domingo, 31 de julio de 2016

Impugnazo en AYSA de Caballito


Análisis jurídico: Tarifas, ¿Justas y Razonables?

*Por Daniel Miño
Todo estado de derecho tiene como premisa básica, mínima, la toma de decisiones estatales en el más estricto apego a la ley. Así, recordando la famosa pirámide de Kelsen, se encuentra en su cúspide el artículo 31 de la C.N. que establece un orden de prelación lógico-normativo.- En el caso que nos convoca, es el artículo 42 de la Carta Magna el prisma desde el cual debe partir el análisis. Establece el mismo que: “Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de intereses económicos; a una información adecuada y veraz Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos….al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos… La legislación establecerá procedimientos eficaces y los marcos regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de las provincias…” 

Es de público y notorio los aumentos de los cuadros tarifarios ordenados por el actual gobierno mediante las Res.6/16 y 7/16 reglamentada, en el caso de energía eléctrica por tomarlo de ejemplo, por Res.1/16 del ENRE. 
Ya argumentaremos en extenso porque popularmente estas Res. fueron conocidas como “Tarifazo” (no se trata solo de su mayor o menor cuantía). Baste decir en este aspecto, los incrementos establecidos en el cuadro tarifario se encuentran suspendidos por el otorgamiento de diferentes medidas cautelares interpuestas oportunamente contra dichas Resoluciones. Si es importante destacar los fundamentos en común de estas disposiciones judiciales que ordenaron retrotraer las tarifas a sus valores anteriores. 

El principal es la inconstitucionalidad por omisión de realización de las llamadas “Audiencias Públicas”. Es decir, al momento, del cúmulo de protecciones constitucionales establecidas en el citado artículo 42, la Justicia garantizó “a usuarios y consumidores …derecho a la necesaria participación”. ¿Y la protección de nuestros intereses económicos? ¿La información adecuada y veraz? ¿El procedimiento eficaz de los marcos regulatorios? Como veremos eso es parte de otra historia; intentaremos explicar que se remonta a la concesión de los servicios a favor de intereses privados en la década del ’90 y cuyo final hacia 2001, todos conocimos… Audiencias Públicas.-

 
Tomando por ejemplo la prestación del servicio de distribución de energía Eléctrica, la Ley Nacional n°24.065 establece que su convocatoria puede ser opcional u obligatoria. Para el caso que nos ocupa, incremento del cargo tarifario, la ley determina la obligación: “convocará” prescriben los artículos 46 y 48 de dicho cuerpo legal. Esto explica lo ajustado a derecho de los fallos que hicieran lugar a los recursos de amparos presentados y que citáramos supra. 

Ahora bien ¿Cuál es la fuerza vinculante de las conclusiones a las que se arribe en estas audiencias? La Ley nada dice. Verdad de Perogrullo, cualquiera sean las resultas de estas Audiencias cumplida su formalidad, la actual gestión de gobierno pretenderá legal el incremento lo mismo se determine que sea del 30%, del 400% o del 1200%. Y la pregunta se tornan recurrente ¿Y la protección de nuestros intereses económicos?.

Marco Regulatorio.

 

Siguiendo con aquel orden de prelación que nuestra C.N. ordena en su artículo 31, la Ley n°24.065 establece que las tarifas serán “justas y razonables” (art 5 inc d y art 40). La ley de la Provincia de Bs. As en la materia, n° 11.769, establece los mismos parámetros en su artículo 39. Es aquí entonces en donde aparece la protección real, no solo formal, de los intereses económicos de los usuarios. De lo que se trata es de establecer cuando el cuadro tarifario cumple con las premisas prescriptas por la Ley. Nada han dicho hasta hoy los fallos acerca de la definición de este precepto; muy poco la doctrina, remontándose generalmente al origen inglés del concepto y a 200 años vista. Entonces: ¿cuándo es justa una conclusión? Cuando es el resultado de un análisis contradictorio de todos sus elementos componentes. Al fin y al cabo, grandes doctrinarios del Derecho Administrativo enseñan que las Audiencias Públicas son una “reglamentación” del debido proceso y defensa legal de los usuarios que dimana del art 18 C.N.(En este sentido: Cassagne; Gordillo). 

En consecuencia, es la bilateralidad pero, principalmente, la contradicción los principios que rigen este procedimiento. Obrando con criterios de interpretación analógica, podemos ver a diario como los Jueces del Trabajo fallan la nulidad de acuerdos conciliatorios sobre indemnizaciones por despido celebrados en sede administrativa. El fundamento es la falta “de una justa composición del litigio” (art. 15 L. de contrato de trabajo). Y la falta de justicia de esta composición del litigio abreva, precisamente, en la ausencia de la apertura a prueba de los expedientes laborales en sede administrativa. Cuales son entonces la totalidad de los elementos a analizar en las Audiencias y su efectivo ejercicio, a los efectos de establecer una tarifa justa, se encuentra determinado por el artículo 42 de la L. 24.065. Establece el mismo en su inc. c que “El precio máximo será determinado …de acuerdo con los indicadores de mercado que reflejen los cambios de valores…dichos valores serán a su vez ajustados, en más o en menos, por un factor destinado a… las inversiones en construcción, operación y mantenimiento de las instalaciones”.- Sobre este piso de marcha, los salarios, que son el elemento que mayor refleja “los cambios de valores” en el cuadro tarifario no han modificado dichos valores en márgenes superiores al 30%; el resto de los elementos componentes de la tarifas, también están determinados en pesos argentinos. ¿Cuál es entonces el argumento de las prestatarias en su pretensión de incrementos, incluso, casi del 1500%?. 

El atraso tarifario desde la salida de la convertibilidad. He aquí dos mentiras (que son una)y una verdad…. Desde la salida de la convertibilidad y bajo la Presidencia provisoria del Senador Duhalde, el cuadro tarifario sufrió un incremento. Ya durante los 12 años de la llamada “gestión Kirchnerista” no solo se registraron aumentos de los servicios públicos, claro que ajustados a los costos operativos, graduales y mediante diferentes mecanismos (PURE), sino que además las prestatarias percibían estos valores subsidiados por el Estado. La única verdad, muchísimas de las inversiones que debieron realizar las empresas privadas fueron financiadas con inversiones estatales, a pesar que conforme el artículo 42 de la L. 24.065, no le hubieran correspondido ya que este financiamiento está incluido en el cargo tarifario. Pero aun aceptando por vía de hipótesis los argumentos de atraso que aducen tanto la gestión actual de gobierno nacional como las empresas privadas, “la protección de los intereses económicos de los usuarios” (art 42 C.N.) impone el establecimiento de una tarifa que será “justa y razonable” (L.24.065)sí y solo si, en el marco de “procedimientos eficaces” demuestren en (Audiencia Pública) dicho atraso.
Pero no solo a futuro como históricamente se hizo. En la medida que el ajuste se justifica en un hecho pasado, atraso, una cabal demostración impone la constatación de que dicho atraso no fue compensado mediante la falta de inversiones a las cuales estaban comprometidas y que las prestatarias percibieron durante todos esos años como parte del cargo tarifario. 

