jueves, 24 de octubre de 2019

CHILE DICE BASTA


CHILE DICE BASTA


El gobierno que el pueblo eligió, en boca del propio Presidente: “Está en guerra con la sociedad”, de la mano de la teoría del enemigo interno Piñera arremete violentamente contra el pueblo de Chile.
                                                                        ¡Está claro que Chile dijo basta!


Desde nuestra Asociación y como defensoras y defensores del derecho y por tanto de la DEMOCRACIA, no nos es ajeno lo que hoy sucede en Chile, donde la ciudadanía se manifiesta  abierta y legalmente en las calles desde el sábado pasado, frente a un modelo social y económico completamente agotado, en el cual la distribución de la riqueza se torna  absolutamente desigual.

En el país con el PBI más alto de la región algunos tienen demasiado y otros nada. Esta desigualdad se plasma evidente en la falta de educación pública, que viene exigida en modo de luga por la juventud desde antaño. La inversión en la misma a todas luces resulta ínfima, fomentando de ese modo la privada, excluyendo así  a quienes no pueden alcanzarla. En otras palabras la educación pública, gratuita y de calidad tan esperable no existe.

Asimismo, el transporte es uno de los más caros de la  región, tomando en cuenta que no recae sobre él ningún tipo de subsidio estatal. En Chile, el costo de realizar 50 viajes es de $41.500 pesos chilenos (3.320,50 AR) en hora pico lo que equivale al 13,78% de un sueldo mínimo ($301.000 pesos chilenos), quedando el saldo restante para hacer frente a altísimos impuestos brindados por empresas privadas, como lo son el agua, la luz, y el gas.

La salud por su parte mayoritariamente se encuentra en manos de privados y lo que se destina a ella en el sector público es nimio, tomando en cuenta a la sazón el alto costo de los medicamentos.

Las jubilaciones se hallan en manos de las AFP (emulando a las conocidas en nuestro país como AFJP), resultado elocuente el caso de María Angélica Ojeda, jubilada trasandina que ha demostrado sobradamente que el dinero no alcanza ni para pagar sus gastos cotidianos. Con un ahorro previsional de más de 46 millones de pesos chilenos, mensualmente solo percibe 185 mil.

Al respecto, "El sistema de AFP atenta contra los derechos de las personas”, exclamó muy acertadamente quien decidió poner en jaque al sistema;este caso llegó al parlamento y puso en crisis al sistema judicial de  Chile, dado que  este sistema tiene dos órganos superiores que se superponen, entre ellos el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, siendo finalmente éste ultimo quién tomará la demanda y debe una decisión final para ponerle fin al vilo social que su contienda mantiene.

En resumidas cuentas, el Estado chileno no garantiza ningún derecho fundamental a la comunidad siendo absolutamente razonable su despertar.


                                             movilización masiva en las calles de Santiago de Chile  

Desde el pleno Estado de Derecho y con foco en el plexo normativo internacional es palmaria la desacertada forma de atender las demandas de la sociedad, empleada por el Presidente Piñera, la cual encuentra un franco apego a la efectivizada por gobiernos de facto.
“El estado de emergencia declarado por Piñera no existía en la Constitución de Chile de 1925. La Dictadura la incorporó, quien originalmente la llamo: “Estado contra la subversión latente.”




El Estado de Derecho que proclamamos, en defensa de la sociedad, es un llamado  a la reflexión, a la razonabilidad y el diálogo, como vías legales y conducentes tendientes a garantizar la paz y la vida en comunidad, sin represión ni “toques de queda” que puedan menoscabarla.     

                                   ¡Respeto a los derechos, respeto al Estado de Derecho!
 

sábado, 19 de octubre de 2019

EL GRAN BONETE DEL TERROR: ¿DÓNDE ESTÁ LA DIGNIDAD DE LOS AFILIADOS AL PAMI?

A raíz del caso de Enrique, mediante el cual estamos promoviendo una acción de amparo para obtener una prestación tan básica como esencial como lo es la provisión de bolsas de ileostomía (que tiene un costo de 9500 pesos mensuales, ni más ni menos), y frente a la desidia, la inacción, la falta de sensibilidad y sobre todo (lo que es más importante), la no entrega del insumo debidamente solicitado, es que la justicia federal nos ha dado la razón, teniendo que llegar hasta un punto critico: embargar al propio PAMI y denunciar penalmente a sus autoridades.

Como si eso fuera poco, y frente al delito de "desobediencia civil" hemos solicitado se inicien las acciones penales por la vía que corresponda contra sus autoridades. En ese orden de ideas, la justicia civil federal avaló nuestro pedido.

Quizás el texto y las pruebas documentales que exhibimos nos puedan generar miles de sensaciones e incluso muchas de ellas encontradas entre sí. La realidad de los hechos es que nosotros bregamos por una sola cosa, la dignidad de Enrique (no colocamos su DNI ni apellido para preservar su identidad).

