martes, 25 de mayo de 2021

1810 – 25 DE MAYO – 2021: LA EDUCACIÓN Y EL PENSAMIENTO DE MANUEL BELGRANO


Por Diego Encina


Eran aquellos tiempos turbulentos. El Virreinato del Rio de la Plata sucumbía ante el desembarco de ideas liberales, la pasión criolla y amor por una Patria en incipiente formación.

La Europa conocida hasta entonces se encontraba sumergida en las guerras napoleónicas, embellecidas con las reformas borbónicas y el avance de las ideas de liberación que daban el golpe de gracia necesario al viejo orden que ya no daba respuestas a los intereses imperantes.

Cautivo el Rey Fernando VII por Napoleón y abdicado el trono peninsular en favor de “Pepe” Bonaparte, restaba hacer caer el último bastión de la corona: la Junta Central de Sevilla, que finalmente así sucedió.

Las noticias no tardaron en llegar a los sordos oídos del virrey Cisneros (había perdido literalmente la audición en una de las tantas batallas libradas en Europa) que en vano, intento ocultarlas del naciente protagonismo del pueblo criollo en la escena política colonial que recibía la noticia como estocada final del orden a deponer y cuyos modos de hacerlo saber se debatían en la jabonería de Hipólito Vieytes.

En esos debates, y en toda la semana de Mayo de 1810, adquirirá principal protagonismo el hombre que cambió definitivamente el rumbo de los acontecimientos y que al precio de su vida, dotará de identidad, símbolo, moneda y color a nuestra Patria: D. Manuel José Joaquín del Corazón de Jesús Belgrano.

Sin embargo, las ideas de Belgrano si bien son recordadas en esta especial y fundante fecha patriótica; o, en su defecto, apelando al reduccionismo histórico de la historiografía liberal dependiente del mitrismo como simplemente creador de la Bandera Nacional; es imperativo retroceder en el tiempo mas allá de 1810, para conocer el pensamiento  del máximo prócer de éstos márgenes geográficos, oportunidad en que habiendo retornado con el titulo de abogado de la Universidad de Salamanca y empapado de las ideas liberales revolucionarias (y no en el entendimiento “liberal" de dependencia cipaya de la Generación del 80), ocuparía el cargo de Secretario del Consulado de Buenos Aires desde 1794 (con solo 23 años) hasta poco antes de la Revolución de Mayo en 1810.

El Pensamiento de D. Manuel Belgrano

D. Manuel Belgrano, extraordinario estadista, político pensador, abogado y estratega militar (aún en el reconocimiento de sus propias dotes castrenses), fundador de nuestra Patria; fue un hombre que, lejos del nivel intelectual de la clase política en la actualidad, no pensaba ni accionaba en pos de mantenerse en el poder ni en próximas elecciones, sino que pensó siempre en las generaciones futuras que tendrían la honorable tarea de construir la Patria que sus ideas y acciones fundarían.

Reflexionar en éste día en el pensamiento de Belgrano debiera ser imperativo moral de todos los argentinos y todas las argentinas. En especial, de la clase dirigencial de escasa virtud intelectual.

Abarcar todo el pensamiento de Belgrano escapa los objetivos del presente, ya que fue un hombre que empapado de la Ilustración, sus obras resultan bastas en diferentes áreas. Sin embargo, en estos tiempos de pandemia mundial en que la “educación” se erigido como capricho político electoral; merecemos recordar y reflexionar lo que D. Manuel Belgrano pensaba de éste formidable propósito.

La educación en D. Manuel Belgrano

Toda la vida y obra de D. Manuel es pedagógica y ejemplo de honradez intelectual y moral, tan desconocidas y escasas en hombres y mujeres de los tiempos presentes.

Al tomar posesión del cargo de Secretario del Consulado de Buenos Aires en 1794, pensó en esta oportunidad como el bastión en donde desarrollar y difundir sus ideas liberales y revolucionarias. Así, éste gran y verdadero maestro (y no como el farsante sanjuanino) se preocupó por fomentar el desarrollo de la agricultura, la industria y el comercio, la educación y el bienestar de los hombres y mujeres de la colonia a partir del desarrollo económico y sin perder de eje el aspecto social de su monumental obra.