Y es la propia Constitución Nacional en su artículo 42 la que establece el mecanismo idóneo para esta demostración: “información adecuada y veraz”; en tanto entendemos por adecuada la vista de la totalidad de cargos, costos operativos e inversiones realizados en los últimos 10 años. Y por veraz, ni más ni menos que la apertura de todos sus libros contables por el mismo período (es a sus propios accionistas a quienes someten a menor nivel de engaño).- En la medida que las audiencias Públicas no contemplen este mecanismo de publicidad no se podrá alegar la “justicia” del incremento y por tanto deviene en inconstitucional, por violación de la “protección de los intereses económicos” de los usuarios (art. 42 C.N.). 

¿Y la Razonabilidad?

 

Se suelen analizar los hechos históricos, sean estos políticos, económicos o financieros, como compartimentos estancos y desconectados unos de otros. Así, la foto de la convertibilidad era la innecesaridad del incremento tarifario atento la paridad de divisas establecidas por Ley ($1 = U$S1); se miente luego, que durante los últimos 12 años la política de tarifas destrozó el parque al congelar el cuadro tarifario; hoy es imprescindible entonces un exorbitante aumento que se llegó a prometer hasta en un 1400% (y que rumorean, sería el costo a alcanzar gradualmente en los próximos 18 meses).- Sin embargo, apenas analicemos el tema en forma de película y estableciendo lógicamente todos sus vasos comunicantes, la irrazonabilidad del incremento se aparece manifiesta. Y así entonces lo primero a enfocar es la “foto” que no salió en ningún diario: la derogación del “cepo”.- Según los registros de la AFIP desde el establecimiento del cepo hasta el 9 de diciembre de 2015 se realizaron operaciones de venta dólar turista y para atesoramiento por DIEZ MIL MILLONES; ninguna de ella mayorista. Lo que ESTABA PROHIBIDO ERA LA FUGA DE CAPITALES.- La derogación más importante de la actual gestión fue permitir nuevamente el “libre” reparto de utilidades y la remesa de estos dividendos a las casas matrices en el exterior. La misma política financiera que en los ´90. Y es un dato histórico de absoluta evidencia, las empresas prestatarias de servicios públicos fueron durante esa década, motor dinamizante de la fuga de capitales. Luego, si se confirma este escalonamiento gradual (anunciado entre bambalinas) de hasta un 1400%, de una sencilla cuenta aritmética podemos establecer que las tarifas se retrotraen a niveles dolarizados similares a los ´90 ($1 *1400%=$14);(hoy U$S 1 = $14). He aquí una primera irracionalidad; están dolarizando las tarifas

Ahora, a poco que enfoquemos el resto de las variables de la política financiera del gobierno, las proyecciones son verdaderamente preocupantes. A título de ejemplo, vayan solo dos variable. Según datos oficiales en este primer semestre, el superávit de la balanza comercial (exp/imp) se redujo al 50% y sigue en caída por la apertura indiscriminada de la importación (salen más dólares de los que ingresan); se contrajo deuda externa y en dólares, por montos nominales de casi un 30% de la que había hacia mediados del 2001 (si recuerdan, el megacanje de Cavallo fue por un monto de $0 mil millones). Doce mil de estos millones nunca ingresaron (fue el pago de los llamados “fondos buitres”). El modelo liberal que propone este gobierno, se asienta claramente sobre una política de especulación financiera. Esto explica, entre otras cosas, el aumento exorbitante de las tarifas y que el único sector de la economía que sigue creciendo sean los bancos (60%). 

Habrá que estar atentos a la evolución de las reservas en el B.C.R.A. Hoy la deuda externa es para cubrir el déficit fiscal que han generado mediante una increíble transferencia de riqueza de las clases medias y bajas hacia las élites. En breve, se solicitarán empréstitos para el pago de los anteriores. cuando el “objeto” del empréstito sea cubrir la escasez de reservas del B.C.R.A., la situación económica financiera del país será similar a la del “corralito2 del 2001.- Dijo, entre otros, el Sr. Ministro de Energía que “van corrigiendo errores sobre la marcha”. MIENTE. En solo 6 meses revolucionaron toda la matriz económica gestada en los últimos 12 años. No solo no son improvisados sino que son extremadamente coherentes con su “pertenencia” (CEOcracia). 

La política económica de este gobierno se asienta en la especulación financiera y la fuga de capitales de las grandes transnacionales. Como las prestatarias de los servicios públicos.
*Abogado de la Ciudad de La Plata.

martes, 26 de julio de 2016

Resumen semanal de noticias judiciales de Nace un Derecho

Aclaración de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

La Corte Suprema de la Justicia de la Nación comunica que no ha solicitado privilegio alguno para sus miembros a empresa aerocomercial alguna o de otra naturaleza, ni tampoco a otro poder del Estado. Los vínculos institucionales se realizan mediante convenios que son publicados, como es tradición de este tribunal.

La Asociación Civil Justicia Legítima emitió un comunicado

La Asociación Civil Justicia Legítima a través de un comunicado remarcó su absoluta independencia de todo poder político, económico o mediático; a su vez afirmó que sus integrantes poseen indiscutida relevancia técnica, alta contracción a la función que ejercen en el marco de la Constitución Nacional, de los tratados de Derechos Humanos y del sistema de garantías consagrados a nivel internacional. 

Noticiasjudiciales.info reproduce texto difundido por la Asociación Civil Justicia Legítima:

“Justicia Legítima es una asociación que nuclea a jueces, fiscales, defensores, abogados, profesores universitarios y muchos otros ciudadanos, todos fuertemente comprometidos con una administración de justicia propia de un Estado de Derecho. Los magistrados que la integran afirman en cada actuación su absoluta independencia de todo poder político, económico o mediático; poseen indiscutida relevancia técnica, alta contracción a la función que ejercen en el marco de la Constitución Nacional, de los tratados de Derechos Humanos y del sistema de garantías consagrados a nivel internacional.
Las declaraciones del Presidente de la Nación Ing. Mauricio Macri, tal como fueron reproducidas en la entrevista concedida al periodista Joaquín Morales Solá publicada en el día de ayer (24/7/16 diario La Nación) suscitan en Justicia Legítima una extrema preocupación institucional que excede en mucho las erróneas referencias a esta agrupación."


 

Declaran nula la detención de una persona en la Estación de Once

El Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires –MPDCABA – informó que el Juez en lo Penal, Contravencional y de Faltas Marcelo Bartumeu Romero, resolvió declarar nulo el procedimiento que culminó con la detención de una persona en la Estación de Once.

“Con la intervención del Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad (MPD) y de la Asesoría Tutelar, se declaró nula la detención y requisa de una persona en la Estación Once, por parte de un policía que alegaba que el individuo había cambiado de dirección con el supuesto fin de esquivarlo.

