lunes, 22 de junio de 2020

BOLETÍN OFICIAL DICE: Relaciones económicas de subsistencia. Relaciones asimétricas. Derecho a condiciones de vida digna. Trabajadores autónomos.

     
Relaciones económicas de subsistencia. Relaciones asimétricas. Derecho a condiciones de vida digna. Trabajadores autónomos. Prestadores de tareas eventuales, ocasionales o changas. Vendedores ambulantes. Ocupantes de puestos callejeros. Tipologías análogas de producción de bienes y servicios. 

Se publico hoy 22/6/20 en el B.O. la Resolución MTEySS Nro. 509/2020 que instaura un mecanismo novedoso y particular a los efectos de aportar a la paz social disminuyendo los conflictos sociales generados en las relaciones económicas subsidiarias de sectores mas vulnerables y garantizar a su vez, el derecho de toda persona a tener la oportunidad de ganarse la vida por
medios que les aseguren condiciones de existencia digna, promoviendo a la formalidad y transparencia de las relaciones. 

Así, el art. 1° crea la Comisión de Controversias, Mediación y Planteos de la Economía de Subsistencia Básica en el marco del Ministerio de Trabajo. 
Ésta Comisión tendrá como facultades (art.2) las siguientes:

a. Encauzar, en el marco de un proceso voluntario, las controversias y los planteos que se susciten entre los sujetos, que se desempeñen de manera individual o colectiva, para generar un ingreso personal y familiar, ya sean trabajadores autónomos, prestadores de tareas eventuales, ocasionales o changas, vendedores ambulantes,
ocupantes de puestos callejeros y todos aquellos que participen, bajo tipologías análogas, del proceso de producción de bienes y servicios, generando relaciones asimétricas, para la subsistencia básica y la persona o
sector individualizado como sujeto pasivo.
b. Analizar los temas que conciernen a esas categorías a los fines de llevar a cabo iniciativas para evitar conflictos.
c. Proponer acciones destinadas a prevenir situaciones de abuso o vulnerabilidad en dicho ámbito y contribuir a la
mejora de las relaciones de intercambio.
d. Elaborar informes y propuestas que tiendan a la transición de la informalidad a la formalidad y a la transparencia.
e. Crear subcomisiones o ámbitos específicos para que dichos sujetos puedan realizar las peticiones referidas a
situaciones particulares de su sector y recibir una respuesta en función de su pertinencia. 

El procedimiento instaurado es siempre voluntario, es decir, requiere aceptación de los sujetos involucrados de la actuación de la Comisión la cual estará conformada por 3 integrantes designados por el Ministro de Trabajo.

El art. 5° contempla que ante una presentación de los sujetos comprendidos en su ámbito, que materialice un conflicto actual o potencial, luego de un análisis luminar, la Comisión correrá traslado de la presentación a la persona o sector"

Es una iniciativa cuanto menos, novedosa. 

Como siempre, te recordamos que ante cualquier duda, consulta o información, te contactes con nosotros a traves de nuestros canales disponibles. 

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