No es posible que en pleno debate presidencial se nos diga en la cara que el PAMI funciona bien, y nosotros/as en paralelo, tengamos que embargar al Instituto para que un beneficiario se haga de los fondos y así poder adquirir la prestación que por derecho le corresponde.

Cuando hablamos de acciones y políticas de Estado en favor de nuestros adultos mayores, hablamos de casos como estos.

PRUEBA DOCUMENTAL: Te mostramos el intercambio judicial

1)Luego de dos denuncias de incumplimiento se vuelve a presentar el Instituto aduciendo que los insumos no se pudieron entregar por "errores administrativos". Tan increíble como real. No obstante vuelve a mentir al decir que los insumos "estaban esperando" por nuestro defendido.



2) Luego de hablar con la farmacia, con la seccional del PAMI, con la central, y con todos los involucrados, se nos vuelve a negar el insumo. Tétrico.

Frente a eso presentamos un escrito solicitando que se termine este "juego del gran bonete", se decrete el respectivo embargo preventivo y se inicien las acciones penales correspondiente por "desobediencia civil" ( art. 239 Codigo Penal)



3) La justicia civil y comercial federal (en donde tramitan los actuados) resolvió hacer lugar al pedido de embargo y recomendó el inicio de las acciones penales pertinentes.





No queremos ni más ni menos de lo que corresponde. Tampoco no es grato denunciar penalmente a funcionarios. Lo que necesitamos y queremos es que Enrique tenga una VIDA DIGNA, que por ley le corresponde.

Seguimos de cerca el tema.


viernes, 18 de octubre de 2019

NO A LOS DESALOJOS FORZOSOS EN LA CIUDAD

Es menester no solo defender el acceso a una vivienda digna como un Derecho Humano Fundamental, tutelado este por nuestra Constitución Nacional, sino que además, como juristas y junto a nuestro pueblo, podamos diagramar un marco jurídico viable y sustentable en el tiempo en torno a la "FUNCIÓN SOCIAL DE LA VIVIENDA".
No es viable el desarrollo de una comunidad en dónde existan personas que no puedan ejercitar un derecho tan básico y elemental, por ello debemos no solo asesorar y patrocinar, sino también concientizar y proponer.
Vamos a estar apoyando a nuestra asociación hermana Grupo de Litigio Estratégico con este y con todos los casos que pongan el foco en este eje tan fundamental como crucial para nuestro pueblo.
Los y las esperamos 👇

El deporte es inclusión

Agradecemos a socios, simpatizantes, jugadores y equipo técnico del primer equipo de fútbol del Club Atlético All Boys por el regalo que nos hicieron llegar con una particular dedicatoria.
El deporte es inclusión, barrio y amistad. No a las Sociedades Anónimas.

NACE EN LOS MEDIOS

Te compartimos una entrevista brindada por nuestro colega Adolfo Toñin Monzón, miembro de Nace un Derecho, en el programa "Rincon Gremial" que se emite por Radio La Otra, en dónde estuvo conversando, entre otras cosas, sobre el inconstitucional decreto 669/2019 que menoscababa y cercenaba derechos laborales.
La nota completa acá 👇.

NACE EN EL 34" ENCUENTRO NACIONAL DE MUJERES 2019

Desde 1986 las mujeres organizadas realizan éste imponente encuentro en distintas partes del país cada año. En está oportunidad y por segunda vez en la historia, la ciudad de La Plata fue sede del encuentro.
El mismo se desarrolló durante los días 12,13 y 14 de octubre, donde miles de mujeres reunidas en diferentes talleres debatieron una agenda en común, que lleve adelante en los distintos espacios la perspectiva de género transversal en cada eje.
En el marco de nuestra "Asesoría de Géneros contra las violencias" participamos de los talleres de "mujeres y disidencias, el acceso a la justicia, estrategias de acompañamiento y contención" y en el de "vínculos y relaciones sexo-afectivas".
El próximo encuentro y por primera vez en la historia será en San Luis, lugar que se definió hoy lunes 14 luego de una masiva marcha de 3km que abrazo a más de 50.000 mujeres y que además el el 35 encuentro a realizarse en San Luis llevará el nombre de Encuentro "Plurinacional de mujeres, lesbianas, travestis, trans, bisexuales y no binaries" , éste cambio de nombre marca otro hecho histórico en éste #34Encuentro.
Felicitaciones al conjunto de mujeres organizadas por su capacidad de lucha, debate y consenso con el único objetivo común de tener una Argentina inclusiva, equitativa e igualitaria libre de violencias! 






domingo, 13 de octubre de 2019

SE CAE A PEDAZOS EL INTENTO DE RECORTAR LAS INDEMNIZACIONES A LOS TRABAJADORES POR PARTE DEL PODER EJECUTIVO

El decreto de necesidad y urgencia 669/19 emitido por el Poder Ejecutivo Nacional que tendenciosamente y de manera sugestiva modificaba la base de calculo a la baja de las indemnizaciones por riesgos del trabajo,luego de recibir ostensibles rechazos a todo nivel, ha tenido serios embates a nivel jurídico y ya ha sido tachado de inconstitucional en sede judicial.