El titular del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas N° 11 de la Ciudad de Buenos Aires, Marcelo Bartumeu Romero, resolvió declarar nulo el procedimiento que culminó con la detención y la requisa del imputado, además del secuestro de los elementos que tenía en su poder. La detención la había realizado un oficial que llevaba a cabo un control poblacional en el hall central de la estación de Once, por considerar que la persona había cambiado la dirección de su marcha “como queriendo evadirlo”.

De este modo, el magistrado hizo lugar al planteo impulsado por la Defensoría PCyF N° 13, a cargo de Paula Lagos y la Asesoría Tutelar PCyF Nº 1, cargo de Carlos Bigalli. El juez entendió que si bien la ley habilita la requisa sin orden judicial (y por ende la detención) cuando existen motivos urgentes, el procedimiento había sido arbitrario, pues lo que el policía había observado como conducta previa no alcanzaba para estimarlo autorizado, según lo establecido por el art. 112 del Código Penal Procesal porteño.

En este sentido, planteó que la razón que había llevado a la detención marcaba un entendimiento de la expresión “motivos urgentes” de una amplitud tan exagerada que hizo que “el estándar habilitante de la actividad policial (requisa) resultara imprevisible y por ende arbitrario”.




Decretan el procesamiento con prisión preventiva en causa iniciada por tráfico ilegal de inmigrantes

La Corte Suprema de Justicia de la Nación –CSJN- informó que la Juez Subrogante Cristina Pozzer Penzo - a cargo del Juzgado Federal de Paso de los Libres, Provincia de Corrientes - , decretó el procesamiento con prisión preventiva de un imputado por los delitos de tráfico ilegal de inmigrantes, agravado por las condiciones de aprovechamiento de inexperiencia y abuso de necesidad, y de transporte con fines de explotación.

La jueza subrogante Cristina Pozzer Penzo, a cargo del Juzgado Federal de Paso de los Libres, Corrientes, dispuso el pasado 15 de julio el procesamiento con prisión preventiva de un imputado por los delitos de tráfico ilegal de inmigrantes, agravado por las condiciones de aprovechamiento de inexperiencia y abuso de necesidad, y de transporte con fines de explotación, hechos ocurridos el 2 de ese mes y que tienen como víctima a tres ciudadanos indios.


Avruj: “Hay una gran deuda en materia de DDHH en la Argentina”

El secretario de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural de la Nación reconoció el trabajo del gobierno anterior en cuanto a "Memoria, Verdad y Justicia" y aseguró que se va a continuar en ese camino "porque es una política de Estado"

"No existió causa legal para la represión ni hubo dos bandos equivalentes"Luego de la feria judicial, se reanudó el megajuicio por los crímenes cometidos en la órbita de la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA). En esta oportunidad, continuó la etapa de alegatos de las partes querellantes con la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. Luego seguirán el grupo Kaos, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y Justicia Ya!

El contexto en el que se produjo la represión durante la última dictadura "no fue el de una guerra", sino que se trató de "un plan para la eliminación de la militancia", dijo en su exposición Lucía Gómez Fernández, la representante de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. "Las víctimas no eran apresadas en combate", sino "asesinadas" o "secuestradas" y trasladadas a centros de detención clandestinos, amplió la abogada al iniciar su exposición ante el Tribunal Oral Federal 5 (TOF 5).

La letrada describió el "contexto" en el que se produjeron los delitos, entre ellos los que se juzgan en este tramo de la "megacausa ESMA". "No existió causa legal alguna para la represión ni hubo dos bandos equivalentes", dijo la querellante y citó palabras del fallecido dictador Jorge Rafael Videla cuando, en 1976, afirmó que las organizaciones políticas y armadas, en algunos casos, se hallaban en un estado de "impotencia absoluta

Modelos de impugnación: Descargalos desde acá

En esta nota les dejamos todos los links con todos los modelos de impugnación que fuimos realizando en este tiempo para muchas empresas de todo el país en formato PDF.
 
 
Al hacer click en el modelo buscado, se abrirá un link que los redireccionará a una nueva página en el sitio de descargas “MediaFire”. Arriba a la derecha van a encontrar un botón verde que dice “Download” y el tamaño del archivo, hacen click ahí y la descarga comienza inmediatamente ya que es un archivo liviano.
 
 
Fácil y al pie


* Ciudad Autonoma de Buenos Aires:  
 
* Buenos Aires Provincia:
 
* Córdoba:
 
* Mendoza:
 
* Misiones: 
 
* Salta: 
 
* Santa Fé:  
 
* Tierra del Fuego: 
 
 
Como siempre, los modelos están a disposición envíandonos un mensaje privado (“inbox”) o por mail a “naceunderecho@hotmail.com”.
 
Sabemos que faltan modelos de empresas, así que aceptamos sugerencias sobre esos faltantes, los cuales esperamos ir reponiendo en poco tiempo.
 
Si necesitas mas información sobre el #impugnazo consultá este informe completo haciendo click acá

                             
 
 
 

EN TORTUGUITAS, UNA CHARLA PARA SABER CÓMO ACTUAR ANTE EL TARIFAZO

Una entidad de defensa de los consumidores organizó el encuentro para despejar dudas respecto a la suba de los servicios. Recomiendan abonar una cifra mínima, que deje en claro la "voluntad de pago".


La Coordinadora  en Defensa de Consumidores y Usuarios (CODCU) organizó el sábado una charla informativa -en la plaza de Tortuguitas- para despejar dudas de la gente común respecto a las cuestiones que giran en torno al tarifazo en los servicios dispuesto por el gobierno nacional.
La charla estuvo a cargo del abogado Diego Encina de la "ONG Nace un derecho, se empodera un pueblo".

"Estas charlas se están llevando a cabo en los barrios de Capital y del Conurbano. Básicamente brindan una explicación de los aspectos legales que hay que tener en cuenta para actuar ante la suba de tarifas, desde una posición neutral en lo político", explicó a Tiempo de Tortuguitas Fabricio Cerdán, responsable de la CODCU.

Entre los temas tratados, se analizó por qué existían los subsidios y por qué el actual gobierno los sacó. También hubo un análisis de los fallos judiciales previos a la intervención de la Suprema Corte.

Respecto a qué hacer con las facturas que contienen alzas, los abogados recomendaron pagar una cifra simbólica (incluso puede ser un peso), ya que ello significa "dejar en claro la voluntad de pago del usuario". En cambio, el hecho de no pagar "puede ser tomado por la empresa como una causa para accionar legalmente y hacer correr los intereses".
Junto al pago simbólico, recomendaron presentar una nota para impugnar el pago, expresando la no conformidad con el mismo.

Los profesionales calificaron como acertado el recurso de amparo presentado por el intendente Leo Nardini contra el tarifazo y aclararon que cualquier entidad puede adherir a él ante la Justicia.

"La reunión fue muy positiva", explicó Cerdán. "Los vecinos pudieron despejar todas las dudas, porque en este caso los grandes medios no informan correctamente", agregó el dirigente y adelantó que "la idea es repetir el encuentro".

