miércoles, 10 de junio de 2020

Show must go on: de leyes ni hablar.


Por Diego Encina y Hernán Mirasole

La denuncia penal presentada hace algunas horas contra el Presidente de la Nación frente a la intervención de la empresa "Vicentín S.A." sin lugar a dudas hace gala de la decadencia profesional de los dirigentes políticos que se dicen "oposición" (¿a qué?), debiera preocuparnos de sobremanera, más allá de lo cómico e infantil del intento.

Pues, ello pone de resalto no solo el desconocimiento constitucional y legal de lo que pretenden, sino de como la Constitución es manipulada y vilipendiada tal cual servilleta de papel que, luego de producir su efecto (Secado/Espectaculo), es desechada. Este accionar manifiesta abiertamente cuanto interesa y cuanto importa realmente la manda constitucional en cierto sector politico que convierte en espectaculo su ignorancia.


Pretender enrostrar de "abuso de autoridad" la decisión nacional de intervención de dicha empresa previo al envío al Congreso de un proyecto legislativo de expropiación como ordena la Constitución y la normativa inferior que rige la materia, implica no solo una lectura parcial de las normas constitucionales -suponiendo hipotéticamente que fueron tenidas en cuenta- sino un recorte malicioso y temerario de ellas. Entendiendo como propiedad privada "lo nuestro", no lo de "aquellos". 


Causa alarma como no preocupa a estos denunciantes de ocasión la afectación al erario público y la estafa provocada al Estado Nacional. Sin mencionar la coparticipación criminal del ex titular del Banco Nación en otorgar irrazonables y prestamos de dinero impagables. Todo, absolutamente fuera de cualquier lógica.

En fin, lo dispuesto por el gobierno nacional de intervenir una empresa emblemática antes de que se mal liquide y pase a foraneas manos, para luego enviar un proyecto legal de expropiación, no es mas que un accionar constitucional y legal tal cual se espera de la clase dirigente politica. Acciones por la senda constitucional y no a su margen, nos complazca el objeto pretenso o no. Esa es otra discusión que no hace a lo legal.

Los vacuos argumentos de la denuncia, como si nada nos hubiera enseñado esta pandemia, hacen énfasis en la defensa e inviolabilidad de la propiedad privada que consagra la Constitución Nacional.

En esa linea, entrecomillan un recorte de la norma constitucional que así lo dispone. Pues comienza el art.17 diciendo "La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley". 

Sin embargo, debemos ir tres articulos para atras y nos daremos cuenta que ningun derecho es absoluto y estan sujetos a su reglamentación. Asi, reza inicialmente el art. 14 de la CN "Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio", entre una lista enunciativa de derechos, se encuentra el de "usar y disponer de su propiedad". No es un descuido azaroso que estos falsos denunciantes no mencionen dicho art. 14. Es intencional pues, desbarata todo su argumento disfrazado de seriedad. 


Aquí el primer punto. La propiedad es inviolable (art.17) y podemos usar y disponer (art.14) de ella libremente, claro, sin dañar los derechos de otros. Sin embargo, el mentado derecho y condición constitucional de la propiedad privada (inviolable) no es absoluto pues, esta sujeto a las leyes que reglamenten ese ejercicio (art.14).

Ahora bien; el art. 17 contempla en consonancia con la relatividad de los derechos (no son absolutos) que la propiedad puede ser expropiada por causa de utilidad pública y previa ley del Congreso que asi lo dispone. Continua el art. 17 diciendo que "La expropiación por causa de utilidad pública, debe ser calificada por ley y previamente indemnizada". No es llamativo ni sorprendente que los accionantes no citen la norma arriba indicada. Pues, como venimos deiiendo, ejercitan tendenciosamente una lectura parcial y un recorte malicioso y temerario para causar espectaculo, rating y confusión en la población.

Por lo tanto, resulta material y formalmente imposible cometer un delito cuando se actua en el sendero constitucional. No solo es irracional sino que escapa a la logica humana universal el siquiera penar que actuar legal y constitucionalmente configuraria un delito penal. Y mas desorbitado aún es movilizar en andamiaje judicial para tal torpe y temerario proceder, cuando la sociedad argentina, a la par del mundo atraviesa una compleja realidad que requiere de responsabilidad y compromiso.


 

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