1) El amparo del CPACF

El Colegio Público de abogados de la Capital Federal, como te anticipábamos, presentó un amparo con medida cautelar accesoria. Luego del contundente, esclarecedor y confirmante dictamen del fiscal De Vedia en favor de la acción incoada, el juez Alejandro Segura del juzgado nacional en lo laboral n° 41 concedió la medida cautelar solicitada y suspendió dejando sin efecto el decreto atacado. Vale aclarar que la medida es de alcance general.

2) El caso Miguel Ángel Fernandez

Asimismo el querido periodista Miguel "Tití" Fernandez en el marco de una causa propia  contra la que era su Aseguradora de Riesgos del Trabajo al momento de trabajar en el Mundial Brasil 2014, obtuvo una declaración similar por parte del mismo juez a cargo de la misma.

De este modo ha quedado demostrado una vez más que el sistema jurídico laboral argentino puede ser objeto de modificaciones previamente analizadas y consensuadas por expertos en la materia pero no tolera soluciones oportunistas y espasmódicas que vengan a contrariar y menoscabar derechos, menos aún cuando se trata de trabajadores.

La asimetría planteada entre "trabajadores/ empleadores" en nuestro plexo normativo ha encontrado enhorabuena un lateral de tope por parte del estado, en este caso el Poder Judicial, empero, desde otra de sus aristas, el Poder ejecutivo, tuvo una embestida que a la postre (y de manera esperable) tuvo acertadamente su freno.

Seguimos de cerca este tema.

Seguí leyendo:

https://www.ambito.com/juez-laboral-declaro-inconstitucional-el-dnu-que-reduce-montos-indemnizaciones-art-n5058989

https://www.tiempoar.com.ar/nota/declaran-inconstitucional-el-dnu-de-macri-que-bajo-las-indemnizaciones-en-accidentes-laborales

https://www.perfil.com/noticias/politica/declaran-inconstitucional-el-dnu-que-reduce-las-indemnizaciones-de-las-art.phtml

https://www.pagina12.com.ar/224292-declaran-inconstitucional-el-dnu-de-macri-sobre-indemnizacio




EMPODERAMIENTO LEGAL: PARTICIPAMOS DEL OBSERVATORIO DE DISCAPACIDAD EN LA COMUNA 8.

Estuvimos participando del lanzamiento de un observatorio para personas con discapacidad en el sur de la Ciudad de Buenos Aires. Del mismo participó también la legisladora Victoria Montenegro, presidenta de la comisión de discapacidad de la Legislatura porteña.
Nuestra compromiso asumido fue el de llevar a cabo asistencia, acompañamiento, asesoramiento y en los casos que lo requieran el mismísimo patrocinio para personas con discapacidad menoscabadas en sus derechos.
Fue una buena ocasión para plantear la necesidad de que se generen espacios de esta naturaleza en todos los ámbitos de la vida pública en nuestra comunidad, incluso en el Poder Judicial.
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad incorporada por ley 26378 a nuestra Constitución Nacional resulta ser eje legal y guía en este camino.
Seguimos de cerca este tema y como siempre recuerden que cuentan además con nuestra asesoría especifica en la temática.




FELICITACIONES LAUTARO

Hace unos días en Derecho Uba le entregaron el título de "abogado" a nuestro querido colega y miembro de Nace un Derecho, Lautaro de La Rosa, o simplemente "Laucha" para los bogas del palo, de a pie y del pueblo.
Seguimos sumando fuerzas para el pueblo que sostuvo, sostiene y sostendrá nuestra formación profesional en las Universidad Públicas!.


Reunión en el Colegio de Abogados de la Capital Federal

Reunión de trabajo y coordinación con abogados y abogadas del palo, de a pie y del pueblo en el CPACF.
Mucho por hacer!.


jueves, 10 de octubre de 2019

Denunciamos a Miguel Angel Pichetto: te contamos por qué.

El racismo moderno se relaciona con la pobreza y la marginalidad que pretende reafirmar la exclusión de determinados colectivos; de allí la necesidad de revisar la visión de “esos negros”, o “esos grasas” o “esos gronchos” o “esos villeros”. (Xenofobia y Racismo – Hacia una agenda de interculturalidad – INADI 2016)

Por Hernán Mirasole y Diego Encina



En virtud de los dichos proferidos en una entrevista por el colega y Senador Miguel Angel Pichetto definimos tomar una serie de medidas legales a la sazón de que no es posible que al día de hoy en nuestro país se siga instigando a la sociedad a entrar permanentemente en conflicto por situaciones que no tienen empero la razonabilidad de estos tiempos

Las denuncias

En primer lugar, es menester aclarar de que nuestro despliegue no tiene basamento electoral. De hecho Miguel Ángel Pichetto se encuentra afiliado al Partido Justicialista (Si bien nuestra asociación no forma parte orgánica de ningún partido político, hay algunos miembros adscriptos a este partido) y a la postre también es abogado. Sí, y encima de la Universidad Pública a la cual nosotros reivindicamos constantemente.