FUENTE: http://www.tiempodetortuguitas.com.ar 

domingo, 24 de julio de 2016

Paso a paso: Instructivo del impugnante


Ante las múltiples consultas de los ciudadanos vía redes sociales, mails, reuniones en distintos lugares y demás y, en cumplimiento a las mismas, es que esbozamos este simple documento para tenerlo presente al momento de ejercer derechos ante el feroz e insensible “tarifazo” al bolsillo de los ciudadanos/consumidores/usuarios de servicios públicos esenciales.
 ¿Cómo proceder ante el legítimo ejercicio de nuestros derechos al momento de peticionar a las autoridades? 
 
PASO 1: tomar la decisión de ejercer derechos constitucionales como ciudadanos ante un perjuicio actual o inminente a nuestros derechos subjetivos. En pocas palabras, decidir y tener la voluntad de reclamar. 
PASO 2: imprimir las CARTAS DE IMPUGNACIÓN que corresponda conforme a la empresa cuya factura vamos a impugnar. Imprimirla en dos ejemplares y firmar y completar los datos a mano alzada que allí se especifican. Recomendamos, a tenor de previsibilidad y evitación de demoras innecesarias, concurrir con fotocopia de DNI del impugnante (que puede o no ser titular de la factura) y la factura de servicio público (en original) a impugnar.
A TENER EN CUENTA: las impugnaciones se pueden realizar, ya sea que hayamos pagado o vayamos a pagar el total de lo que figura en la factura o, sea que paguemos un monto parcial o que directamente tomemos la decisión de no pagar hasta que obtengamos una respuesta concreta a vuestra impugnación por parte de la empresa impugnada (nos avala a ello el art. 30 y 31 LDC). Recomendamos siempre pagar si recibimos un aviso de corte. Si no podemos pagar el total, ofrecer pagar una parte aunque sea (pago parcial) o bien, un pago a cuenta o en consignación.
PASO 3: (si vamos a pagar, sino pasamos directo al PASO 5): una vez con la factura y la impugnación en doble ejemplar firmada en mano, nos dirigimos a la línea de cajas de la oficina respectiva mas cercana a nuestros domicilios. Una vez en línea de caja y, a nuestro turno, ofrecemos pagar el consumo respectivo.
Recordá que si no pagamos el total, ofrezcamos pagar aun que sea una parte. Es probable que el/la operador/a de caja nos diga que no pueden recibir pagos parciales. NO DISCUTAMOS! El operador tengamos presente que es un trabajador. No es la empresa.
PASO 4: ante la negativa de recibir el pago parcial, SOLICITEMOS EL LIBRO DE QUEJAS O DE RECLAMOS (es obligación de cada ente contar con ese libro y ponerlo a disposición de los usuarios sin objeciones). Éste libro suele ser de tapa negra y sus hojas se encuentran foliadas (es decir, con apertura en su primer hoja y números en las esquinas superior derecha o izquierda de las hojas, según). En él dejos asentado la siguiente nota o similar (la siguiente es a modo de ejemplo): “SIENDO LAS __HS DEL DÍA __/__/__, OFREZCO EL PAGO DE MI FACTURA EN LINEA DE CAJAS Y LA MISMA NO ES ACEPTADA POR PARTE DE LA EMPRESA. DEJO ASENTADO MI VOLUNTAD DE PAGO DE UNA TARIFA DESPROPORCIONAL E IRRAZONABLE JUDICIALMENTE CUESTIONADA Y EN ESTE ACTO, IMPUGNO ELLO. CONSTE.- FIRMA DNI_________” Manifestado ello, procedemos a solicitar una fotocopia de dicha hoja del libro de quejas en que salga el número de folio de la misma (el numerito de la esquina superior derecha o izquierda de hoja, según sea). O bien, saquemos un foto con nuestro celular. 
PASO 5: nos dirigimos a MESA DE ENTRADAS de la respectiva oficina y presentamos formalmente nuestra impugnación. Un ejemplar, queda en la oficina, mediante el cual se inicia un expediente administrativo. El otro ejemplar, nos lo quedamos nosotros (el impugnante) y nos aseguramos de que a nuestra copia, le pongan el sello de recibido con indicación de fecha, por parte del personal de la empresa que nos lo recibe. 
PASO 6: YA CASI TERMINAMOS!! Habiendo ejercido nuestro derecho constitucional de defensa y petición ante las autoridades (derechos humanos internacionalmente reconocidos), intentemos pagar, aun que sea una parte del total, mediante servicios electrónicos de pago o autoservicios. Si nuestra factura no venció, el sistema lo toma.
En el caso de la luz y el agua oaguemos aunque sea un mínimo y guardemos el ticket. Si la factura venció, antes de salir de la empresa y luego de haber impugnado (o antes), pidamos que nos lo actualicen, caso contrario, el sistema electrónico de pago no toma facturas vencidas. Con ello esta más que manifiesto vuestra voluntad de pago del servicio consumido. 
PASO 7: Y de yapa! ESTE PASO NO ES OBLIGATORIO, PERO NO ESTÁ DE MAS!. Si no estamos muy agotados, saquemos una fotocopia al ticket de pago mediante sistema electrónico o autoservicio y volvamos a la empresa. Una vez allí, pidamos adjuntar o anexar dicha fotocopia al expediente formado tras vuestra impugnación. 
PASO 8: Sigamos con nuestras vidas luego de haber perdido seguramente la mañana, pero con la satisfacción de haber ejercido nuestros derechos constitucionales como ciudadanos conscientes y responsables.
En cada uno de nosotros está “La fuerza ciudadana”. Las transformaciones son siempre colectivas, nunca individuales ni libradas a LA MANO INVISIBLE DEL MERCADO.-
Cualquier duda o consulta, esperemos estar a disposición desde siempre, como abogados de a pie y del pueblo

viernes, 22 de julio de 2016

Sin medir costos: presentamos un nuevo pedido de informes en sede administrativa

El grupo de abogados de Nace un Derecho se volvió a presentar en sede administrativa para realizarle en esta oportunidad un pedido de informes al Ente Regulador de la Energía con respecto a la estructura de costos, inversiones, formación de tarifas, criterios empleados por los técnicos para conformar dichas tarifas, fórmulas de determinabilidad de consumos, criterios de análisis tenidos en cuenta al momento de formación de la resolución 1/16, y todo los que como consumidores/usuarios debemos conocer y saber, sin tecnicismos manipuladores y mal intencionados.

En ejercicio del Derecho al acceso a la información pública, frente a los dichos de la máxima autoridad del Poder Ejecutivo en la materia y en consonancia con lo prescripto en el decreto 1172/03 y en los arts. 42 y 43 de la Constitución Nacional es que solicitamos que esta información se brinde en tiempo, forma y en un lenguaje eficaz, adecuado y comprensible.

