miércoles, 2 de marzo de 2016

Aumentos en las tarifas de luz: “Que no se corte” esto de conocer nuestros derechos.

A continuación les dejamos esta entrevista exclusiva con el colega Dr. Osvaldo Bassano, titular de ADDUC (Asociación de Defensa de los Derechos de los Usuarios y Consumidores) y especialista en Derecho del Consumidor. Finalizada la misma les dejamos datos que puedan resultar de interés con respecto a esta temática que afecta al conjunto de la Sociedad transversalmente y que se ha transformado en un verdadero problema no solo por los cortes de energía sino por los desproporcionados aumentos.

* ¿En cuanto se ve afectado el ingreso promedio de una familia tipo por el nuevo cuadro tarifario?
Creemos que va influir mucho. Las facturas que están apareciendo cuentan con un 300 % de incremento con 19 días de consumo. En un familia tipo de 4 personas según cálculos de la asociación ADDUC debe contar con estos incrementos con mas de $ 15.000, sin contar vestimenta ni esparcimiento.-

* ¿Se justifica desde el punto de vista de la calidad del servicio un aumento de estas características?, ¿Hay algún caso parecido en otro tipo de contratación, en términos de cobrar caro un servicio deficiente?
Siendo UN SERVICIO PUBLICO ESENCIAL DE PRESTACIÓN OBLIGATORIO, su prestación de calidad se impone constitucionalmente. Deberían haber realizado un procedimiento de audiencia pública, con un estudio de costos, inversiones y sobre que realizaron las distribuidoras con los subsidios. No hay ningún caso parecido que, con un servicio nulo se pretenda cobrar aumento o nimiamente cobrar. Por otra parte no es permitido por la estructura legal de nuestro país.-

* ¿La monopolización del servicio es un aliciente para la discrecionalidad tarifaria?, ¿Falta competencia en el mercado?
No se puede realizar competencia por ello es un servicio público monopólico natural. Por lo que se debe proteger al usuario con todas las garantías que no signifique una amenaza a su patrimonio y existencia vital.-

* ¿Existe a su entender algún encuadre normativo que no permita el alza de precios por parte de las empresas prestatarias de servicios de electricidad?
Toda la estructura constitucional y las mismas leyes de consumidores y de energía prohíben un incremento sin prestación. Menos sin todo el procedimiento de audiencia pública (no solo audiencia pública)-

* ¿Que reflexión le merece la opinión del Ministro de Energía Aranguren: "El que tiene un corte no está consumiendo energía y no paga el servicio"? ¿No es acaso un contrato sinalagmatico no obstante ser medido el consumo?, ¿Es real que no se paga el servicio existiendo el corte aun teniendo un cargo fijo mensual?
Nefasto, lamentable es un funcionario público no un empresario. Respondió como si estuviera en Reunión de Directorio en protección de las empresas y sus ganancias. A los usuarios en los últimos meses por los daños causados les deben mas de 40 mil millones de pesos, hasta habría que pensar si no es responsable con su patrimonio por todo el daño causado. No se equivoquen no es un contrato es una relación de consumo y tiene protección aumentada por la ley sobre el consumidor (art. 42 CN). No hay igualdad, no sinalagma ni bilateralidad hay a quien proteger el consumidor

* ¿Con que elementos jurídicos cuentan los consumidores para tratar de frenar las alzas?
Las acciones colectivas y acciones administrativas y de política social que se están implementando, no descartando una “gran marcha de las velas”.

* ¿Como se puede proceder si nos niegan el acceso a la tarifa social?
Esta mal implementada la tarifa social y debe ser ampliada, pero nos encontramos ante la misma falta de procedimiento de audiencia pública y la ostensible protección empresaria en la cual incurre el gobierno, abandonando en consecuencia a los usuarios.-

* ¿Es recomendable alguna acción de índole colectiva tanto para frenar el aumento de tarifas como el reclamo por los cortes? ¿Que vías recomienda?
Las estamos implementando y otras ya se iniciaron., ordinarias y recursos de amparo.-
* ¿Existen asociaciones de consumidores que puedan asesorarnos con respecto al tema?
Nosotros desde ADDUC estamos trabajando en conjunto con otras, somos mas de 15 y estamos al servicio del consumidor.-


Información útil

* Consulta de beneficiarios de tarifa social (Edesur y Edenor): http://www.enre.gov.ar/web/web.nsf/...

* Presentación de recursos y reclamos frente al ENRE:
 Suipacha 615 C1008AAM - Buenos Aires - Argentina Tel: 0800-333-3000 - Fax: 0800-333-5962 Apartado Gratuito N° 505 - Correo Argentino


* Nuevo cuadro tarifário:
  http://www.adduc.org.ar/ENRE%20RES%...

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Dejanos tus comentarios