En consecuencia lo que queremos hacer valer es una nueva forma de relacionarnos en un Estado de Derecho que funcione y comprima todo este tipo de actos oprobiosos que atentan a la sociedad en su conjunto y que deje lugar a las discusiones que nos permitan desarrollarnos como país.

En segundo lugar, y yendo a lo técnico se radicó: 

a) Una denuncia en sede penal en la Camara Nacional en lo criminal y Correcional Federal contra el mentado legislador por el delito de apología del crimen calificada por ley 23592. Dicha denuncia recayó en el juzgado del Dr. Julián Ercolini.

b) Una denuncia en sede administrativa frente al INADI (Instituto creado por ley 24515), que es el organismo que en razón de su especificidad es el que debe dar mayor claridad sobre los conceptos vertidos  en nuestra elocución de sede penal, tales como los de la xenofobia, racismo, misoginia y uno novedoso como es el de aporofobia. En relación a esto último es menester darle lugar a esta nueva conceptualización desarrollada con mayor amplitud en Europa y que nos viene a clarificar (para entender) una forma de "Odio a los pobres". Este concepto novedoso de tinte "legal- sociologico" que hemos aprendido junto al Dr. Aníbal Filippini, lo hemos volcado, como decíamos, en ambas denuncias.

¿La discusión?, ¿Cuál discusión?.

Entendemos que no nos hallamos frente a ninguna discusión válida toda vez que esta generación, hija de la democracia y de la Universidad pública no se tira de cabeza a una pileta de barro para entremezclarse entre el lodo de la vieja y vetusta política o justicia.

Muchos/as de nosotros/as, que afortunadamente no hemos vivido siquiera un solo día que no sea en democracia, no queremos más que se hable en términos violentos ni se nos trate de mansillar con conceptos de "dinamitar", de "desaparecer", de "erradicar". Nos parecen discursos anacrónicos, sesgados, ominosos, llenos de oscuridad y lo peor de todo empíricamente fracasados.

Esto desde ya y con profunda enfasis sin ir en desmedro de una bandera gigante que enarbolamos desde su raíz tal como lo es la de "Memoria, Verdad y Justicia", pues no podemos como sociedad permitirnos que se vuelvan a cometer las atrocidades y los flagrantes delitos de lesa humanidad que en nuestro suelo terrible y lamentablemente se han cometido.

Se discrimina desde la ignorancia.

Los dichos del colega Pichetto demuestran un supino desconocimiento de la agenda abierta de interculturalidad que lo conlleva a vociferar rebuznes que incitan más al odio que a la reflexión y en consecuencia a la evolución.

Y justamente, lo que pretendemos como colectivo de profesionales es que nuestra comunidad reflexione, analice, y en razón de eso, se insuma de elementos de valoración, como son las leyes, la doctrina, las sentencias, etc; en rigor, el acaudalado río de las fuentes del derecho, como para que de ese análisis enriquecido se nos permita crecer, evolucionar y abordar a nuevas conclusiones más complejas, sofisticadas y serias como comunidad.

Lejos de eso se encuentran los dichos de la versión más involucionada de Pichetto, que para mayor abundamiento y como decíamos, es abogado y Senador nacional, pero que además se ha servido del derecho a migrar tanto él como sus antepasados, y para mejor: eso está muy bien, es lo que debe ser y tiene total apoyatura legal desde el preámbulo de nuestra Primera Ley.

La expectativa

Como decíamos, no queremos arruinarle la campaña al Dr. Pichetto, nuestro deseo como propulsores del espíritu democrático, es que predomine en la Argentina que viene una tierra de oportunidades para todos/as; por ello que compita con total libertad (máxime si tiene mucha gente que lo apoya y lo sigue), y desde luego si por algún motivo le toca alzarse con la victoria electoral, que asuma la responsabilidad de la Vice Presidencia como eventualmente le correspondería.

Tampoco queremos que vaya preso, ni que pierda su libertad, más allá de la improcedencia procesal de este extremo, en rigor de la cuestión etaria y de la inexistencia de antecedentes penales en cabeza de aquel y de los fueros congresales con los que legalmente ostenta.

No obstante nos gustaría y mucho que tenga la oportunidad de conocer una villa, de conocer a los y las villeros/as, a la comunidad migrante que las habita, a las costumbres de aquellos. Que camine por sus pasillos, que franqueé las puertas de sus hogares, que tome un mate o un tereré con una persona paraguaya, que se siente hablar de trabajo con personas de Bolivia o de historia virreinal con alguien de Perú.

Que en definitiva cumpla tareas comunitarias para con esas personas, contra las que muy equivocadamente viene despotricando y atacando ya sin sentido en esta etapa de nuestro país. Que pueda explicar (por que los conoce), los lazos fraternales, inextinguibles y latentes con nuestros hermanos y hermanas de la Patria grande.

