jueves, 18 de marzo de 2021

CLASES PRESENCIALES ¿OBLIGATORIAS?: PRESENTAMOS UN NUEVO AMPARO Y AHORA LA JUSTICIA DEBE DECIDIR


El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, mediante la resolución conjunta 1/2021 de los Ministerios de Educación y de Salud, habilitó de manera compulsiva y obligatoria las clases presenciales para todos los niveles, tal como ha sucedido también en otros distritos del país.

En dicha normativa, se plantea un esquema de personas eximidas de la presencialidad, quedando con la obligación de asistir a todas aquellas que no cumplan con criterios preestablecidos ligados a cuestiones etarias o de salud preexistentes.

Un grupo de padres y madres movilizados por esta supina intranquilidad, entendiendo que la obligación en un marco excepcional y de mucha incertidumbre, se transforma en un angustiante e ineludible daño.

Desde nuestro análisis legal, la "obligatoriedad", como ya hemos anticipado en notas anteriores, se erige como un acto inconstitucional de cara a la población. No por que la presencialidad sea "absolutamente perjudicial" de forma genérica, sino por la indignidad que supone en muchas personas, tener que elegir entre dos derechos fundamentales, tales como educarse o acceder a la salud, generándose así, una impropia situación de indignidad.

Sumado a esto, algunos funcionarios de la cartera educativa, avalados al menos tácitamente por su máxima autoridad, la Lic. Soledad Acuña, han hostigado, cuando no amenazado, con el conteo de faltas, quita de vacantes y/o de beneficios sociales entre otras sanciones administrativas para quienes no se sometan a la mentada presencialidad.

Es por ello que nos hemos presentado nuevamente en la justicia del fuero contencioso administrativo de la Ciudad, con una acción de amparo colectivo, y al día de hoy nos encontramos aguardando la resolución de una medida cautelar que dentro de la misma presentamos, la cual pide lisa y llanamente que continúe el esquema previsto pero sin la obligatoriedad ordenada, tal como se viene dando en muchísimos otros países del mundo.

Sin ir mas lejos, la próxima reunión de autoridades estatales del Mercosur a 30 años de su creación se acaba de suspender; Brasil es el país con más contagios diarios a nivel mundial, mientras tanto Uruguay y Paraguay han desistido de la obligatoriedad en las clases presenciales, demostrando la absoluta
viabilidad regional de los argumentos jurídicos que hemos vertido en la justicia de Argentina.

No obstante, en nuestro país, lejos de cerrar las fronteras como piden los expertos, seguimos abonando a esta absurda obligatoriedad que cercena y menoscaba derechos, ya que impide elegir a las familias como hacer afrenta a este (esperemos último) tramo de la pandemia mundial sin precedentes conocidos y con notorios deficitis en la implementación de políticas educativas.

El pedido concreto, insistimos, de ninguna manera atenta contra la presencialidad, ni con aquellas personas que, con buena fé, la suscriben y quieren utilizarla.  

Sin perjuicio de aquello, la inexistencia de soluciones claras y respuestas concretas por parte del Poder Ejecutivo local, quien debe rápidamente prever dos situaciones que al día de hoy se imprimen como lesivas:

A) Elegir inexorablemente entre la educación o la salud.

B) No garantizar la educación virtual o a distancia

El caso se encuentra al día de la fecha a cargo del Dr. Guillermo Martín Scheibler, titular del juzgado CAYT N° 13 y en las próximas horas podría haber novedades.

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