Lo que el ENRE nos responda, y como siempre hacemos con los pedidos de informes, lo publicaremos en las redes sociales a los efectos de que el ciudadano de a pie tenga la posibilidad de acceder a esta información oficial sin mayores intermediaciones, dilaciones, interpretaciones y/o cualquier otra acción distorsiva.
Estamos convencidos de las falencias legales de todo este entramado normativo conocido como “tarifazo”, por eso sabemos que las respuestas no serán otras que la confirmación de nuestra hipótesis, la que se traduce en un franco, directo y certero menoscabo a nuestro bloque constitucional.

Volvemos a repetir con la firmeza legal y la convicción de siempre de que el “tarifazo” no solamente no cumple con requisitos de forma, como lo es la “convocatoria a audiencias públicas”, sino que también es tachado por ser irrazonable (falta de adecuada relación entre fines y medios) y por cercenar derechos fundamentales del mentado bloque constitucional, tales como a la vida digna, a la salud, a trabajar, a ejercer toda industria licita, entre otros.

Los abogados del pueblo no somos neutrales, por eso nos sumamos al lado de la gente, en sede judicial, administrativa, en la calle y en cualquier lugar donde haga falta.


TIENE QUE SER JUSTICIA.





Agenda contra el tarifazo

Seguimos trabajando para frenar entre todos al Tarifazo. 

Esta semana y la que viene los abogados de Nace un Derecho en:

* Sabado 23/7 - 16hs : "Plaza de Tortuguitas" Seguí y Drago - Tortuguitas Pcia de Buenos Aires

* Lunes 25/7 - 12hs acompañamos el "Impugnazo general de Boletas" con los "Comerciantes contra el tarifazo de Palermo", en Edenor - Charcas y Bulnes - Palermo, Comuna 14, CABA

* Lunes 25/7 - 18hs: "Multisectorial contra el tarifazo" Reunión central - Hotel Bauen - Callao 360, Congreso, Comuna 1, CABA

* Lunes 25/7 - 19.30hs: Comerciantes contra el tarifazo de Caballito en "El viejo Buzón" - Espinoza y Neuquen - Caballito, Comuna 6, CABA.

* Martes 26/7 - 19hs - Montiel 5027 - Villa Lugano, Comuna 8 - CABA

* Martes 26/7 - 20hs - "Comerciantes contra el tarifazo, reunión general" en "Hotel Las Cepas" - México 1471 - Monserrat, Comuna 1, CABA

* Miercoles 27/7 - "Club Pampero" - Av. Larrazabal 3033 - Villa Lugano, Comuna 8, CABA.

* Jueves 28/7 de 10 a 12 hs "Impugnazo de Boletas" en Edesur - Senillosa 1833 - Caballito, Comuna 6, CABA

* Jueves 28/7 de 10 a 12hs "Impugnazo de Boletas" en AySA - Riobamba 750 - Balvanera, Comuna 3, CABA.


Audiencia Pública popular y nulidad absoluta de las resoluciones del Ministerio de Energía, YA!.


INVOLUCRATE, ES AHORA.







jueves, 21 de julio de 2016

Nace un Derecho en Tortuguitas. Que no se te escape.

Este sábado 23 de julio a las 16hs vamos a estar en Tortuguitas, Pcia de Buenos Aires.

Como jóvenes abogados seguimos llevando argumentos jurídicos en contra del inconstitucional tarifazo, y en favor de todos los ciudadanos de a pie.


Resumen Semanal de Noticias Judiciales de Nace un Derecho

- Fallo de la Cámara Federal de La Plata que habilita la feria en causa por aumentos en la tarifa de gas  
La Sala Segunda de la Cámara Federal de La Plata resolvió habilitar la feria judicial para tratar apelaciones presentadas contra el fallo que frenó el aumento de tarifas de gas, lo cual permitiría que el caso llegue más rápido a la Corte Suprema.
La Cámara emitió una sentencia que detuvo el fuerte aumento en las tarifas de gas, que fue recurrido por el Gobierno. 
Asimismo, los jueces rechazaron un pedido del Ejecutivo nacional y decidieron que la apelación interpuesta no suspende efectos de la resolución, por lo que el ajuste en las tarifas aun no debe aplicarse.
La habilitación de feria permitirá que el fallo llegue con más prontitud a instancias de la Corte Suprema de Justicia, y allí se tenga una definición sobre si se habilitan o no los aumentos de tarifas aún con la regulación que hizo el Gobierno aplicando un tope del 400 por ciento.
Los dos fallos que suspendieron las tarifas a nivel nacional los resolvió la Cámara Federal de Córdoba y la de La Plata, pero ninguno de ambos llegó tras las apelaciones a mano de la Corte Suprema de Justicia. Pocos días antes del receso invernal, la Corte sólo recibió una apelación, por medio de un per saltum, hecho por el Gobierno Nacional contra un fallo de primera instancia de Mendoza pero cuyos efectos sólo eran aplicables a dicha jurisdicción y ninguna otra.
Ante ello, la Corte decidió pedir una serie de informes al Gobierno Nacional para saber qué parámetros se tomaron para disponer la suba de tarifas, así como la de alcance social decretada por el Ejecutivo. Los informes servirán al Tribunal no sólo para resolver la cuestión referida netamente a la provincia de Mendoza, sino para todos aquellos fallos que lleguen a instancias de la Corte y más aún los que abarcan a todo el ámbito nacional.
La Corte tiene por las próximas dos semanas un receso, por lo que se prevé que recién haya una definición en agosto cuando se reanude la actividad judicial y cuando en paralelo lleguen a instancias del Tribunal aquellos otros fallos que tienen implicancia nacional.


- Decretaron la inhibición general de bienes del empresario Cristóbal López.  
El Juez Federal Julián Ercolini decretó la inhibición general de bienes del empresario Cristóbal López en el marco de una causa iniciada por la presunta evasión de $ 8.000 millones correspondiente a retenciones del impuesto al combustible. La decisión alcanza también al empresario Fabián de Souza y a todas las empresas que integran el Grupo Indalo. noticiasjudiciales.info reproduce tramo de la decisión adoptada por el Juez Federal Julián Ercolini.

- La Cámara ordenó a YPF entregar en el plazo de cinco días toda la documentación vinculada al acuerdo firmado con “Chevron”
La Sala I de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó este jueves el rechazo a planteos realizados por YPF SA contra la intimación que realizara la jueza de primera instancia para que cumpla con la sentencia que la obliga a hacer públicas las cláusulas del acuerdo firmado con Chevron para la explotación de hidrocarburos en “Vaca Muerta”. La Cámara, integrada por los jueces Carlos Grecco, Clarda Do Pico y Rodolfo Facio, ordenó a YPF cumplir con la entrega de toda la documentación en el plazo de 5 días que había sido fijado por la jueza de primera instancia. En caso contrario, dispuso, deberá librarse mandamiento de secuestro de dicha documentación y remitir copia de las actuaciones a la Justicia penal para que se investigue la posible comisión del delito de desobediencia.


