sábado, 21 de marzo de 2020

CAMBIOS EN PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS POR DISCAPACIDAD

Mediante la resolución 34/2020 de la Agencia Nacional de Discapacidad publicada en el Boletín oficial se modifican en forma positiva e interesante, una parte del regimen de las Pensiones no Contributivas por Discapacidad.
A tener en cuenta
✔️ La persona que perciba una pensión no contributiva por discapacidad la podrá mantener aún obteniendo un puesto de trabajo formal siempre y cuando la remuneración neta (lo que perciba en mano), no supere el monto de cuatro jubilaciones mínimas.
✔️ Se garantiza la inclusión durante 3 meses al programa "Incluir Salud" como plazo para poder cambiarse a una obra social de reparto en el marco de la nueva relación laboral registrada.
✔️ En el caso de que el sueldo fuera superior a 4 jubilaciones, la pensión se dará de baja, aunque, en caso finalización del vínculo laboral, la misma debe restablecerse inmediatamente sin tener que realizar la tramitación nuevamente.
✔️ En relación al punto anterior el beneficiario debe notificar en 15 días el nuevo trabajo a la Agencia de Discapacidad.
Para acceder a la resolución completa ingresar en:
👉 https://bit.ly/2ug53pi
Si tenés dudas, consulta nuestra asesoría jurídica especializada en Discapacidad.
Gracias por ayudarnos a difundir!


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