jueves, 12 de mayo de 2016

Sin Universidad Pública no hay salida

¡Que dia hoy eh!. ¡UF!.
Nosotros como jóvenes abogados, la mayoría hijos de la Universidad Pública, aquella que sostiene el pueblo con su esfuerzo tributario de todos los dias, nos hacemos presentes y no miramos para el costado.
Por que para ser “abogados de a pie”, la Facultad de Derecho tiene que “estar de pie”, y debe ser la genesis de muchos colegas que el dia de mañana salgan a abogar por los derechos de todos.
Sin chamuyos, sin ropajes extraños, sin vender humo, desmitificando ese “uh, ojo que es abogado”, saliendo a la cancha con lo mejor que tenemos: ser una nueva generación con vocación de salir a patear escritorios y tribunales para pedir en nombre de otro.
Sin embargo, hoy lamentablemente, vemos con preocupacion que este DERECHO A ESTUDIAR, se encuentra en franco peligro de extinción.
Y la verdad es una sola: la educación pública, gratuita y de calidad no puede ni debe estar en discusión. Nunca.
Es por ello que todo intento de desfinanciamiento debe ser un agravío directo al conjunto de la sociedad que quiere progresar y ser mejor el dia de mañana.
Desde “Nace un Derecho”, nos hacemos eco por el reclamo de una Universidad inclusiva y fondeada, nos solidarizamos con la comunidad educativa en su conjunto, participamos activamente y exigimos a viva voz: “EDUCACIÓN DE CALIDAD PARA LA INCLUSIÓN SOCIAL”, pues sino, no hay salida viable.

Reunión contra el tarifazo. Sumate.

Segunda reunión de los comerciantes contra el tarifazo.
Este Sábado 14 de mayo a las 15hs en el Bar "Hasta Trilce" en Maza 177.
Vienen todos. Convocá.


miércoles, 11 de mayo de 2016

10 cosas que tenés que saber si te despiden o están por hacerlo

Les compartimos este articulo escrito por el Dr. Mariano Recalde, colega especialista en Derecho laboral.
 
En un contexto como este (y en cualquiera) tenés que estar al tanto de tus derechos como trabajador y de las obligaciones que tiene tu empleador.
 
Estos son diez consejos que te pueden servir si te despidieron del trabajo o si te parece que es algo que puede estar por pasar. 
 
1. Comunicación del despido: La rescisión unilateral del contrato de trabajo por parte del empleador, tanto en el empleo público como en el privado, debe ser efectuada mediante carta documento o telegrama laboral, únicos medios legales fehacientes para notificar el despido. NO tiene ninguna validez el despido efectuado verbalmente o por cualquier otro medio. 
 
2. Asesoramiento: Ante una situación de despido inminente, o ya habiendo recibido la notificación del mismo, es aconsejable siempre acudir al delegado gremial, a los fines de asesorarse legalmente y coordinar medidas de acción a través del sindicato de pertenencia.
 
3. Respuesta: En simultáneo, si efectivamente se recibió una notificación fehaciente, el despido puede impugnarse mediante “Telegrama Colacionado Laboral” gratuito (no hace falta pagar una carta documento), siempre con el asesoramiento jurídico del gremio o de un abogado particular, sin que implique dejar de lado la acción sindical. 
 
4. Reclamos: Frente al despido, y según cada caso, se puede llegar a reclamar la reincorporación o las indemnizaciones que correspondan, dependiendo de las circunstancias personales y particulares de cada trabajador (si era delegado, si fue despedido por motivos discriminatorios, si se trata de una trabajadora embarazada o recién parida, o el despido es cercano al matrimonio, si estaba debidamente registrada la relación o si estaba “en negro” total o parcialmente, etc. etc). Para decidir la estrategia es importante contar con asesoramiento jurídico. 
 
5. Preaviso: el despido sin expresión de causa debe ser preavisado en un plazo no menor a 30 días. En su defecto, el empleador debe abonar el salario correspondiente al mes de preaviso en concepto de indemnización. 
 
6. Trabajo no registrado o mal registrado: Si la relación laboral no está regularizada ante los organismos impositivos (AFIP) y de la seguridad social (ANSES); o bien el contrato de trabajo se disimula bajo la apariencia de una locación de servicios o cualquier otra, o si efectivamente se entregan recibos de sueldo pero con defectos (con un salario menor al real, o una fecha de ingreso distinta de la real), es importante intimar al empleador a que regularice la contratación mientras perdure la vigencia del mismo, es decir, hacerlo antes de que se produzca el despido. En estos casos, tanto si se intimó antes o no, debe exigirse al empleador no sólo la misma indemnización que le correspondería si hubiera prestado tareas “en blanco”, sino también el pago de una indemnización adicional y de los aportes a la seguridad social. 
 
7. Despido de hecho: Si el empleador impide el ingreso al puesto de trabajo mediante el uso de la fuerza pública o privada, cerrando las puertas de acceso del lugar de trabajo, debe enviarse sin dilaciones un telegrama exigiendo que se expresen los motivos de esa negativa de tareas. Adicionalmente se puede recurrir a un escribano que deje constancia de ello, en lo posible contando con testigos o medios probatorios que acrediten dicha situación. 
 
