lunes, 9 de mayo de 2016

Subsecretaría de Juventud: divino tesoro.

En estos últimos días fuimos anoticiados de una situación polémica en la Subsecretaria de Juventud dependiente del Ministerio de Desarrollo de la Nación: el nuevo Subsecretario, que tiene la particularidad de ser el “Presidente de la Juventud PRO”, Pedro Robledo, despidió a varios trabajadores que se venían desempeñando hace años en el organismo.

En su lugar, según los trascendidos periodísticos y de varios de los despedidos, fueron incorporados, jóvenes militantes del PRO para ocupar esos puestos de trabajo.


Para dejar de peregrinar y de ir como bola sin manija dentro de un flipper, volvemos a poner a disposición de toda la comunidad, las presentaciones que realizamos en el marco del ejercicio del derecho al acceso a la información pública mediante el decreto 1172/03.


Por ello nos presentamos frente al Joven Pedro “Piter” Robledo y a su vez, y valga la redundancia, como jóvenes abogados le exigimos respetuosamente que en el plazo legal de diez dias (con la posibilidad de prorrogarlo por diez días mas) nos informe lo siguiente:


“ - la cantidad de nuevos empleados contratados en ámbito de vuestra Subsecretaría en el período comprendido desde el día de designación y asunción al frente del área a su cargo y el 05/05/2016, inclusive; 


- la cantidad de empleados ya contratados con anterioridad al 10/12/2015 y que al 05/05/2016 inclusive, se encuentran aún vigentes; 

- si esos contratos se encuentran concluidos mediante intermediación de Universidad Pública y, en su caso, mencionar en cada supuesto, la Universidad Pública en cuestión;


 - nombre y apellido de los nuevos empleados contratados desde el día de su designación y asunción del área a su cargo y el 05/05/2016 inclusive, detallando en cada caso: sector al que estén actualmente destinados, categoría que ostentan y sueldo bruto devengado, modalidad de contratación y, de corresponder, cargo o representatividad que dicho/s empleado/s ostentaran en organizaciones políticas; 

- la cantidad de personal despedido y/o con rescisión de contratos y/o cuyos contratos hayan llegado a finalizar de algún modo, todos respecto de vuestra Subsecretaria desde su designación y asunción al frente del área a su cargo y el 05/05/2016 inclusive, detallando en cada caso: sector al que se encontraban destinados al momento del despido o cualquier otra forma de desvinculación laboral, categoría que ostentara y sueldo bruto devengado hasta el día del cese de sus tareas;


 - si es verdad que desde el 10/12/2015 y desde su designación y asunción al área a su cargo hasta el 05/05/2016 inclusive, los despedidos del ámbito de la Subsecretaría asciende a la cifra de ochenta (80) despidos. Especifique y aclare la cantidad exacta de desvinculaciones contractuales y el motivo de dicha desvinculación, así también, informe detalladamente nombre y apellido de todos los despedidos del área a su cargo hasta el 05/05/2016 inclusive, informando en cada caso cargo y categoría que ostentaban, sueldo bruto percibido, fecha de inicio y cese de sus actividades laborales en ámbito de vuestra subsecretaría;

 - informe respecto a los últimos 40 nuevos despidos del área a su cargo si alguno de ellos tenían contratos vigentes hasta el 31 de diciembre de 2016. De ser así, especifique la cantidad de contratos vigentes hasta dicha fecha fueron dados de baja, con nombre y apellido de los perjudicados, categoría, cargo y sueldo bruto y aclare en cada caso el motivo de dicha rescisión contractual;

- informe en manera discriminada la cantidad de despidos en el mes de enero, febrero, marzo, abril y mayo hasta el 05 de 2016 inclusive, detallando nombre y apellido de cada trabajador/empleado despedido, cargo, categoría y sueldo bruto que al día de su desvinculación percibían y motivo de dicha rescisión;” 


Esperamos que este aporte jurídico sirva para aclarar la cuestión y que si verdaderamente existieron despidos injustificados tal como denunciaron los trabajadores, los mismos se retrotraigan y se dejen sin efecto para recomponer la situación al estado anterior.