Que sepa que existió Carlos Mugica, que en razón de su nacimiento tenemos la ley 27095,
que en este país que estamos construyendo no hay que dinamitar ni hacer por volar los aires a nadie. Que queremos una firme, pero inteligente a su vez, aplicación de un sistema penal que sabemos que no funciona comodebiera. Que además tenemos que pregonar la inclusión y la urbanización no como paladines de la retorica del discurso sino como políticas públicas activas, pues ya conforman parte de una esfera de derechos inexpugnable para el accionar del Estado Argentino.

Hablemos sin vergüenza y sin miedo del valor social de la vivienda, del derecho humano a trabajar y al de ser "parte" de la sociedad mediante la inclusión social; de las formas inteligentes y viables de redistribución de la riqueza, no como contrapunto de la acumulación del capital pero si de la "sobreacumulación" que pertrecha íntimamente con la avaricia y la exclusión.

De esas cosas queremos discutir con Pichetto, y mientras no las entienda no solo va a seguir cometiendo delitos, sino que además nos vamos a perder su aporte que inclusive, bien argumentado y con los dotes del conocimiento nos interesa.


Seguí leyendo:

Denuncia en sede penal

Denuncia en INADI

Nota InfoBae:

miércoles, 9 de octubre de 2019

EMPODERAMIENTO LEGAL: ASESORÍAS JURÍDICAS EN EL TERRITORIO.

Queremos comentarle a la gente que nos banca, que nos sigue y que nos apoya que seguimos en este día y en cada día un poco más, por que nuestro compromiso es con la gente que bancó nuestros estudios en la Universidad Pública.
Mantuvimos las asesorías este año y proyectos seguir creciendo no solo en CABA, sino en el AMBA y si todo sale bien: EN EL INTERIOR DEL PAÍS!.
Gracias de verdad por confiar y por darnos el empuje que nos hace falta.

Acá estamos! 🖐







CHARLA DE EMPODERAMIENTO LEGAL: PENSIONES PARA PERSONAS CON VIH.

Estuvimos en Puerto Madero con Saisida Nacional y Positivos La Matanza conversando y asesorando sobre las pensiones no contributivas para personas con VIH, las cuales han sido puestas en objeto de litigio a la sazón de que sus beneficiarios fueron interpelados vía carta documento a tramitar un "CMO Digital" bajo apercibimiento de dar de baja el "beneficio".
Queremos llevar la tranquilidad de que estamos encima del tema, de que la justicia, más allá de un buen y proclive dictamen del Ministerio Público Fiscal, no ha definido nada en concreto.
A su vez, el Dr. Agustín Ferreyra brindó una excelente exposición sobre el "Modelo Social de Dispcacidad", sus implicancias y semejanzas con las vivencias del colectivo de personas con VIH.
Agradecemos a Marcela Masso y equipo por la invitación!.





lunes, 7 de octubre de 2019

DURO REVÉS JUDICIAL AL DECRETO QUE LIMITA LAS INDEMNIZACIONES POR RIESGOS DEL TRABAJO

EL FISCAL GABRIEL DE VEDIA, a cargo de la Fiscalía Nacional del Trabajo N°3, dictaminó a favor del dictado de una medida cautelar que suspenda el Decreto de Necidad y Urgencia que modifica el cálculo de las indemnizaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Intervino en un amparo colectivo, presentado por el Colegio de Abogados de la Capital Federal, en los términos del artículo 43 de la Constitución Nacional.

El CPACF solicitó una medida cautelar para suspender el DNU 669/2019, mediante el cual el Poder Ejecutivo Nacional ha decidido modificar el cálculo de las indemnizaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales consagrado en el art. 12 de la ley 24.557, previendo la utilización de la tasa de variación índice RIPTE (Remuneraciones Imponibles promedio de los Trabajadores Estatales), en vez de la tasa activa del Banco Nación que se utilizaba actualmente.

En oportunidad de analizar la presentacion, el Fiscal de Vedia concluyó que el Poder Ejecutivo se arrogó facultades legislativas vedadas por el artículo 99 inciso 3° de la CN, toda vez que las genéricas manifestaciones expresadas en los considerados del decreto carecerían de razonabilidad y justificación para sortear la intervención del Congreso tal como lo exige la Carta Magna.

En razón de tal conclusión, advirtió que cabe recordar que los Tratados Internacionales con validez constitucional, obligan a adoptar las medidas necesarias para garantizar el progreso y la plena efectividad de los derechos humanos (Declaración Universal de los Derechos Humanos -art. 22-, Pacto Internacional de los Derechos Económicos Sociales y Culturales -art. 9-, Declaración Americana de los Derechos y Deberes del hombre -art. 16-, entre otros), por lo cual explicó que existe una doble responsabilidad de los Estados: por un lado están obligados a avanzar en el reconocimiento de los derechos económicos, sociales y culturales, de modo de satisfacerlos cada vez con mayor intensidad – principio de progresividad-; por el otro les está prohibido todo retroceso en esta área, lo que implica que una vez que un derecho social ha sido reconocido, pueda en el futuro -salvo casos excepcionales- ser desconocido – principio de no regresividad -.