8. Datos importantes: Es útil contar, a los efectos de realizar mejor cualquier tipo de reclamo al empleador, con los siguientes datos: fecha de ingreso al puesto de trabajo, funciones y tareas realizadas, cargos ocupados, empresa u organismo para el cual se efectuaban tareas, medio de percepción de haberes, modalidad de contrato de trabajo suscripto, copia del contrato si se hubiera celebrado por escrito, testigos y demás documentación que pueda demostrar esos datos.
 
9. Reclamos colectivos: Si hay compañeros de trabajo en la misma situación, siempre es mejor acudir a las reuniones o asambleas que se realicen, a efectos de estar informado y de dar fuerza a las medidas de acción directa que adopte el sindicato. 
 
10. Tiempo para reclamar: Es importante dar respuesta inmediata a cualquier despido o negativa de tareas. De todas maneras los salarios no cobrados, mal liquidados, o las indemnizaciones debidas, pueden reclamarse dentro del lapso de dos años desde que se adeuden o desde el último reclamo. En esto también es importante consultar a un abogado.

martes, 10 de mayo de 2016

¿Te acordás del protocolo antipiquetes?

Como nuestros lectores saben, nosotros en el verano de este año, más precisamente el 24 de febrero, presentamos un amparo contra el denominado “protocolo antipiquetes”. Si bien, no tuvimos la “suerte” de que el mismo corriera con los plazos propios de una “acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro medio judicial más idóneo, contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantías reconocidos por esta Constitución, un tratado o una ley” , tal como se desprende de nuestra Carta Magna, lo cierto es que salvando esa cuestión temporal el Juzgado Federal N° 2 en lo Contencioso y Administrativo a cargo del Dr. Furnari fue avanzando, pidiendo la opinión de la Fiscalía Federal, exigiendo los informes correspondientes al Ministerio de Seguridad y dándonos la posibilidad de ampliar la prueba.

¿Cómo estamos hoy?, y... la verdad que ya tendríamos que tener la resolución, pero previamente su señoría decidió darle el pase del expediente devuelta a la fiscalía para que dictamine sobre la cuestión que nos interesa a todos: ¿ES O NO ES INCONSTITUCIONAL EL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD EN LAS MANIFESTACIONES PÚBLICAS”?. Oído el fiscal, el juez tendrá la posibilidad de resolver sobre dicha cuestión en los próximos días. 

Como hemos expuesto varias veces (lo pueden ver en las publicaciones que fuimos realizando desde el 24 de febrero en adelante), nosotros criticamos primero: “el atropello formal e institucional”. Esto de abarrotarse y salir con una “Resolución mediática-ministerial” como la denominamos o “Resolución fantasma” como bien catalogaron otros colegas, es tremendamente contraproducente contra el objeto y el fin perseguido por la propia administración. 

 Si bien no fue publicado oficialmente en el boletín oficial, se han reunido “MINISTROS DE SEGURIDAD” de todas las provincias, funcionarios de los cuales depende la cartera en diferentes jurisdicciones, los cuales muchos de ellos manifestaron errónea y públicamente “lo vamos a aplicar”, otorgándole lo que podríamos definir como “fuerza material” a la norma analizada. 

Convengamos, que por una cuestión de prelación jerárquica, una “normativa” (muy entre comillas) no puede ir en contra de derechos consagrados en la Constitución Nacional, que como sabemos es la Primera Ley. 

Segundo: nosotros no estamos a favor de que se “corte cualquier calle a cualquier hora”, pero si la ciencia jurídica que tiene como fin ordenar la pugna de diferentes derechos contrapuestos como lo son: el derecho a peticionar frente a las autoridades, al de transitar libremente y el de libertad de prensa se pone de manifiesto mediante estos “mamarrachos jurídicos” vamos mal. MUY MAL. 

¿Donde está el consenso?, ¿donde quedaron las voces de los diferentes sectores?, ¿y la prelación normativa?. ¿Alguien sabe quien escribió el protocolo?. ¿Ud. cree sinceramente que esa redacción es propia de un jurista experto en redacción legislativa que contemplo, analizó y que escucho a todas los sectores involucrados?, ¿o cree como nosotros que es una terrible “vendida de humo” escrita a los apurones entre gallos y medianoches?. 

Tercero: ¿Que pasa con la aplicación?. ¿Pudieron notar que tuvimos muchísimas discusiones inconducentes y que aún tenemos latente el problema?. ¿Por qué a esta altura de la evolución del estado de derecho tenemos que discutir esta torpeza mal hecha?. 

Consideramos ferreamente que como sociedad debemos tomarnos seriamente el tema y lograr que se regulen democráticamente los derechos involucrados con una norma que esté a la altura de las circunstancias y que de verdad sea un llamado a la paz y armonía social. Sin chamuyos. 

Lo volvemos a dejar bien en claro: Esta resolución a la luz de los argumentos vertidos es claramente inconstitucional. En consecuencia: TIENE QUE SER JUSTICIA.

lunes, 9 de mayo de 2016

Comerciantes contra el tarifazo, nueva reunión.

Agradecemos a los comerciantes, a los vecinos, a los medios de comunicación, a organizaciones sociales y politicas que se siguen moviendo y preocupando por este tema que nos involucra directamente a todos.

Seguimos trabajando y pensando como plasmar judicialmente esta situación que claramente es un atropello a los derechos de los comerciantes.

Este sábado 14 de mayo a las 15hs, nueva reunión, a la cuál asistiremos para seguir brindando nuestro apoyo.

 http://radiocut.fm/audiocut/comerciantes-contra-el-tarifazo/#f=radio&l=related

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