- Lesa humanidad: procesaron a 21 imputados por crímenes en la Comisaría Octava de La Plata
 
El Juzgado Federal Nº 1 de La Plata, a cargo del juez Ernesto Kreplak, resolvió el pasado 14 de julio el procesamiento de Enrique Armando Cicciari, Rodolfo Antonio María Juncos, Rubén Vicente Sánchez, Rubén Rodolfo Sabich, Enrique Francisco Welsh, Héctor Reynaldo Amuchástegui, Ismael Ramón Verón, Luis Gustavo Diedrichs, Jorge Alberto Crinigan, Lucio Carlos Ramírez, Miguel Ángel Amigo, Emilio Alberto Herrero Anzorena, Gustavo Adolfo Cacivio, Ricardo Armando Fernández, Carlos del Señor Hidalgo Garzón, Anselmo Pedro Palavezzati, Carlos María Romero Pavón, Roberto Armando Balmaceda, Jorge Héctor Di Pasquale, Jaime Lamont Smart y Rodolfo Aníbal Campos, por 106 privaciones ilegales de la liberad y 6 homicidios de quienes permanecieron detenidos en el centro clandestino que funcionó en la sede de la Comisaría Octava de La Plata, sita en la intersección de las calles 7 y 74 de la ciudad de La Plata, entre los años 1976 y 1978. En la misma resolución se dictó falta de mérito respecto de Antonio Parodi, por no haberse probado hasta el momento hechos ilícitos cometidos durante el breve período en el cual efectivamente se desempeñó como comisario en esa repartición.


- El Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad firmó un convenio con Proyecto 7
 
El Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires –MPDCABA- celebró un convenio de cooperación con la Asociación Civil Proyecto 7 con el objetivo de promover y garantizar los derechos de las personas en situación de calle. Desde el MPDCABA señalaron que Proyecto 7 nació como organización de la sociedad civil integrada exclusivamente por personas que vivieron y viven en la calle. Su accionar no se limita a brindar asistencia y acompañamiento a quienes se encuentran en situación de calle, sino que también realiza un trabajo activo a favor de la garantía y del reconocimiento de los derechos de los ciudadanos y de las personas que están en esa misma condición.


- Solicitaron la elevación a juicio de Ibar Pérez Corradi por lavado de activos
 
El Ministerio Público Fiscal de la Nación –MPFN – informó que el Fiscal Federal Franco Picardi solicitó hoy la elevación a juicio de Ibar Esteban Pérez Corradi, en el marco de la causa en la que se encuentra procesado por lavado de activos agravado, vinculado al entramado criminal que se conoció como la “mafia de los medicamentos”. noticiasjudiciales.info reproduce texto difundido por el MPFN: El fiscal federal Franco Picardi solicitó hoy la elevación a juicio de Ibar Esteban Pérez Corradi, en el marco de la causa en la que se encuentra procesado por lavado de activos agravado, vinculado al entramado criminal que se conoció como la “mafia de los medicamentos”. Luego de que el juez federal Sebastián Casanello le corriera vista a la Fiscalía Federal N°5 -en donde la causa se encontraba delegada- para la elevación del expediente a debate oral y público, su titular consideró “completa la instrucción del sumario” y requirió que sea enviado a juicio.

lunes, 18 de julio de 2016

Tarifazo: vecinos de la comuna 4 presentaron cartas de impugnación a Metrogas


Ante el cruel tarifazo que golpea a todo el pueblo argentino, un grupo de vecinos decidió unirse en el reclamo y se niegan a pagar el 400% de aumento impuesto por el Gobierno de Macri. "O comés, o tenés gas y luz", afirman.


Un grupo de vecinos de la Comuna 4 (integrada por los barrios de Barracas, La Boca, Nueva Pompeya y Parque Patricios) se juntaron para hacerle frente al tarifazo impuesto por el Gobierno de Mauricio Macri.



De esta manera, en el mediodía de este viernes, se congregaron frente a la sede de Metrogas de Jovellanos y Lamadrid, para manifestar su descontento contra la empresa.
Luego de varias reuniones vecinales, estas personas decidieron ampararse con cartas de impugnación ante la distribuidora del servicio. Allí las presentaron, en medios de cánticos y protestas por las exorbitantes subas en el servicio.
Por ejemplo, una vecina del barrio de Barracas, expresó: "Es imposible pagar un 400% de aumento con un sueldo básico, si a eso le sumás las facturas de agua y luz imaginate, o comés o tenés gas y luz”.
Por otro lado, Victoria Colombo, comunera del FPV, comentó sobre "la falta de una audiencia pública y la decisión unilateral por parte del gobierno de Macri de determinar el porcentaje de los aumentos, les deja a los vecinos la única opción de protestar ante las empresas de servicios, para frenar un tarifazo que no pueden afrontar”.

FUENTE: DIARIO REGISTRADO - www.diarioregistrado.com

22 años del atentado a la AMIA


22 años de impunidad.
22 años de injusticia.
22 años del Atentado a la AMIA.



Reuniones contra el tarifazo

No hay Feria Judicial que resista un tarifazo. Los abogados de a pie seguimos trabajando junto a la sociedad para frenar a la irrazonable alza en los servicios públicos esenciales.

Este Lunes 18/7 seguiremos promoviendo las impugnaciones en sede administrativa.

17hs - Reunión de la Multisectorial contra el Tarifazo - Hotel Bauen, Callao 360

19.30hs - Matheu 1863, Parque Patricios, Comuna 4, CABA.
20hs: Godoy Cruz y Charcas, Pizzeria "Santo", Palermo, Comuna 14, CABA -Comerciantes contra el Tarifazo Palermo




miércoles, 13 de julio de 2016

No al tarifazo!

#14JNoAlTarifazo - (ACTUALIZADOS POR COMUNA) PUNTOS DE ENCUENTRO  EN CAPITAL FEDERAL PARA EL JUEVES A LAS 20 HORAS - CONVOCÁ A TODOS! AL TARIFAZO LO FRENAMOS ENTRE TODOS!

COMUNA 2

RECOLETA - (CÓRDOBA Y PURREDÓN Y EN CÓRDOBA Y ANCHORENA)

COMUNA 3

- BALVANERA - (RIVADAVIA Y CALLAO)
- SAN CRISTOBAL - (ENTRE RIOS Y SAN JUAN)
- ABASTO - (CORDOBA Y PUEYRREDÓN)

COMUNA 4

- PARQUE PATRICIOS – (CASEROS Y MONTEAGUDO)
- POMPEYA – (EN ESQUIU Y TILCARA Y EN CHICLANA Y AV LA PLATA)

COMUNA 5

- BOEDO - (SAN JUAN Y BOEDO)

COMUNA 6

- CABALLITO - (ACOYTE Y RIVADAVIA)

COMUNA 7

- FLORES - (CULPINA Y RIVADAVIA AV.)
- FLORES - (VARELA AV. Y PERON, EVA AV.)
- PARQUE CHACABUCO - (VARELA AV. Y PERON, EVA AV.)
- PARQUE CHACABUCO - (CARABOBO AV. Y ASAMBLEA AV.)