Belgrano era un adelantado en sus tiempos -incluso en los presentes- que sabia que para lograr el bienestar, no sólo material sino también a nivel humano, es necesario fomentar la educación, en los diferentes niveles. Así es que propicia la creación de una Escuela Práctica de Agricultores y otra de Comercio, la escuela Náutica y de Dibujo que, en el marco de un orden conservador en decadencia cuya hora final estaba ya sentenciada en el devenir histórico, por falta de presupuesto y de aprobación no lograrían concretarse. La Escuela de Dibujo, establecida en 1799 y cerrada en 1802, no tuvo éxito en la selección del docente apropiado. La Escuela de Náutica, abierta en 1799, dirigida por el ingeniero Pedro Cerviño, logró el apoyo económico de un grupo de comerciantes innovadores.

La sensibilidad social de D. Manuel le permitía observar que el trabajo solo no era suficiente para el bienestar de la colonia, si sus habitantes no accedían a la educación pues, bien pensaba Belgrano que el desarrollo económico, la industria y el comercio no se lograría solo con trabajo si no asistía en su sustento la educación. Así por ejemplo decía “…Esos miserables ranchos donde se ven multitud de criaturas, que llegan a la edad de la pubertad, sin haberse ejercitado en otra cosa que la ociosidad, deben ser atendidos hasta el último punto. Uno de los principales medios que se deben adoptar a este fin son las escuelas gratuitas, a donde puedan los infelices mandar sus hijos, sin tener que pagar cosa alguna por su instrucción; allí se les podrán dictar buenas máximas, e inspirarles amor al trabajo, pues en un pueblo donde reine la ociosidad, decae el comercio y toma su lugar la miseria.

Además, el cuidado de las escuelas gratuitas debía confiarse “a aquellos hombres y mujeres que, por oposición, hubiesen mostrado su habilidad y cuya conducta fuese de público y notorio irreprensible”. El Consulado debía velar sobre “las operaciones de maestros y maestras”.

La preocupación de Belgrano por los niños era tal que insistía en que estos accedan a los conocimientos básicos de las matemáticas y religión para luego especializarse en oficios y continuar sus estudios en la infructuosa Escuela de Dibujo. La escuela no debía limitarse a enseñar a leer y escribir a los alumnos sin que dichos objetivos formen hombres para el desarrollo económico de la Patria inspirados en la verdad. Con respecto a los infantes y el acceso a la verdad que solo se logra educación mediante, dirá que “Los niños miran con fastidio las escuelas, es verdad, pero es porque en ellas no se varía jamás su ocupación; no se trata de otra cosa que de enseñarles a leer y escribir, pero con un tesón de seis o siete horas al día, que hacen a los niños detestable la memoria de la escuela, que a no ser alimentados por la esperanza del domingo, se les haría mucho más aborrecible este funesto teatro de la opresión de su espíritu inquieto y siempre amigo de la verdad. ¡Triste y lamentable estado el de nuestra pasada y presente educación! Al niño se lo abate y castiga en las aulas, se le desprecia en las calles y se le engaña en el seno mismo de su casa paternal. Si deseoso de satisfacer su curiosidad natural pregunta alguna cosa, se le desprecia o se le engaña haciéndole concebir dos mil absurdos que convivirán con él hasta su última vejez”

Pero las ocupaciones de Belgrano en materia de educación no se limitaban a sus métodos, objetivos y formación docente para el cuidado de las escuelas gratuitas (públicas) y la supervisión del Consulado. Pues, aquejaba su pensamiento además el modo de distribución geográfica de las escuelas:Estas escuelas debían ponerse con distinción de barrios, y debían promoverse en todas las ciudades, villas y lugares que están sujetas a nuestra jurisdicción, comisionando para ello a los diputados, y pidiendo auxilio al excelentísimo señor virrey, a fin de que comunicase sus órdenes para que todos los gobernadores y demás jefes cooperasen a estos establecimientos tan útiles”.

