, debe ser efectuada mediante carta documento o telegrama laboral, únicos medios legales fehacientes para notificar el despido. NO tiene ninguna validez el despido efectuado verbalmente o por cualquier otro medio. 
 
2. Asesoramiento: Ante una situación de despido inminente, o ya habiendo recibido la notificación del mismo, es aconsejable siempre acudir al delegado gremial, a los fines de asesorarse legalmente y coordinar medidas de acción a través del sindicato de pertenencia.
 
3. Respuesta: En simultáneo, si efectivamente se recibió una notificación fehaciente, el despido puede impugnarse mediante “Telegrama Colacionado Laboral” gratuito (no hace falta pagar una carta documento), siempre con el asesoramiento jurídico del gremio o de un abogado particular, sin que implique dejar de lado la acción sindical. 
 
4. Reclamos: Frente al despido, y según cada caso, se puede llegar a reclamar la reincorporación o las indemnizaciones que correspondan, dependiendo de las circunstancias personales y particulares de cada trabajador (si era delegado, si fue despedido por motivos discriminatorios, si se trata de una trabajadora embarazada o recién parida, o el despido es cercano al matrimonio, si estaba debidamente registrada la relación o si estaba “en negro” total o parcialmente, etc. etc). Para decidir la estrategia es importante contar con asesoramiento jurídico. 
 
5. Preaviso: el despido sin expresión de causa debe ser preavisado en un plazo no menor a 30 días. En su defecto, el empleador debe abonar el salario correspondiente al mes de preaviso en concepto de indemnización. 
 
6. Trabajo no registrado o mal registrado: Si la relación laboral no está regularizada ante los organismos impositivos (AFIP) y de la seguridad social (ANSES); o bien el contrato de trabajo se disimula bajo la apariencia de una locación de servicios o cualquier otra, o si efectivamente se entregan recibos de sueldo pero con defectos (con un salario menor al real, o una fecha de ingreso distinta de la real), es importante intimar al empleador a que regularice la contratación mientras perdure la vigencia del mismo, es decir, hacerlo antes de que se produzca el despido. En estos casos, tanto si se intimó antes o no, debe exigirse al empleador no sólo la misma indemnización que le correspondería si hubiera prestado tareas “en blanco”, sino también el pago de una indemnización adicional y de los aportes a la seguridad social. 
 
7. Despido de hecho: Si el empleador impide el ingreso al puesto de trabajo mediante el uso de la fuerza pública o privada, cerrando las puertas de acceso del lugar de trabajo, debe enviarse sin dilaciones un telegrama exigiendo que se expresen los motivos de esa negativa de tareas. Adicionalmente se puede recurrir a un escribano que deje constancia de ello, en lo posible contando con testigos o medios probatorios que acrediten dicha situación. 
 
8. Datos importantes: Es útil contar, a los efectos de realizar mejor cualquier tipo de reclamo al empleador, con los siguientes datos: fecha de ingreso al puesto de trabajo, funciones y tareas realizadas, cargos ocupados, empresa u organismo para el cual se efectuaban tareas, medio de percepción de haberes, modalidad de contrato de trabajo suscripto, copia del contrato si se hubiera celebrado por escrito, testigos y demás documentación que pueda demostrar esos datos.
 
9. Reclamos colectivos: Si hay compañeros de trabajo en la misma situación, siempre es mejor acudir a las reuniones o asambleas que se realicen, a efectos de estar informado y de dar fuerza a las medidas de acción directa que adopte el sindicato. 
 
10. Tiempo para reclamar: Es importante dar respuesta inmediata a cualquier despido o negativa de tareas. De todas maneras los salarios no cobrados, mal liquidados, o las indemnizaciones debidas, pueden reclamarse dentro del lapso de dos años desde que se adeuden o desde el último reclamo. En esto también es importante consultar a un abogado.

martes, 10 de mayo de 2016

¿Te acordás del protocolo antipiquetes?