COMUNA 8

- VILLA LUGANO – (CRUZ Y GUAMINI)
- VILLA LUGANO – (DELFIN GALLO Y MURGIONDO)
- VILLA SOLDATI – (CRUZ Y LAFUENTE)
- COTO DE LUGANO 1 Y 2
- LUGANO 1 Y 2 – (MONTIEL Y GOLETA SANTA CRUZ)

COMUNA 9

- MATADEROS – (MURGUIONDO Y ALBERDI, JUAN BAUTISTA AV.)
- PARQUE AVELLANEDA – (DIRECTORIO AV. Y LACARRA)
- MATADEROS – (PERON, EVA AV. Y ESCALADA AV.)
- LINIERS – (RIVADAVIA AV. Y CARHUE)

COMUNA 10

- FLORESTA – (RIVADAVIA Y MARIANO ACOSTA)
- MONTECASTRO – (JONTE Y BENITO JUAREZ)
- VILLA REAL – (BEIRÓ Y LOPE DE VEGA)

COMUNA 11

- VILLA MITRE - (BOYACÁ Y JUAN B JUSTO)

COMUNA 12

- VILLA URQUIZA - (MONROE Y TRIUNVIRATO)
- SAAVEDRA - (BALBIN Y TRONADOR)
- VILLA PUEYRREDON - (ARTIGAS Y MOSCONI)
- COGHLAN - (CONGRESO Y HOLMBERG)

COMUNA 13

- BELGRANO – (AV. CABILDO Y LARRALDE)
- COLEGIALES – (ALVAREZ THOMAS Y FEDERICO LACROZE)

COMUNA 14

- PALERMO - (SCALABRINI ORTIZ Y CORDOBA)

COMUNA 15

- VILLA CRESPO – (SCALABRINI Y CORRIENTES)
- PATERNAL – (JUAN B JUSTO Y SAN MARTIN)
- CHACARITA – (LACROZE Y CORRIENTES)
- AGRONOMIA PARQUE CHAS Y VILLA ORTUZAR – (LOS INCAS Y TRIUNVIRATO)







martes, 12 de julio de 2016

Vamos por el "Per Saltum" Social

Este Jueves como abogados de a pie, nos sentimos llamados y convocados por gran parte de la ciuadanía que le quiere poner un justo y certero freno social a este irrazonable tarifazo.

Seguramente muchos de nosotros estaremos en varios puntos de encuentro (los que iremos informando oportunamente) en los cuales estaremos brindando asesoramiento y entregando planillas de impugnaciones, pero como centralidad y en función del trabajo mancomunado que venimos realizando con comerciantes y vecinos estaremos en San Juan y Boedo desde las 18hs en el "Veredazo de los Comerciantes contra el tarifazo".

Desde lo jurídico se sigue batallando en cada impugnación, en cada amparo, en cada escrito, en cada lugar a lo largo y a lo ancho del país, pero si no nos sumamos todos y entendemos que el gobierno CON RESPECTO A ESTE TEMA (vale la oportuna aclaración) esta en un franco retroceso no vamos a poder torcer el rumbo de la historia.

Por eso es que le pedimos a la sociedad que se sienta interpelada, que participe activamente como la constitución manda en su art. 14 y "PETICIONE FRENTE A LAS AUTORIDADES" manifestándose con responsabilidad y paz social en cada calle del país.

Ya hemos escrito riós de tinta sobre nuestros argumentos jurídicos, ahora, vamos por los sociales.
 
Nos vemos el Jueves.

Entre todos lo frenamos. Tiene que ser justicia.

Resumen semanal de noticias judiciales

LA JUSTICIA EN TODO EL PAÍS FRENA LA SUBA INJUSTA EN LAS TARIFAS. 
 
Resoluciones de la Cámara Federal de La Plata en causa por aumentos en las tarifas de gas 
 
A raíz de una demanda presentada por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS) contra las resoluciones del Ministerio de Energía y Minería de la Nación, el tribunal resolvió "declarar la nulidad de las Resoluciones 28 y 31". El fallo de la Cámara Federal no se limita, como otros, a los límites de una provincia o municipio sino que tiene alcance para los usuarios de gas de todo el país. El fallo de la Sala II, surge tras la apelación que una asociación civil, una ONG y el Estado nacional realizaron a la resolución del Juzgado Federal de Primera Instancia 4 de La Plata, que ordenó convocar a una audiencia pública para debatir con los usuarios el aumento que rige desde marzo. En su apelación, el CEPIS y la ONG Consumidores Argentinos plantearon la inconstitucionalidad del aumento aduciendo que el Estado no realizó la audiencia pública que contempla la ley antes de la aplicación del nuevo cuadro tarifario y consideraron que "se violó el derecho constitucional a la participación ciudadana". Por su parte, el Estado advirtió que la suspensión del aumento "en caso de aplicarse, causaría un gravamen irreparable" a las empresas que brindan el servicio, y defendieron la legalidad del ajuste aunque no se haya realizado la audiencia pública previa. Sin embargo, los jueces César Álvarez, Olga Calitri y Leopoldo Schiffrin, consideraron "que la Audiencia Pública es un mecanismo de participación ciudadana, que refuerza los principios de acceso a la información y a la transparencia de las actuaciones estatales". Asimismo, precisaron que "no es el Poder Judicial el encargado de definir la política estatal, ni los parámetros tarifarios de la prestación de servicios públicos, pero tampoco puede aceptarse que el reconocimiento normativo de derechos por órganos representativos de la voluntad popular, queden sin tutela efectiva, allí donde se constata su vulneración". "Limitar la realización de audiencias públicas para la definición de cuestiones 'permanentes', dejando fuera de ellas aspectos de fuerte impacto como es la modificación material de la tarifa que deben abonar los usuarios, implica transformar a todo el sistema de participación consagrado constitucional, convencional y legalmente en una mera formalidad cuya utilidad tiende a disminuir desde la perspectiva de quienes deben pagar el importe de las tarifas", aseguraron los camaristas. Finalmente, los magistrados recordaron una resolución de la Suprema Corte de Justicia bonaerense de diciembre de 2014, en la que el máximo tribunal anuló un aumento del agua del 180 por ciento aplicado por la empresa ABSA en 2012 por no haberse realizado la audiencia pública previa a la aplicación del nuevo cuadro tarifario. Por todo ello, los jueces de la Sala II de la Cámara Federal de La Plata declararon "la nulidad de las Resoluciones 28 y 31 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación, retrotrayéndose la situación tarifaria a la existente previamente al dictado de ambas" y remitieron una copia al fuero Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal porteño.
 
 
La Cámara Federal de Apelaciones cordobesa ordenó retrotraer tarifas al 31 de marzo durante tres meses. Enfatizó que las tarifas no pueden ser prohibitivas para los usuarios. La decisión final está en manos de la Corte Suprema. 