Belgrano también se ocupaba de la educación femenina para lo que proponía la creación de escuelas gratuitas para niñas, en donde se les enseñaría a leer, escribir, bordar, coser, etc., para combatir en ellas la ociosidad, y hacerlas útiles en su hogar, y permitirles ganarse la vida en forma decorosa y provechosa.

Para dar ocupación a las gentes pobres y especialmente a los niñas, Belgrano señalaba la utilidad de escuelas de hilar lanas. Además, Belgrano era un convencido de la educación de las niñas que el día de mañana serian las mujeres a cuyo cargo primario de enseñanza impartirían a los futuros hombres de la Patria.

Fue entonces D. Manuel Belgrano el verdadero Padre de la Escuela Primaria en Argentina y propulsor del sistema educativo argentino en todos sus niveles como motor de desarrollo económico de la agricultura, el comercio y la industria proveyendo al bienestar material y social del Pueblo.

Es imperioso siempre tener presente el pensamiento de D. Manuel que desde 1796 venia pregonando y solo así rendiremos homenaje a su dignidad usurpada -en materia educativa- por la historiografía liberal de naturaleza cipaya que enarbola la obra su vocero del odio y operador extranjero.

Reflexionar la importancia de la educación que propulsaba Belgrano ya en 1796, en tiempos presentes donde se debate caprichosamente las aulas y la enseñanza de niños y niñas como sortija electoral, deviene en imperativo moral y ciudadano de todos y todas que seguimos soñando con la promitente Patria de sus fundadores adecuadas a los presentes avances de los tiempos de hoy.

viernes, 14 de mayo de 2021

LO DE SIEMPRE: QUIEREN DESPLAZAR MALICIOSAMENTE AL JUEZ SHEIBLER, PERO LA CAUTELAR SIGUE EN PIE


En un nuevo ataque artero a la justicia, el Dr. Roque Matías Di Biase, integrante de la Procuración General de la Ciudad a cargo del Dr. Gabriel Astarloa, y además, representante legal del Gobierno de la Ciudad, ha presentado una recusación formal contra el juez a cargo de la causa "Leguisa", Guillermo Sheibler, basado en fundamentos impropios y a los solos efectos de dilatar un expediente en dónde se ventilan cuestiones emergentes, ligadas a los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Estas desafortunadas presentaciones, lentifican las actuaciones, le quitan probidad, celeridad y sobre todas las cosas buena fe procesal.

La recusación será analizada en las próximas horas por la sala II de la cámara del fuero en ciernes y mientras tanto, y lo que es importante, el juicio continúa a cargo de la jueza Andrea Danas.

Es importante resaltar una vez más que la medida cautelar que ordena la no obligatoriedad de las clases y la garantización de la virtualidad sigue absolutamente vigente.

En torno a las actuaciones, se han recibido muy serias denuncias de incumplimientos por parte del Gobierno Local, las cuales han sido ya vertidas en el expediente y se evalúa seriamente, la posibilidad de acompañarlas también en la justicia penal.

Respetar el Estado de Derecho nunca es una opción. Podrán existir resoluciones judiciales que nos gusten más que otras, pero todas deben respetarse en pos de sostener una sanidad democrática.

Para seguir la causa minuto a minuto podés ingresar a:

EJE - Consulta pública (juscaba.gob.ar) - EXP J-01-00090772-9/2021-0 - LEGUISA, ANDREA SOLEDAD Y OTROS CONTRA GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES SOBRE AMPARO - EDUCACIÓN-OTROS

También podés seguir leyendo:

Un juez ratificó que en la ciudad de Buenos Aires se puede optar por las clases virtuales - Infobae

Clases presenciales: ordenan no computar las faltas... | Página12 (pagina12.com.ar)


lunes, 5 de abril de 2021

Contundente: La justicia intimó al Gobierno de la Ciudad por la obligatoriedad de las clases presenciales.


En las últimas horas, el juez Guillermo Sheibler, titular del juzgado N° 13 del fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, y tras dos contundentes dictámenes, uno del Dr. Urresti del Ministerio Público Fiscal y otro de la Dra. López Oliva de la Asesoría Tutelar, ha intimado al Gobierno de la Ciudad a cumplimentar una serie de requisitos en el marco de una acción de amparo colectivo iniciado por un grupo de padres, madres y alumnos/as con el patrocinio de uno de los equipos de la asociación de abogados/as "Nace un Derecho".