A nuestro entender la administración pública nunca jamás puede ser el plano propicio para generar un sistema de “premios y castigos” de tinte político. Si pasó siempre, sino pasó, si vá a pasar, eso no es lo relevante, lo que importa es que se respete el plexo normativo que tenemos como Estado, el cual ciñe a la relación jurídica entre trabajadores y las dependencias públicas de la cuál a su vez se desprenden dos esferas importantísimas que tenemos que prestar atención como sociedad: la actividad estatal y el derecho de los trabajadores. 


Lo vamos a repetir hasta el hartazgo: “El compromiso siempre debe ser con lo justo”, y si despiden a jóvenes de su empleo por pertenecer a un partido político o por expresar sus ideas, entonces NACE UN DERECHO.







lunes, 2 de mayo de 2016

Si nos quedamos sin comerciantes, entonces Nace un Derecho

El pasado sábado 30 de abril nos reunimos con vecinos y comerciantes en el Bar “Hasta Trilce” del barrio de Almagro para poner en común una tematica que nos aborda a todos como sociedad como son los aumentos desproporcionados y discriminatorios en las tarifas de los servicios esenciales.

Particularmente analizamos la comprometida y delicada situación de los pequeños comerciantes que “no saben que inventar” y que ya están bajando sus persianas por no poder afrontar tal intempestivo incremento en los costos fijos debido a que no están contemplados ni siquiera mencionados en todo este ordenamiento legal que dispone dichas alzas.

En la reunión hablamos de diferentes perspectivas y de caminos a tomar tanto en lo social como en lo jurídico.

En nuestro análisis si bien es una cuestión muy técnica, tratamos de ejemplificar y trabajar sobre una idea central:
EL AUMENTO INTEMPESTIVO E INDISCRIMINADO DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO CERCENA EL DERECHO A TRABAJAR Y DE EJERCER TODA INDUSTRIA LICITA A UN GRAN SECTOR DE LA SOCIEDAD COMO LO ES EL QUE COMPONEN LOS PEQUEÑOS Y MEDIANOS COMERCIANTES”.
Contamos a su vez con la presencia del Titular de ADDUC, el Dr. Osvaldo Bassano quién también ilustro a los asistentes sobre la lucha que se viene llevando a cabo desde la perspectiva de los usuarios y consumidores contra este embate empresarial sin precedentes que, si colocamos de relieve la normativa que autoriza tal confiscación, no parece ser el único antes de que termine el año en curso.


¿Por que hablamos de confiscación?. Por una sencilla razón: Si en virtud de un obrar
legítimo como lo es el acto administrativo de alcance general configurado como la resolución 1/2016 del ENRE, el cual, mediando su estricta aplicación sin ponderar modificaciones o directamente su nulidad, impone de manera IRRACIONAL y NO FUNDADA DEBIDAMENTE un cuadro tarifario que hace disparar el monto de las tarifas contenidas durante diez años (y veinte controles semestrales) de una sola vez, exigiendo obligatoriamente erogaciones muy superiores al 33% de los ingresos brutos, entonces estamos en presencia del no cumplimiento del principio de “no confiscatoriedad” y frente a un claro menoscabo al derecho de trabajar y de ejercer toda industria licita a miles de comerciantes en el radio del AMBA. A nuestro entender, este cuadro de situación, torna inconstitucional el mentado instrumento reglamentario.



En síntesis, si estamos en presencia de un acto irracional, no fundado debidamente, que menoscaba derechos constitucionales a personas que no tienen el deber de afrontar este “sacrificio especial” y que dañan directamente ya no solo su capacidad patrimonial sino la de seguir como hasta ahora normalmente con sus vidas, entonces nos encontramos frente a un despliegue ilegitimo de la administración susceptible de ser revisado en la esfera judicial.