De Vedia analizó en el dictamen de que modo la aplicación de la Tasa RIPTE dismunuíria notablemente las indeminizaciones y sostuvo que de la lectura del decreto pareciera que se intenta dar primacía a los intereses de las empresas aseguradoras por sobre los derechos y las limitaciones de los trabajadores accidentados en ocasión del trabajo.

El fiscal recordó en su dictamen que las disposiciones del derecho laboral se deben caracterizar por el espíritu “protectorio” en favor del más débil de la relación, como es el sujeto trabajador y que frente a este postulado, aparece el concepto de orden público laboral, imponiendo con ello, la imposibilidad de incumplir, o de renunciar las normas del trabajo, pues son normas de orden público.

Asimismo, en el dictamen De Vedia analizó el carácter retroactivo del DNU 669/19 en la medida que, se encuentra vigente desde el 30 de Septiembre de 2019, pero retrotrae su aplicación a todos los casos, independientemente de la fecha de la primera manifestación invalidante, lapso durante el cual regía el art. 11 inc. 2 de  la Ley 27348 –que establecía otras pautas para el cálculo de la actualización del monto de las indemnizaciones por incapacidad laboral definitiva o muerte del trabajador.

Al respecto resaltó que resulta imperioso recordar que en nuestro sistema jurídico las leyes no pueden ser retroactivas excepto que así lo diga la propia norma. Para ello considero fundamental lo sostenido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en materia de derechos adquiridos: “ni el legislador ni el juez podrán, en virtud de una ley nueva o de su interpretación arrebatar o alterar un derecho patrimonial adquirido al amparo de la legislación anterior, pues en este caso, el principio de la no retroactividad deja de ser una norma infraconstitucional para confundirse con la garantía de propiedad reconocida por la Ley Suprema” (CSJN, 24-3-94, L. L. 1995-A-155).

Con tales fundamentos, consideró acreditados los supuestos necesarios para otorgar la medida cautelar solicitada, en el entendiemiento que la suspensión inmediata del decreto evitaría poner en riesgo inminente a los trabajadores.

CHARLA DE EMPODERAMIENTO LEGAL EN PALERMO

Estuvimos en el barrio de Palermo conversando y brindando asesoramiento sobre la ley 26844 de trabajadoras y trabajadores de casas particulares.
Una ley criticada por un sector de la sociedad, calificada por aquel de "inviable" y hoy a casi seis años de su sanción, no solo estamos en condiciones de afirmar que reivindicó y ordenó muchas relaciones laborales, sino que además, aún hoy bregamos por su difusión y evolución en pos de equiparar a este segmento de trabajadoras/es a la masa en general.
Gracias a los y las presentes, a "La Decada Ganada", a Gonzalo, y a todo el equipo por la invitación, es un honor para nosotros/as visitar espacios.
Ahora a seguir multiplicando! ✔️
Acá te compartimos el material que entregamos a los y las presentes: 👇



domingo, 6 de octubre de 2019

¿DE QUE HABLAMOS CUANDO HABLAMOS DE TIEMPO Y ESPACIO DEL TRABAJO EN CUESTIONES DE GÉNERO?


Por Diego Ramón Encina y Adolfo Tonin Monzón

Introducción

La “temporalidad” del trabajo no resulta valorada sin discriminaciones cuando de cuestiones de género se trata. En ese universo, intentaremos indagar en las prácticas aceptadas cotidianas para descorrer el velo sobre lo que tras aquellas se esconde, esto es, que el trabajo de la mujer solo valoramos –en dimensión parcializada- si supera el umbral de lo privado y es puesto a disposición del mercado sumiso a sus reglas mercantiles.

El Siglo XXI, se nos presenta con la conformación de un “novedoso”[1] fenómeno social y cultural que a fuerza de reivindicaciones masivas de derechos, puja por la aceptación de un nuevo paradigma estructural. Inicialmente en los hechos y, progresivamente en el entramado legal, viene conquistando espacios y alimentando la esperanza de que una sociedad progresivamente más equitativa, es accesible –no sin reparos-. Empero esto, solo es posible imaginar un futuro así cuando las herramientas de lucha son concretas y obedecen a un ideal de justicia social y equitativa que logra cuestionar las estructuras impuestas.

El tiempo y el espacio han seducido, por su parte y desde antaño, a los grandes pensadores del universo físico y los fenómenos sociales. Pues, todo ocurre en un momento determinado respetando un orden secuencial.

El presente trabajo, apelando a la honestidad intelectual, no resulta original del autor. 

Pero sí pretende invitar a la reflexión del lector aportando sencillez y claridad en la lección, desnudando los velos que nublan el estudio y análisis profundo de las estructuras hoy, cuestionadas y puestas en crisis. ¡En buenahora!

La (des)valoración temporal y espacial del trabajo cuando de cuestiones de género se trata

El trabajo, es aquella actividad que implica la puesta a disposición de la fuerza humana laboral (mano de obra para el capital), en virtud de la cual se percibe por ello una remuneración, generalmente valorizado en términos de dinero. En virtud de ello, el trabajo no necesariamente implica el movimiento físico y mecánico del cuerpo en pos de una acción transformadora en el mundo material, sino, su mera puesta a disposición “para otro” –capitalista o dueño de los factores de producción que los organiza-, resulta suficiente para habilitar el derecho de percibir por ello, una remuneración.