En el expediente, los accionantes no se contraponen de manera directa contra la presencialidad, pero si de manera categórica, y ante la palmaria carencia de evidencia científica concluyente sobre su seguridad, contra la obligatoriedad de la misma, sobre todo en este marco critico de la pandemia, el cual se ha agudizado en las últimas horas debido al incremento en la tasa de contagios por Covid.

Además solicitan el ajuste de los protocolos reseñados en la Resolución 1/2021, los cuales ostensiblemente no se cumplen, la provisión de insumos para los que opten por la presencialidad, la organización controlada del transporte y la aceleración del proceso de vacunación para docentes y auxiliares.

Al respecto el Dr. Sheibler en su medida categóricamente ordenó que en el plazo impostergable de 5 días la cartera ministerial dirigida por la Licenciada Acuña: 

1) Informe y acredite con la correspondiente documentación, si existe un proyecto de modificación/adecuación al “PROTOCOLO PARA EL INICIO DE LAS CLASES PRESENCIALES 2021” (anexo a la resolución conjunta n° 1/2021 M.E/M.S G.C.B.A) considerando el récord de contagios por COVID-19 que se registró en la Ciudad en los últimos días.  

2) Informe y acredite el contenido de las “alternativas remotas para garantizar la continuidad pedagógica” previstas en el punto 2.c del anexo a dicha resolución, y detalle en qué consisten, qué elementos requieren quienes las utilicen, las adecuaciones de infraestructura escolar efectivamente gestionadas a fin de garantizar conectividad en las escuelas, la adecuación al contenido curricular y cuántos niños, niñas y adolescentes están utilizando esta modalidad y capacidad de usuarios prevista. 

3) Informe y acredite la cantidad de transporte escolar que actualmente está en funcionamiento especificando la capacidad (conforme protocolo) de cada una de las unidades y cantidad de niños y niñas que efectivamente utilizan cada una de ellas. 

4) Acompañe el plan de vacunación contra el SARS COVID-19 para el personal docente y no docente.

Se esperan en los próximos días novedades importantes para este importante y nutrido sector de la sociedad que viene sufriendo y padeciendo esta impropia e indigna obligatoriedad en medio de una pandemia mundial.

Podés seguir leyendo

Fallo completo en este link

Tv Pública - La ONG Nace un Derecho presentó un amparo contra la obligatoriedad de las clases presenciales

Radio X Pilar - Padres rechazan la obligatoriedad de las clases presenciales 

Canal Abierto - Escuelas porteñas amenazan con la quita de vacantes

Radio Sur - Entre la espada y la pared

Tiempo Argentino - Piden a la justicia que acelere la decisión sobre el amparo contra  las clases presenciales obligatorias.

Nace un Derecho - Un retorno seguro y consensuado a la escuela es legalmente admisible. Obligar a elegir entre salud y educación es inconstitucional.

sábado, 3 de abril de 2021

¿Y EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO?: LA INJUSTICIA ASENTADA QUE YA NO SORPRENDE

Por la Dra. Eliana Barbosa

Desde la Asociación Civil “Nace Un Derecho” repudiamos la decisión de la jueza subrogante Sabrina Citraro del Juzgado de Familia N°2 de San Isidro, quien otorgó una medida judicial confiriendole la tenencia de un niño de 8 años a su progenitor, quien se encuentra acusado de abuso sexual contra el niño y su hermana. 

Desde el jueves 18 de marzo, Rosario, su mamá, desconoce la situación en la cual se encuentra su hijo, quien ese día fué entregado a su eventual violador EN CONTRA  DE SU VOLUNTAD inmerso en una crisis de llanto tal como se evidencia en el penoso video.

¿El interés superior el niño a la basura? ¿Qué está sucediendo en el poder judicial? 

Las imágenes hablan por sí solas, y no son las primeras, el menor es llevado como si fuera un paquete al auto que lo depositará en el domicilio de su progenitor, al cual el manifestó NO QUERER VER, y al que acusó de abusar sexualmente de él.

