martes, 24 de diciembre de 2019

REPUDIO A LA REPRESIÓN EN MENDOZA

 Por Dres. Adriana García - Daniel Miño y Hernán Mirasole


“¡El pueblo, unido, jamás será vencido!”, gritaron 50 mil vecinos, vecinas y asambleístas de todas partes de Mendoza al gobernador Rodolfo Suárez durante la “marcha más grande de la historia de Mendoza”, para exigir al mandatario provincial que vete las modificaciones hechas a la ley 7722, que habilitan el uso de sustancias tóxicas para la megaminería. Luego de que el gobierno mendocino rechazara el petitorio, se produjo una represión que terminó con alrededor de 16 detenidos que poco después de las 5 de la tarde comenzaron a ser liberados, según relevaron organismos y colectivos de abogados y abogadas...” (Diario Pagina 12; 24/12/2019).-

Según nos informaran en el día de ayer colegas de la Red de Abogadas y Abogados por la Soberanía Alimentaria (REDASA), entre los y las detenidos/as se encontraba nuestra colega y compañera Julieta Lavarello, abogada de la Asamblea Popular por el Agua e integrante de la mencionada red, quien fuera aprehendida en momentos que ejercía su  profesión, asistiendo jurídicamente a manifestantes.-

Las y los colegas de la A.A.M.JUS presentaron ante la justicia provincial, un habeas corpus preventivo para obtener su inmediata libertad y resguardo físico.-

Desde Nace un Derecho REPUDIAMOS ENÉRGICAMENTE la ilegal, ilegítima y antidemocrática actuación de las fuerzas de seguridad de Mendoza, ordenadas por el Poder Ejecutivo Provincial.-

Ilegal, porque como claramente expresa la ley provincial nº 4976 (30/10/1984); “En el ejercicio de su profesión, el abogado estará asimilado a los Magistrados Judiciales sólo en cuanto al respeto y consideración que debe guardársele. La violación de esta norma constituirá falta grave y dará lugar a aplicación de sanciones, a instancia del profesional afectado o de la asociación profesional que corresponda” (art. 21); y porque “En dependencias policiales, penitenciarias o de organismos de seguridad, deberán proporcionarse al abogado los informes que éste requiera respecto de los motivos de detención de cualquier persona y el nombre del juez a cuyo cargo se hallare la causa. Dicho informe deberá ser proporcionado por escrito y por intermedio del funcionario de mayor jerarquía existente al momento del requerimiento. No podrán establecerse horarios para evacuar tales pedidos, a cuyo efecto se consideran hábiles las veinticuatro (24) horas del día.

La sola exhibición de la credencial otorgada por el Colegio es requisito suficiente para acreditar la condición de abogado, quien puede visitar a cualquier detenido en dependencias policiales las veinticuatro (24) horas del día sin restricción alguna de horarios, salvo que se le exhiba orden legítima de incomunicación”
(art.23).

Ilegítima, porque más allá de cualquier facultad que la Ley le brinde a determinadas profesiones, todos/as los/as ciudadanos/as tienen el derecho constitucional de peticionar a las autoridades. La ley nº 7722 y cuyas recientes modificaciones se solicitaba ayer fueran vetadas, fue el triunfo de un pueblo que en defensa de un medio ambiente sano, en el año 2007 le dijo no a la Megaminería contaminante. Y NO es NO.

Antidemocrática, entendemos sería redundante explicarlo.


La Corte Mendocina tiene dicho en relación a esta ley que: "El diálogo deberá darse entre Gobierno-Sociedad-Representantes de la actividad minera, en forma trilateral.
Los diálogos bilaterales de esta relación excluyendo al tercero, cualquiera sea éste, estarán condenados alfracaso" (Fallo MINERA DEL OESTE SRL Y OT. C/ GBNO. DE LA PROVINCIA P/ ACCIÓN INCONSTITUCIONALIDAD).

Estamos tentados/as de expresar que lo visto ayer en la capital mendocina, se corresponden a imágenes de “otros tiempos”. Lamentablemente no los impide el actual contexto geopolítico de nuestro Continente (Chile, Bolivia, Colombia, Ecuador…) los cuales nos obliga a alzar la voz con todas nuestras fuerzas.-

Exigimos, la inmediata libertad de nuestra compañera Julieta Lavarello; así como la de todos/as los/as ciudadanos/as arbitrariamente detenidos/as por ejercer su derecho de peticionar.

Responsabilizamos al Sr. Gobernador Rodolfo Suarez, por cualquier violación al derecho a la integridad personal que pudieren sufrir cualquiera de los/as detenidos/as;

Instamos a los Colegios de Abogados y Procuradores de la Provincia de Mendoza, a que en las facultades otorgadas por el artículo 65 de la Ley nº 4976 se aboquen a “Defender los derechos de sus miembros y procurar toda clase de garantía para el libre ejercicio de la profesión”(inc.3º)


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