En el extremo opuesto, observamos que la remuneración es la prestación que se percibe por la puesta a disposición de la fuerza laboral humana.

Con la aparición de la sociedad industrializada, allá por fines del siglo XVIII y comienzos del siglo XIX; las estructuras de poder y de control, la forma de producción y el intercambio de bienes y de servicios en el mercado, acompañaron un proceso de profunda transformación que influía innegablemente en las formas de relación. Así, en ese contexto, es que surge la “fragmentación del tiempo”, se abre paso a la consideración y conceptualización del tiempo como un valor de cambio en el mercado. A criterio del autor, no es la fuerza de trabajo el verdadero valor mercantil, sino el segmento de tiempo vida que el “obrero” pone a disposición del dueño de los factores de producción, el cual los organiza para que devengan en bienes y servicios que serán intercambiados en el mercado mediante la comercialización a un valor mercantil determinado.

Así surge el tiempo cronometrado sujeto a la capacidad de producir en ese tiempo. Como oposición a éste tiempo lineal y verticalista, encontramos el ocio. Es decir, el tiempo no productivo. El tiempo durante el cual, nada producimos (?)[2].

Es con ésta conceptualización del tiempo que se elaboran las categorías encasilladas –y encasilladoras- que el discurso retroalimentante ha puesto como base a las estructuras actuales que, en buena hora, son puestas en crisis. Así, la historia resalta a “el obrero”, “el trabajador”, “el mercado”, “el comercio”, y así podríamos seguir. Es decir, surge la masculinización de categorías que hoy, en forma cotidiana, consideramos “incorporadas” o bien, las “naturalizamos”.

Entonces, “el hombre”, es decir, “el obrero”, es aquel que emplea parte de su tiempo vida para producir bienes y servicios que serán comercializados en el mercado –capitalista-. A su vez, por el empleo de su tiempo vida segmentado y fragmentado, recibe dinero que a su vez, le servirá para adquirir aquellos bienes y servicios que su costo tiempo/vida ha producido[3]. El hombre así es arrojado a la “naturalización” de “proveedor”. Traducido en una oración, es  “el esposo que sale a trabajar para proveer a su familia de elementos de sustento indispensables para la vida”. En éste contexto decimónico de las categorías masculinas del trabajo y el capital, “la mujer”, tiene su  tiempo y espacio: el hogar, la cocina, la dedicación a la crianza de sus hijos y el cuidado del marido o de su madre enferma o ya anciana, o de ambos, etc. Ésta es la conceptualización por excelencia de la familia decimónica que, con ciertos cuestionamientos, se mantienen incólume al día de hoy.

La mujer, entonces, es quien NO TRABAJA. Es quien “complementa” la actividad de proveedor al hombre que TRABAJA en la fábrica, en la empresa, en el taller, etc. El espacio donde transita la mujer su tiempo “improductivo” es en el hogar, es en el ámbito privado intra-hogar. Sus actividades domésticas son “labores” o “tareas del hogar”, no son reconocidas ni remuneradas como “trabajo”. El hombre, desenvuelve la productividad de su tiempo en la fábrica (espacio).

El tiempo de la mujer hogareña se nos presenta así como tiempo circular. Como lo rutinario. Aquello que mañana hay que volver a realizar en el mismo espacio y  tiempo empleado ayer: bañar a los hijos a determinada hora, cocinar en cierto horario, enviarlos a la escuela a la hora indicada, preparar la camisa del esposo para el empleo del día siguiente, ayudar a los hijos con sus tareas antes de dormir, limpiar la casa, las vasijas, lavar la ropa, y demás. El tiempo del hombre, como dijimos, se nos presenta como tiempo cronometrado: en determinado tiempo horario debe producir determinada cantidad de bienes y/o servicios.

En esta conceptualización del tiempo y espacio, trabajo, es aquella actividad remunerada que implica la fragmentación del tiempo vida en un espacio determinado. Todo lo demás, es ocio. Es empleo de tiempo no productivo. Es ese el tiempo asignado a la “ama de casa”.

Ahora bien, esto que antes señalábamos es lo que se conoce como: división sexual del tiempo y del trabajo. Es decir, el tiempo y espacio del hombre y la mujer son valorados en forma distinta y considerados en forma diferentes. Es decir, son antagónicos o complementarios para el discurso tibio, o discriminados peyorativamente el discurso crítico.

El tiempo y espacio del hombre

El hombre, dijimos, tiene un tiempo lineal. Fragmenta su tiempo para convertir materia prima en bienes y servicios para el uso y consumo por el cual percibe una remuneración determinada. Por ende, el tiempo del hombre es valorado en el mercado, resulta así, mercantilizado. Es un valor de cambio pues, el tiempo del hombre es productivo para él, para su familia, para el Estado. Se considera el tiempo en el hombre por la cantidad de bienes y servicio que produce en el espacio durante el tiempo empleado. El tiempo del hombre transcurre –conceptualizado como trabajo remunerado y reconocido- en lo público, fuera del hogar, es decir, en el mercado de intercambio.