Aquí no están en discusión las garantías constitucionales del proceso penal, eso está claro, no obstante, lo que este hecho atroz expone es la crueldad con la cual el sistema judicial administra la vida de los niños, niñas y adolescentes. Sí, “administra”, porque lamentablemente la justicia camina lentamente varios pasos por detrás, lo cual conduce a la inoperancia de no lograr ejercer una tutela judicial efectiva preestablecida en nuestro plexo normativo. 

Este trato abyecto por parte de los magistrados, al no considerar a los/as menores de edad como SUJETOS DE DERECHO desembocan en resoluciones oprobiosas, y atravesadas por estereotipos patriarcales, como la que aquí rechazamos, y como otras tantas que no toman este grado de exposición.

Jueces y juezas que a diario omiten a través de sus sentencias contra legem, que estos niños, niñas y adolescentes son titulares de los derechos fundamentales reconocidos y consignados taxativamente en nuestra Carta Magna, así como también en los instrumentos internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional (Artículo 75 Inc. 22), tales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Art. 24); la Convención Americana sobre Derechos Humanos que dispone que niños y niñas tienen elderecho a recibir medidas de protección por parte de su núcleo familiar, de la sociedad y del Estado (Art. 19), y la  Convención sobre los Derechos del Niño, instrumento internacional supremo en esta materia,  que reconoce expresamente a este colectivo social como sujetos de derecho. 

Es menester mencionar además, la Ley Nº 26.061  de Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, que viene a complementar este arco normativo, operativizando la aplicación de la Convención. En este sentido, fomenta la implementación de un concepto ya oportunamente inmiscuido dentro de la mentada Convención: LA CORRESPONSABILIDAD.

Este término, eje crucial que rige el sistema de protección, erige una obligación conjunta entre el Estado y  la familia en pos del bienestar de los/as menores. Es decir, estableció un nuevo paradigma que ubica como principales obligados a los progenitores, pero por otro lado, el Estado (nacional, provincial, municipal)  a través de sus respectivos órganos, debe indubitablemente ejercer una obligación subsidiaria y garante, que en confluencia con el núcleo familiar, bregue por la promoción y protección de estos derechos fundamentales.

Pareciera que muchos jueces y juezas continúan viviendo en la vetustez, replicando figuras como las que promovía el viejo patronato de la infancia, que tutelaba  objetos. Y se muestra a las claras coyunturalmente: a Lucio NADIE LO ESCUCHÓ. Más gravoso aún, NO SE HA NI SIQUIERA EFECTIVIZADO la herramienta más básica que tienen los magistrados en estos casos para proteger los derechos más esenciales, que es la de solicitar la realización de una Cámara Gesell,  que de hecho su implementación reviste el CARÁCTER DE OBLIGATORIA para tomar declaraciones menores de edad víctimas de abusos sexuales, conforme lo establecen los artículos 250 bis  y 250 ter del Código Procesal Penal, ni mucho menos, se le asignó un abogado del niño, figura estelar del derecho moderno en ciernes.

Necesitamos un poder judicial a la altura de las circunstancias, que realmente efectivice materialmente las medidas integrales de protección,  ya es hora de una REFORMA JUDICIAL FEMINISTA, sí, FEMINISTA, porque esto no solo trae aparejada la vulneración hacia los derechos de Lucio y de tantos otros chicos/as, sino que también , inserta un historial de denuncias por violencia de género realizadas por su madre hacia el progenitor de Lucio, QUE TAMPOCO FUERON TENIDAS EN CUENTA para la resolución aquí repudiada.

Este inocente es el único rehén de un poder judicial ineficaz y patriarcal, que asimismo utiliza figuras poco sólidas y ad hoc como la del “Síndrome de Alienación Parental” (SAP) curiosamente inventada por un psiquiatra estadounidense Richard Gardner, un confeso pedófilo. 

Esta deformidad filosófica incomprobable y falsa, por fuera de toda argumentación jurídica razonable, que vergonzosamente aún es receptada por jueces y juezas, explica un comportamiento que adoptarían los menores presuntamente manipulados por su madre, quien les hace creer que sufrieron un abuso, con el objetivo de conseguir un beneficio para ella en detrimento del progenitor.