La Justicia frenó el tarifazo del gas en la provincia de Córdoba. A nivel jurisdiccional, está entre las decisiones judiciales más relevantes en contra del aumento en las boletas que aplicó el Gobierno nacional, junto a la suspensión que tuvo lugar en Tierra del Fuego, Santa Cruz y Chubut. En una decisión unánime, la Cámara Federal de Apelaciones cordobesa ordenó retrotraer tarifas al 31 de marzo durante tres meses. De esa forma, rectificó la decisión del juez Ricardo Bustos Fierro, quien había rechazado el pedido de una cautelar en primera instancia. Ayer se sumó una cautelar contra el aumento de la luz en el partido bonaerense de San Martín a pedido del intendente Gabriel Katopodis (ver aparte). El Gobierno pretende que los casos de tarifas sean abordados sólo por los juzgados porteños, en donde el macrismo tiene peso político. La definición sobre la competencia judicial está en manos de la Corte Suprema. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, integrada por los jueces Abel Sánchez Torres, Luis Rueda y Eduardo Barros, estableció que “la tarifa que paga el usuario no puede ser un impedimento para el acceso al servicio y para ello la misma debe ser justa y razonable”. “Este Tribunal no desconoce las razones invocadas por el Estado nacional en torno a la compleja situación del sistema hidrocarburífero del país, pero consideramos que ello no puede tornar en inaccesible un servicio imprescindible para los ciudadanos”, indicaron los camaristas”. El amparo fue inicialmente presentado de manera colectiva contra el Estado nacional para suspender el aumento tarifario que en la provincia llegó al 700 por ciento. En primera instancia, el juez Ricardo Bustos Fierro justificó la necesidad del Gobierno de implementar un “nuevo sistema de precios en los servicios públicos” para “promover inversiones en exploración y explotación de gas natural a fin de garantizar su abastecimiento”. El magistrado recordó el argumento del Gobierno de que las tarifas más altas incentivan el ahorro, mencionó la disponibilidad de la tarifa social para los sectores más vulnerables y resaltó que dentro del programa tarifario hay un plan de obras de infraestructura. “Es lamentable el fallo, un juez no puede emitir esos fundamentos”, le respondió Horacio Viqueira, uno de los abogados de los amparistas. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba revocó el fallo de Bustos Fierro. Además de invocar que los nuevos precios traen como consecuencia que muchos usuarios tengan problemas de acceso a un servicio esencial, los camaristas advirtieron que el Gobierno no realizó las audiencias públicas que por ley corresponde convocar ante subas de tarifas. “El usuario tiene derecho a estar informado sobre modificaciones que operarán sobre su factura, y se debe propender a espacios de participación que impidan que quien utiliza un servicio público se vea sorprendido”, dijo la Cámara, y calificó de “agravante” el hecho de que el aumento se haya instrumentado justo antes del comienzo del invierno.
 
 
La Cámara suspendió el tarifazo y ordenó la refacturación del servicio con los valores del 31 de marzo
 
Exigió a Ecogas abstenerse de efectuar cortes de suministro por falta de pago de las facturas emitidas de acuerdo con el nuevo cuadro tarifario. Además, la empresa tendrá que devolver la parte de la factura que los usuarios pagaron de más teniendo en cuenta que los precios se retrotraen. “Es un fallo muy positivo”, calificó Claudio Boada, de la Unión de Usuarios y Consumidores. La decisión de la justicia cordobesa en relación a las facturas de gas se suma a otros fallos vigentes en el país que suspendieron las medidas del Gobierno. El aumento del gas fue frenado en el norte de Mendoza, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego. En el municipio de La Matanza, la Justicia suspendió el tarifazo en electricidad, gas y agua. En ese caso, la jueza provincial Edith Irene Rota dictó la cautelar y se declaró incompetente. Luego, el Juzgado Federal de San Martín ratificó la cautelar. Además, ayer se conoció que el Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de San Martín frenó los aumentos de tarifas en la luz en ese municipio al dar lugar a un amparo presentado por el intendente Gabriel Katopodis (PJ). La jueza Martina Isabel Forns exigió a Edenor retrotraer tarifas y tomar a cuenta de las próximas boletas las facturas ya abonadas por los usuarios. En el caso de la cautelar que frenó el tarifazo en electricidad en la provincia de Buenos Aires (sin contar el área a cargo de Edesur y Edenor), las empresas apelaron aunque no pudieron revertir el fallo. Luego, una de ellas, Eden, presentó un recurso de queja que fue concedido, aunque los abogados debaten el alcance de esa medida. El Gobierno está a la espera de que la Corte Suprema, a la que accedió a través de la presentación de un “per saltum”, resuelva las discusiones de competencia judicial para los casos de aumento tarifario. El macrismo quiere que las presentaciones se canalicen a través de la Justicia porteña, en donde tiene presencia política.
 

Se reproducen en todo el país los fallos judiciales contra el tarifazo nacional. 
 
En Jujuy, Córdoba, Río Negro, Neuquén, Salta y el municipio de San Martín se puso un freno a los aumentos de tarifas. ¿Hay que pagar las nuevas facturas?.Qué hará la Corte Suprema. El Gobierno está a la espera de que la Corte Suprema, a la que accedió a través de la presentación de un “PER SALTUM”, resuelva las discusiones de competencia judicial para los casos de aumento tarifario. El macrismo quiere que las presentaciones se canalicen a través de la Justicia porteña, en donde tiene presencia política. La situación. Esta mañana el juez federal de Salta, Miguel Medina suspendió el aumento de gas en la provincia, al aceptar un recurso de amparo de la Defensoría del Pueblo de esta capital. En el mismo sentido, la Cámara Federal de General Roca ordenó suspender el aumento de tarifas del gas para las provincias de Neuquén y Río Negro, por lo que la empresa que presenta el servicio en la zona deberá emitir nuevas facturas con los valores de marzo pasado. De esta forma, hasta hoy, la Justicia Federal suspendió los aumentos de gas en esas tres provincias y se sumó al fallo de ayer en Jujuy, Córdoba y el municipio bonaerense de San Martín. Los continuos fallos judiciales que comenzaron a frenar los tarifazos en todo el país pusieron a los consumidores en el medio de una disputa entre las empresas prestadoras, el Gobierno nacional y el Poder Judicial.

 
LIBERARON AL DIRIGENTE ALEJANDRO “PITU” SALVATIERRA.

En el día de ayer el Juez Bonadío procesó al “Pítu” Salvatierra por “tenencia simple de estupefacientes” pero sin prisión preventiva, por lo que en horas de la noche el dirigente, que fuera detenido con 9 gramos de marihuana y 3 de cocaína el pasado 21 de junio, recuperó su libertad. La defensa del procesado expresó su preocupación, por el excesivo plazo de detención de más de diez días en el penal federal de máxima seguridad ubicado en Ezeiza, al que fuera sometido Salvatierra, siendo tan poca la cantidad incautada y catalogada esa conducta varias veces por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en casos análogos y a la luz del art. 14 de la ley 23737 como “tenencia para consumo personal”, la cual su penalización ha sido tachada de inconstitucional por el Máximo Tribunal.

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