El tiempo y espacio de la mujer

La mujer, dijimos, tiene un tiempo circular (rutinario, repetitivo). No transforma su tiempo en bienes y servicios destinados al uso y el consumo. Por ende, no percibe remuneración, entonces, no es reconocido como tal. No es trabajo empleado en el tiempo, sino “tareas del hogar” o “labores” o “quehaceres”. Al ser tiempo no productivo, no está valorado por el mercado. A contrario lo que ocurre con la determinación del trabajo del hombre, el de la mujer, no se reconoce por lo que hace, sino por lo que no hace o ha dejado de hacer: no baño a los hijos, no cocino en horario, no limpio, no lavo en la tarde, etc.

Ahora bien. Esta conceptualización rutinaria del tiempo y espacio de la mujer, que dijimos, no es reconocido y por ende, no es remunerado, y el mercado por ello no le asigna valor mercantilizado, cuando se busca en el mercado, resultan que sí tienen valor. Veámoslo con un sencillo ejemplo: el cuidado de la mujer a los hijos no es remunerado ni mucho menos considerado trabajo pues, es “natural” que si tiene hijos, debe cuidarlos. Sería algo similar a locura pretender remunerar el cuidado que la madre dispensa a sus hijos. Ni que hablar si se quiere remunerar la limpieza, la comida, la ropa planchada, la ayuda en las tareas de sus hijos, el cuidado de su madre, y seguiríamos. Sin embargo, si salimos a buscar una niñera, una cuidadora, un personal de maestranza, una educadora o “maestra de apoyo escolar”, podemos con seguridad destacar dos realidades:

-          Se encuentran valorados por el mercado.

-          Quien ofrece –estadísticamente- dichos empleo de tiempo, son por lo general, mujeres.

He aquí el quid de la cuestión. No resulta entonces que el tiempo circular de la mujer “ama de casa” (espacio) no es productivo ni remunerado ni reconocido. Si no, que sí lo son (productivos, remunerados y reconocidos) cuando salen de la esfera privada para ofertarlas en lo público, es decir, en el mercado, bajo el yugo preformado del concepto capitalista. Mientras se mantengan intrahogar no serán reconocidos ni remunerados, no serán trabajo porque no producen nada para la sociedad, son simples “labores” o “tareas domésticas” que es “normal” que “la mujer” los realice.

No se considera así la enorme productividad del trabajo no remunerado de la mujer en el hogar. Y sí es productivo, tan o más que lo que se considera como el resultado de bienes y servicios pues, por ejemplo: preparan la mano de obra futura que luego será aprovechada por el mercado consumista para remunerar el tiempo fragmentado del niño que en éstos momentos está siendo gestado en el vientre de la madre, o están cuidando a un posible “nobel”, presidente de la Nación, etc.

Conclusión

Como dijeramos más arriba, la idea no es original del autor, sino del resultado pensante de mujeres y hombres que nos permiten reflexionar sobre ciertas categorías que hoy las adoptamos como “que son así porque son así”.

El empleo de tiempo de la mujer en el espacio privado del hogar merece ser reconocido y remunerado. Es altamente productivo. Independientemente si lo ofrece en el mercado (publico) o si lo despliega intra hogar.

Las mujeres, desde antaño, nos vienen enseñando que la sociedad patriarcal ha aprovechado de categorías del discurso para lograr la invisibilidad del rol verdadero y pujante que tiene y debe ser reconocido en la mujer.

La historia abre sus puertas. Ellas no enseñan el camino. Juntos lo habremos logrado.


[1] En rigor de verdad no es nada novedoso, sino visible a nivel masificador pues, los reclamos por las reivindicaciones de los derechos de la mujer podemos rastrearlos desde fines del siglo XIX, tomando gran impulso en el siglo XX y, siendo un verdadero factor social y político de cambio en el siglo XIX –juicio del autor-.
[2] Éste llamado refiere a la posibilidad de cuestionamiento respecto a dos cuestiones: por un lado, si el ocio es realmente no productivo. Por el otro, si realmente no producimos nada durante el ocio. Ello escapa a la idea del presente trabajo, pero adelantamos que lejos de ser considerado el ocio no productivo. Esa connotación negativa –de vagancia- le fue heredada del resabio capitalismo.
[Se genera así un circulo vicioso consumista.
[4] Éste llamado refiere a la posibilidad de cuestionamiento respecto a dos cuestiones: por un lado, si el ocio es realmente no productivo. Por el otro, si realmente no producimos nada durante el ocio. Ello escapa a la idea del presente trabajo, pero adelantamos que lejos de ser considerado el ocio no productivo. Esa connotación negativa –de vagancia- le fue heredada del resabio capitalismo.

[5] Se genera así un circulo vicioso consumista. 

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