Basta de utilizar falsos "SAP" como vías de escape para avalar la revinculación de hijos e hijas con sus progenitores, AÚN en contra de su voluntad, de sus autonomías progresivas debidamente consagradas por la ley.

Él, como cualquier otro chico, tiene derecho a ser oído, a que se tenga en cuenta su opinión en las resoluciones que requiera el proceso, este caso evidencia claramente que la falta de perspectiva de género en el poder judicial pone en jaque y en inminente peligro a las infancias y sus futuros.

Abogamos porque el nuevo juzgado a cargo de la causa lo proteja finalmente, porque “Nada se parece tanto a la injusticia como la justicia tardía”; y está en sus manos aminorar el dolor que ya le han causado.

En la justicia que viene, nace un derecho, el de que los niños, niñas y adolescentes  dejan de ser números de expedientes .

REFORMA JUDICIAL FEMINISTA, ES URGENTE.  NO HAY TIEMPO.

QUE SEA JUSTICIA , ALGÚN DÍA.


domingo, 21 de marzo de 2021

UN PASO JUDICIAL MÁS HACIA LA PARIDAD DE GÉNERO EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES: LA JUSTICIA DE DOLORES OTORGÓ MEDIDA CAUTELAR A FAVOR

Nota escrita por: Dra. Ana Laura Méndez Pinela y Dra. Eliana Barbosa 

La Comisión de Género y Diversidad de nuestra Asociación Civil Nace Un Derecho, a través del patrocinio de la Dra. Ana Laura Méndez Pinela, ha logrado el otorgamiento de una medida cautelar a los efectos de suspender la inminente asunción y juramento del concejal Miguel Ángel Miranda en reemplazo de la fallecida concejala María Laura Vigliecca, para así no incumplir, al menos preventivamente con una manda primordial para los tiempos que corren, como lo es la paridad de género.

Esta medida otorgada el pasado 15 de marzo por el  Juez en lo Contencioso Administrativo, Dr. Antonio Marcelino Escobar del Departamento Judicial de Dolores, reza textualmente en su resolución:

 “[…] Más bien el peligro en la demora, aparece aquí con el contorno especial no tanto como riesgo de frustración de los efectos de una sentencia futura sino más bien como el perjuicio que genera el mantener durante el proceso la situación fáctica con la que se llega al mismo e incluso se vislumbra con ese plus al que se aludía al inicio ante los perjuicios irreversibles que ocasionaría el desenvolvimiento del Sr. Miranda como Concejal, dando cuenta, entonces, de que el perjuicio que se genera otorgando la tutela pretendida, aun cuando al dictarse la sentencia definitiva no se le dé la razón a la demandante, es menor que el caso inverso, esto es, que no se otorgue dicha tutela y, al tomarse la decisión de fondo, se considere que la actora tenía razón (SCBA I-72669, "Picorelli", res. 24-IX-2014; similarmente, B.65.168, "Burgués", res. 30-IV-2003; asimismo, vid. Vallefín, C.A.; Protección Cautelar Frente al Estado, Abeledo Perrot, 2009, pp. 40 y ss.)”.-

Estos hechos han convergido del reclamo que oportunamente hemos presentado el 08 de noviembre de 2020, donde a prima facie dimos curso a la acción judicial propugnada por la concejala Violeta Saquilán del partido de Pinamar, quien originalmente debía suplantar la banca que dejara la primera concejala fallecida María Laura Vigliecca conforme la Ley 27.412 de Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política.

Que si bien la medida no resuelve el fondo de la pretensión, la suspensión de la asunción del concejal en detrimento del ordenamiento que erige el Código Electoral Nacional, es un peldaño más a la hora de efectivizar la concreción de los derechos adquiridos por las mujeres y disidencias.

Es por ello que solicitamos  que la demanda interpuesta contra el Concejo Deliberante de Pinamar se resuelva con perspectiva de género, abogando de esta manera a contribuir en la lucha para la configuración de una democracia paritaria.

Basta de mecanismos de discriminación que no hacen más que obstaculizar el ascenso de las mujeres a los escalafones políticos de mayor jerarquía.

¡Será Justicia, y será feminista!

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