Como nuestros lectores saben, nosotros en el verano de este año, más precisamente el 24 de febrero, presentamos un amparo contra el denominado “protocolo antipiquetes”. Si bien, no tuvimos la “suerte” de que el mismo corriera con los plazos propios de una “acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro medio judicial más idóneo, contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantías reconocidos por esta Constitución, un tratado o una ley” , tal como se desprende de nuestra Carta Magna, lo cierto es que salvando esa cuestión temporal el Juzgado Federal N° 2 en lo Contencioso y Administrativo a cargo del Dr. Furnari fue avanzando, pidiendo la opinión de la Fiscalía Federal, exigiendo los informes correspondientes al Ministerio de Seguridad y dándonos la posibilidad de ampliar la prueba.

¿Cómo estamos hoy?, y... la verdad que ya tendríamos que tener la resolución, pero previamente su señoría decidió darle el pase del expediente devuelta a la fiscalía para que dictamine sobre la cuestión que nos interesa a todos: ¿ES O NO ES INCONSTITUCIONAL EL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD EN LAS MANIFESTACIONES PÚBLICAS”?. Oído el fiscal, el juez tendrá la posibilidad de resolver sobre dicha cuestión en los próximos días. 

Como hemos expuesto varias veces (lo pueden ver en las publicaciones que fuimos realizando desde el 24 de febrero en adelante), nosotros criticamos primero: “el atropello formal e institucional”. Esto de abarrotarse y salir con una “Resolución mediática-ministerial” como la denominamos o “Resolución fantasma” como bien catalogaron otros colegas, es tremendamente contraproducente contra el objeto y el fin perseguido por la propia administración. 

 Si bien no fue publicado oficialmente en el boletín oficial, se han reunido “MINISTROS DE SEGURIDAD” de todas las provincias, funcionarios de los cuales depende la cartera en diferentes jurisdicciones, los cuales muchos de ellos manifestaron errónea y públicamente “lo vamos a aplicar”, otorgándole lo que podríamos definir como “fuerza material” a la norma analizada. 

Convengamos, que por una cuestión de prelación jerárquica, una “normativa” (muy entre comillas) no puede ir en contra de derechos consagrados en la Constitución Nacional, que como sabemos es la Primera Ley. 

Segundo: nosotros no estamos a favor de que se “corte cualquier calle a cualquier hora”, pero si la ciencia jurídica que tiene como fin ordenar la pugna de diferentes derechos contrapuestos como lo son: el derecho a peticionar frente a las autoridades, al de transitar libremente y el de libertad de prensa se pone de manifiesto mediante estos “mamarrachos jurídicos” vamos mal. MUY MAL. 

¿Donde está el consenso?, ¿donde quedaron las voces de los diferentes sectores?, ¿y la prelación normativa?. ¿Alguien sabe quien escribió el protocolo?. ¿Ud. cree sinceramente que esa redacción es propia de un jurista experto en redacción legislativa que contemplo, analizó y que escucho a todas los sectores involucrados?, ¿o cree como nosotros que es una terrible “vendida de humo” escrita a los apurones entre gallos y medianoches?. 

Tercero: ¿Que pasa con la aplicación?. ¿Pudieron notar que tuvimos muchísimas discusiones inconducentes y que aún tenemos latente el problema?. ¿Por qué a esta altura de la evolución del estado de derecho tenemos que discutir esta torpeza mal hecha?. 

Consideramos ferreamente que como sociedad debemos tomarnos seriamente el tema y lograr que se regulen democráticamente los derechos involucrados con una norma que esté a la altura de las circunstancias y que de verdad sea un llamado a la paz y armonía social. Sin chamuyos. 

Lo volvemos a dejar bien en claro: Esta resolución a la luz de los argumentos vertidos es claramente inconstitucional. En consecuencia: TIENE QUE SER JUSTICIA.

lunes, 9 de mayo de 2016

Comerciantes contra el tarifazo, nueva reunión.

Agradecemos a los comerciantes, a los vecinos, a los medios de comunicación, a organizaciones sociales y politicas que se siguen moviendo y preocupando por este tema que nos involucra directamente a todos.

Seguimos trabajando y pensando como plasmar judicialmente esta situación que claramente es un atropello a los derechos de los comerciantes.

Este sábado 14 de mayo a las 15hs, nueva reunión, a la cuál asistiremos para seguir brindando nuestro apoyo.

 http://radiocut.fm/audiocut/comerciantes-contra-el-tarifazo/#f=radio&l=related

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