Seguramente vayamos teniendo mas noticias con este tema, agradecemos a todos por el aguante, por las palabras de aliento, por la difusión, por incitarnos a seguir buscando un poquito de justicia ante tanta mentira junta y por las expresiones sociales que se van configurando en este sendero de seguir comprometiendonos con lo justo.

En este último sentido compartimos este grupo que se formó en la red social Facebook: https://www.facebook.com/Comerciant...

Vamos. Tiene que ser justicia.

jueves, 28 de abril de 2016

Tiro de gracia: “Tarifazo en la luz” a los pequeños comerciantes

Con preocupación nos hacemos eco de un problema que nos aborda a todos de manera transversal.
Y es que el tarifazo en la luz llegó (¿para quedarse?) a sectores que no pueden materialmente afrontar tan sideral suba.
La Resolucion 1/2016 del ENRE (Ente Nacional Regulador de la Electricidad) vino a generar un nuevo esquema tarifario para todos los usuarios de energía en el area metropolitana.
Estuvimos analizando dicha resolución que viene en el marco de un DNU que estableció la “Emergencia en el Sistema eléctrico”, y eso en Argentina tiene un costado histórico: “la emergencia” justifica todo. Cualquier cosa. 
No nos vamos a detener en la carencia de rigurosidad formal ni en la falta de consenso social. No seremos ritualistas para ir a lo concreto. Tampoco lo haremos con una medida económica de directriz gubernamental: Desde Marbury vs. Madison para acá: “Las cuestiones politicas no son judiciables”. Y el gobierno eligió el camino de quitar el subsidio e invertir el dinero en otra cosa. Y eso, insistimos nuevamente, no lo vamos a discutir.
Siguiendo con la lectura de la mentada normativa vemos con buenos ojos que se siga contemplando la “Tarifa Social”, la cual aclaramos no es suficiente, pero resulta un esbozo de lo que “debería ser”, o dicho de otro modo: un poquito de oxigeno en los bolsillos de los sectores menos pudientes.
Ahora bien, leimos y releimos. Buscamos, nos asesoramos, preguntamos y volvimos a buscar. Hay un sector en la sociedad que se está quedando afuera de todo. El motor de la economia: Las pequeñas y las medianas empresas.
Hoy, en este momento, ¡ya!, están cerrando los negocios de nuestro barrio. De tu barrio. Están bajando las persianas la carnicería, la heladería, el negocio de al lado de tu casa. Y eso no está bien.
Un aumento de diez años en un dia “no debe ser” en ningún negocio. Y el derecho no puede mirar para otro lado. Claro que no. El derecho está para anudar lo justo con lo posible y no para derribar familias.
Un aumento drástico y no planificado cercena sin lugar a dudas un derecho de manda constitucional: el de trabajar y el de ejercer toda industria licita.
¿Podemos achacarle al que menos posibilidades tiene un desfasaje económico?. No no podemos.
Si cierran los pequeños comercios, entonces NACE UN DERECHO.

Sobre el Derecho al Acceso a la Información Pública

"La información pública no es del gobierno sino del pueblo" - Darío Reynoso, Juez de la Ciudad de Buenos Aires.

Les dejamos este video donde varios jueces del fuero contencioso administrativo explican el alcance y la importancia del "Derecho al acceso a la información pública" por parte de la población en general.

Nosotros en estas semanas a nivel nacional estuvimos haciendo uso del Decreto 1172/2003, pero es dable a conocer que en la Ciudad tenemos a la ley 104 del año 1998.
En las democracias participativas la ingerencia del pueblo es determinante, siendo que el poder popular radica principalmente en el ejercicio de los derechos reglamentados (entre otras) en las normativas que venimos trabajando.



Fuente del video: Ijudicial.

Dejanos tus comentarios